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Guerra doctrinal Botín-Atutxa: ¿se librará la infanta de sentarse en el banquillo?

Guerra doctrinal Botín-Atutxa: ¿se librará la infanta de sentarse en el banquillo?

viernes 07 de noviembre de 2014, 13:41h
La Audiencia Provincial de Baleares ha estimado parcialmente el recurso de la infanta Cristina eliminando su imputación de blanqueo de capitales y manteniendo el referido al fraude por a dos delitos fiscales. Sin embargo, aún no pueden adelantarse los acontecimientos, ya que será en los próximos días cuando se establezca el listado de acusados con la apertura de juicio oral y será entonces cuando se sepa si la infanta Cristina se sentará o no en el banquillo atendiendo a la doctrina jurisdiccional a la que se acoja: Botín o Atutxa. La Audiencia ha dado vía libre al juez José Castro para aplicar "con libertad de criterio" la doctrina Botín sobre la infanta Cristina. De este modo, será en el auto de apertura de juicio oral del caso Nóos donde el magistrado resuelva la cuestión.
El propio abogado de la infanta Cristina, Miquel Roca, ha confirmado que ahora se abre un período de diez días para que las partes presenten sus posturas. De esta manera, si el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado volviesen a negarse a considerar a la infanta Cristina como posible autora de algún delito, se quedaría de nuevo en solitario la acusación popular ejercida por Manos Limpias como única parte acusatoria.

En este caso, corresponderá al juez Castro decidir si aplica la doctrina Botín o la doctrina Atutxa, según la cual, la hermana del Rey se sentaría o no en el banquillo. Las diferencias jurídicas entre una y otra doctrina se basan precisamente en el tipo de parte acusatoria que exista en cada caso.

El Tribunal Supremo interpretó, en el caso Botín, en el que se investigaron presuntos delitos contra la Hacienda Pública, que al no existir acusación particular ni iniciativa del Ministerio Fiscal, el entonces presidente del Grupo Santander no podía ser juzgado.

En el lado opuesto, el Tribunal Supremo sí interpretó que la acusación popular -la figura jurídica recogida en la Constitución para permitir a un ciudadano o colectivo personarse en un proceso, sin haber tenido una lesión del interés propio, sólo para defender la legalidad general- podía ser suficiente para juzgar por un delito de desobediencia al ex presidente del parlamento vasco Juan María Atutxa por haberse negado a disolver el grupo Sozialista Abertzaleak. En el conocido como 'caso Atutxa', el Supremo interpretó que era suficiente la existencia de la acusación popular para juzgarlo y condenarlo a una pena de multa y de inhabilitación para ejercer cargo público debido a la prevalencia de los "intereses generales", según reafirmó después el Tribunal Constitucional. 


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