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La Defensora del Pueblo pide que la LOMCE no discrimine a los discapacitados... sin presentar un recurso al Constitucional

La Defensora del Pueblo pide que la LOMCE no discrimine a los discapacitados... sin presentar un recurso al Constitucional

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martes 11 de marzo de 2014, 13:39h
La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha recomendado al Gobierno que la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) preste especial atención a los principios de normalización e inclusión y de no discriminación e igualdad de las personas con discapacidad, de acuerdo con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. 
Esta recomendación es consecuencia de la petición de recurso ante el Tribunal Constitucional formulada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) contra la LOMCE. 

Si bien el Defensor del Pueblo no ha presentado recurso de inconstitucionalidad ante el Alto Tribunal, considera necesario formular esta recomendación para que se garantice normativa y presupuestariamente la educación inclusiva del alumnado con discapacidad en el desarrollo y la aplicación  de la ley. 

El Defensor recuerda que el derecho a la educación de los niños con discapacidad se basa en los principios de inclusividad y no segregación, con una escolarización normalizada y con los apoyos educativos necesarios en centros ordinarios.  

Así, la escolarización en centros ordinarios debería ser la norma, mientras que la escolarización forzada de alumnos con discapacidad en centros de educación especial, debería tener carácter excepcional. 

A juicio de la Institución es necesario dotar a los centros ordinarios con los medios personales y materiales necesarios para la escolarización de alumnos con necesidades educativas específicas para que su escolarización sea posible en condiciones de igualdad. 

Además, es preciso facilitar a los padres o tutores de los alumnos una participación activa, completa y directa en las decisiones de escolarización que se adopten y establecer mecanismos ágiles y eficaces de reclamación y recurso en el caso de los padres o tutores no estén conformes con las decisiones de las administraciones educativas. 

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