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La infanta Cristina ha sido imputada y ahora... ¿qué?

La infanta Cristina ha sido imputada y ahora... ¿qué?

martes 07 de enero de 2014, 20:09h
El juez Castro ha vuelto a imputar a la infanta Cristina, esta vez por presuntos delitos de blanqueo de capitales y delito fiscal, pero aún no está claro que la hija del Rey llegue a sentarse en el banquillo. La defensa ha anunciado que recurrirá la decisión -las partes tienen 5 días de plazo para apelar ante la Audiencia Provincial- que no ha sido respaldada ni por la Fiscalía ni por la Abogacía del Estado y éste es precisamente el último 'as' con el que cuenta la infanta, recurrir a la 'doctrina Botín'.
La denominada doctrina 'Botín' impide abrir juicio oral a instancias exclusivas de la acusación popular. Ahora, podría convertirse en el 'salvavidas' de la infanta Cristina para evitar sentarse en el banquillo puesto que en el caso Nóos únicamente el sindicato Manos Limpias, personado como acusación popular, ha solicitado la declaración de la hija del Rey en calidad de imputada.

En el proceso también están personadas como acusación la Generalitat Valenciana, el Gobierno balear y el grupo de concejales socialistas del Ayuntamiento de Valencia, pero ni han pedido la imputación ni podrían hacerlo de forma efectiva.

'Doctrina Botín' y 'doctrina Atutxa'

La denominada 'doctrina Botín' fue adoptada por el Tribunal Supremo en diciembre de 2007 y sirvió para confirmar la negativa de la Audiencia Nacional a abrir juicio contra el presidente del Grupo Santander, Emilio Botín, y otros directivos de la entidad, en el denominado 'caso de las cesiones de crédito'. La Audiencia argumentó, y posteriormente lo confirmó esta misma Sala del tribunal Supremo, que la celebración de un juicio únicamente instado por la acusación popular contraviene la legalidad procesal.

No obstante, en el 'caso Atutxa' el Supremo señaló que "el fiscal no puede monopolizar el ejercicio de la acción pública" que nace de la comisión del delito de desobediencia que, a diferencia con los delitos fiscales imputados a Botín "carece, por definición, de un perjudicado concreto susceptible de ejercer la acusación particular".

En este caso, el expresidente del Parlamento vasco y dos exmiembros de la Mesa de la Cámara fueron condenados en 2008 por desobediencia a la autoridad judicial, al no disolver Sozialista Abertzaleak (SA) tras la ilegalización de Batasuna en 2003.

El Supremo argumentó que en relación con esa clase de delitos, la acción popular no puede conocer "restricciones", añadía el Supremo porque más allá de los orígenes históricos de la figura de la acción popular, "su presencia puede explicarse, por la necesidad de abrir el proceso penal a una percepción de la defensa de los intereses sociales emanada, no de un poder público, sino de cualquier ciudadano que propugne una visión alternativa a la que, con toda legitimidad", algo que fue suscrito por el Ministerio Fiscal.

Tras nueve meses desde que el juez Castro imputara a la infanta Cristina por primera vez, queda esperar a la decisión de la Audiencia de Palma para que prospere o no la citación prevista, de momento, para el próximo 8 de marzo.


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> Auto de imputación (pdf): parte 1 (9Mb) | Parte 2 (6Mb)>>
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