www.diariocritico.com
La Audiencia Nacional reafirma sus sospechas de que el PP se lucró de la trama Gürtel con probable conocimiento de sus dirigentes

La Audiencia Nacional reafirma sus sospechas de que el PP se lucró de la trama Gürtel con probable conocimiento de sus dirigentes

> En el juicio oral se determinará la cuantía que el PP tendría que abonar como responsable civil

martes 11 de noviembre de 2014, 15:52h
La Audiencia Nacional ha confirmado que "existen indicios" de que el Partido Popular (PP) "se ha aprovechado en determinada cuantía de los efectos de los supuestos delitos" que cometieron los ex alcaldes de Pozuelo de Alarcón y Majadahonda (Madrid), Jesús Sepúlveda y Guillermo Ortega, respectivamente, por sus actividades con la trama 'Gürtel'. Además, sostiene que sus dirigentes tuvieron que "tener conocimiento de aquellos dispendios, pues repercutió en su propio peculio", en el sentido de que repercutió en los gastos de las campañas electorales de Pozuelo y Majadahonda.
En un auto notificado este martes, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal rechaza el recurso de apelación que los 'populares' presentaron contra un auto dictado en julio pasado por el juez Pablo Ruz en el que cuantificaba en un total de 236.864 euros el lucro que el PP de Pozuelo y el de Majadahonda podrían haber obtenido de las actividades de la trama.

El tribunal confirma la condición del PP como responsable civil como partícipe a título lucrativo de los delitos investigados en la "primera época" de funcionamiento de la trama 'Gürtel', que se desarrolló, según la cronología que hizo el juez Ruz, entre los años 1999 y 2005, y apunta que "resulta plenamente compatible la jurisdicción contable asignada al Tribunal de Cuentas con la jurisdicción penal que en la causa se está ejercitando".

En su resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Francisco Martel, los magistrados de la Sección Cuarta citan cinco informes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) que constan en el procedimiento, entre ellos uno que apuntaba que la relación de la trama con el PP era "simbiótica" en lugar de "parasitaria".

El PP se benefició

Tras señalar que la personación del PP en la causa "no es novedosa", puesto que "durante los cuatro años transcurridos" entre mayo de 2009 y abril de 2013 ejerció la condición de "acusador popular", el auto sostiene que "existen indicios" de que los 'populares' "se beneficiaron de las cuantías que los imputados dedicaron a realizar actividades propia de dicha formación política".

Los magistrados Ángela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel aseguran, además, que sus dirigentes tuvieron que "tener conocimiento de aquellos dispendios, pues repercutió en su propio peculio, de forma que dejó de abonar aquellas sumas que otros pagaron como gastos de las campañas electorales desplegadas en Pozuelo y Majadahonda". En todo caso, apuntan que será en el juicio oral donde se determine con exactitud los "contornos" de la responsabilidad civil y su cuantía exacta.

En relación con el argumento del PP de que todos sus gastos fueron contabilizados y fiscalizados por el Tribunal de Cuentas, la Sala señala que la competencia de este órgano se refiere al plano contable, "sin perjuicio de las otras jurisdicciones en la que se establece prevalencia", en referencia en este caso a la vía penal, que, además, sería "preferente e ilimitada".

"Pretender que el Tribunal de Cuentas sea quien decida, a los efectos penales, la cantidad malversada y su valoración desde un punto de vista culpabilístico, es tanto como sustraer del Poder Judicial, en este caso representado por la jurisdicción penal, una función que constitucionalmente le viene atribuida", dicen los magistrados.

El pasado 24 de septiembre el juez Ruz rechazó el recurso de reforma presentado por el PP en un auto en el que destacaba la necesidad de que la formación de Mariano Rajoy, que pidió la condición de perjudicada, sea partícipe a título lucrativo en el procedimiento para que "se neutralice cualquier ventaja generada con motivo de la presunta comisión de las infracciones penales" atribuidas a Jesús Sepúlveda, exmarido de la ministra de Sanidad, Ana Mato, y Guillermo Ortega.

Otros 12 recursos rechazados

El tribunal, además, ha desestimado otros 12 recursos interpuestos contra la resolución que el juez Ruz dictó el pasado 29 de julio y en la que abría una pieza separada para llevar a juicio a un total de 45 imputados, entre los que se encuentra el exsenador del PP Luis Bárcenas.

Además del extesorero, en esta pieza separada están imputados el exconsejero de Deportes de la Comunidad de Madrid Alberto López Viejo; los presuntos líderes de la trama, Francisco Correa y Pablo Crespo; el extesorero del PP Álvaro Lapuerta, el antiguo responsable de las fianzas de Alianza Popular (AP) Ángel Sanchís, los exalcaldes de Majadahonda Guillermo Ortega y Pozuelo de Alarcón Jesús Sepúlveda y el exdiputado Jesús Merino. De los 45 imputados, 21 serán juzgados por estos hechos y otros 24 continuarán encausados en la causa principal o en otras piezas separadas.

En esta parte del procedimiento se persiguen, en concreto, los actos delictivos que se produjeron en la Comunidad de Madrid, Castilla y León y el Ayuntamiento de Estepona (Málaga) entre los años 1999 y 2005. Ruz excluyó las operaciones en los Ayuntamientos de Boadilla del Monte, Arganda del Rey y Alcalá de Henares porque las actividades se prolongaron después de este periodo.

Críticas a "trocear" temporalmente la causa

Por otro lado, la Audiencia Nacional ha advertido al juez instructor del 'caso Gürtel', Pablo Ruz, de que trocear la causa con un criterio exclusivamente temporal, en referencia a la creación de una pieza separada que analiza los hechos ocurridos en la "primera época" de funcionamiento de la red, entre los años 1999 y 2005, puede implicar una "relativa confusión".  El auto, del que ha sido ponente el magistrado Juan Francisco Martel, no expresa "reparos" a la formación de la pieza separada, en la que son investigados 45 personas, entre ellas el extesorero del PP Luis Bárcenas, pero señala que el nuevo procedimiento, además del criterio temporal, debe escindirse atendiendo a las personas que cometieron los hechos perseguidos y las "conductas" que desarrollaron.


Lea también:

- Todo sobre la trama Gürtel
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
0 comentarios