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Apertura de juicio oral contra Elpidio José Silva: 60.000 euros para responsabilidad civil

El fiscal 'crucifica' al juez que se atrevió con Blesa: pide 30 años de inhabilitación y multa de 11.000 euros

El fiscal 'crucifica' al juez que se atrevió con Blesa: pide 30 años de inhabilitación y multa de 11.000 euros

jueves 23 de enero de 2014, 14:23h
El fiscal quiere la 'crucifixión' total como juez de Elpidio José Silva, el hombre que se atrevió a investigar al establishment del 'Aznarato', y, de cara a la apertura de juicio oral, ha pedido una multa de 11.000 euros y 30 años de inhabilitación en la Administración de Justicia. Por su parte, la acusación que representa Miguel Blesa pide también una multa de 17.200 euros e inhabilitación por 35 años, mientras que el otro acusador, Gerardo Díaz Ferrán -actualmente en prisión por otros supuestos delitos- le pide inhabilitación por 24 años, 72.000 euros de multa y 50.000 en concepto de indemnización, la cual disfrutaría en el penal de Soto del Real, donde se encuentra en la actualidad.
En un Auto de apertura de juicio oral emitido este jueves por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al juez Elpidio José Silva se le fija una fianza de 60.000 euros para hacer frente a sus responsabilidades civiles y penales. En ese auto se recogen las peticiones de las acusaciones públicas y privadas contra el hombre que quiso investigar el supuesto gran fraude en Caja Madrid, y que, en definitiva, interesan su alejamiento de la carrera judicial en peores condiciones aún que otro juez que osó investigar el 'caso Gürtel', Baltasar Garzón.

Para la apertura de juicio oral, el fiscal del caso quiere la 'crucifixión' total de Silva: considera que los hechos relatados en su escrito constituyen un delito Continuado de Prevaricación y de Retardo Malicioso en la Administración de Justicia, así como dos delitos Contra la Libertad Individual del artículo 530 del Código Penal, y sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Por ello, el fiscal pide las siguientes penas para el juez que osó investigar el establishment del ex presidente del Gobierno José María Aznar:

- Por el delito continuado de Prevaricación, y Retardo Malicioso en la Administración de Justicia , la pena multa de 24 meses con cuota diaria de 15 euros (en total, 10.800 euros), con arresto sustitutorio , en caso de impago, de un día por cada dos cuotas impagadas, así como 20 años de inhabilitación especial para cargo de juez o magistrado, así como con la incapacidad para obtener durante el tiempo de condena cualquier empleo o cargo en el ámbito de la administración de justicia, en particular, aquellos que conlleven ejercicio de función jurisdiccional o de gobierno dentro del Poder Judicial, o con funciones jurisdiccionales fuera del mismo.

- Por los dos delitos Contra la Libertad Individual las penas de 4 y 6 años, respectivamente, de inhabilitación especial para cargo de juez o magistrado, así como con la incapacidad para obtener durante el tiempo de condena cualquier empleo o cargo en el ámbito de la administración de justicia, en particular, aquellos que conlleven ejercicio de función jurisdiccional o de gobierno dentro del Poder Judicial, o con funciones jurisdiccionales fuera del mismo.

En total, por tanto, multa de casi 11.000 euros e inhabilitación por 30 años.

La venganza de los antiguos imputados

Peor es la petición de Miguel Blesa de la Parra y de Carlos Aguilar Fernández, que consideran que los hechos son constitutivos de un delito continuado de prevaricación judicial, de otro de retardo malicioso en la Administración de Justicia, de dos delitos contra la Libertad Individual y de un delito de revelación de secreto de conformidad con el art. 466.2 del Código Penal en relación con el art. 417 CP (se refiere a los correos de Blesa que han salido y que demuestran cosas terribles en la Administración de Caja Madrid).

Para esos supuestos delitos, el antiguo imputado Blesa pide las siguientes penas:

- Por el supuesto delito continuado de Prevaricación judicial, la pena de 24 meses de multa, con una cuota diaria de 15 euros (10.800 euros en total=, con responsabilidad personal del art. 53 del CP, inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 20 años.

- Por el delito de Retardo malicioso del art. 449.1 CP una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 4 años.

- Por los dos delitos contra la Libertad Individual del art. 530 CP dos penas de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 8 años, cada una de ellas.

- Por el delito de revelación de secretos del art. 466.2 en relación con el art. 417 del CP pena de multa de 18 meses con una cuota diaria de 15 euros (6.480 euros en total) con responsabilidad personal del art. 53 del CP, y una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 3 años.

Además, se reservan las acciones civiles correspondientes para ejercitarlas una vez concluida esta causa criminal, interesando que las costas procesales se incluyan las de las acusaciones particulares.

Por lo que respecta, a la representación procesal de Gerardo Díaz Ferrán considera que los hechos relatados en su escrito son constitutivos de un delito continuado de Prevaricación, y asimismo de un Retardo Malicioso en la Administración de Justicia, por lo que Díaz Ferrán -actualmente en prisión provisional por otras causas- pide las siguientes penas para el juez Silva:

- Por el delito continuado de prevaricación, la pena de 24 meses de multa a razón de 100 euros diarios (72.000 euros en total) y arresto sustitutorio de 1 día por cada dos cuotas diarias no satisfechas en inhabilitación especial para el ejercicio del cargo de la función judicial por tiempo de 20 años.

- Por el delito de retardo malicioso en la Administración de Justicia la pena de inhabilitación especial por tiempo de 4 años, con costas incluidas las de la acusación particular.

Además, pide que el juez Elpidio José Silva sea condenado a abonar la suma de 50.000? como indemnización por "el daño a su honor y sufrimiento moral" provocado por la reapertura de la causa que se integrara en la más activa de su concurso de acreedores. "Reclama la cantidad a que asciende el coste de la asistencia letrada y representación mediante procurador en la DP 58/2010 tras su reapertura el 7-06-2012 según se determine en ejecución de sentencia en aplicación, como criterio objetivo para el cálculo de la responsabilidad civil del acusado de los criterios orientadores sobre costas de los Colegio de Abogados y Procuradores de Madrid aplicados a las actuaciones profesionales practicadas por el abogado y su procurador en la DP reseñadas tras la reapertura".


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