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Los seguros de rentas vitalicias consolidan su presencia en España

miércoles 22 de abril de 2015, 07:41h
Los seguros de rentas vitalicias consolidan su presencia en España entre la población mayor de 60 años
/COMUNICAE/

  • Más de 2.000.000 de personas disfrutan ya de las ventajas que ofrecen este tipo de seguros de rentas vitalicias.
  • La renta vitalicia mensual dependerá de varios factores como la edad o el sexo del asegurado

Barcelona, 20 de abril de 2015 - Los seguros de rentas vitalicias consolidan su presencia en España entre la población mayor de 65 años. Y la causa no es otra  que la preocupación de los españoles por completar de una forma más adecuada las pensiones públicas de jubilación, "en algunos casos incluso insuficientes para mantener el nivel de vida adquirido antes de la jubilación", aseguran desde www.Vittalias.com.

Los seguros de rentas vitalicias son un producto financiero que transforma los ahorros en una renta mensual para toda la vida. Una modalidad de los seguros de vida-ahorro de siempre pero donde entidades aseguradoras como www.Vittalias.com, permiten al propietario de una vivienda obtener unos ingresos extra complementarios a su pensión a cambio de la cesión de la propiedad de su vivienda. Una renta vitalicia que pagará la aseguradora y que incluye el pago de un interés especialmente atractivo para los asegurados, superior al 3% anual.

¿Cómo funcionan los seguros de rentas vitalicias?

Los seguros de rentas vitalicias convierten los ahorros de los asegurados, población mayor de 65 años, es un pago vitalicio, "con el objetivo de obtener unos ingresos adicionales para mejorar su calidad de vida sin necesidad de cambiar su día a día", aseguran desde www.Vittalias.com.

Los seguros de rentas vitalicias funcionan de la siguiente manera: en el momento del fallecimiento, la vivienda pasa a ser propiedad de la parte acreedora. Por lo tanto los posibles herederos no podrían disfrutar del uso del inmueble. Mientras que en un hipotético caso que el titular dejara de percibir la renta mensual en el periodo fijado por ambas partes, se podría ejercer el derecho a anular la operación sin tener que devolver los importes percibidos -tal y como se hace constar en la escritura pública firmada y gracias a una condición resolutoria inscrita en el Registro de la Propiedad-.

La firma de esta operación no supone en ningún caso, ningún gasto para el cliente, a excepción del pago de la posible plusvalía, ya que es exactamente igual que una compraventa.

Y, por otro lado, si una pareja mayor de 65 años deciden contratar un seguro de renta vitalicia. "En estos casos, mientras la pareja de asegurados vivan, cada uno cobrará el 50% de la renta. Y en caso de muerte de uno de los dos, el asegurado superviviente pasará a cobrar el 100% de la renta", comentan desde www.Vittalias.com.

Ventajas de los seguros de rentas vitalicias

Los seguros de rentas vitalicias tienen atractivas ventajas para los asegurados, lo que ha hecho que ya sean más de 2.000.000 de personas quienes confíen en este producto. Y ya no solo por la naturaleza en sí de los propios seguros, donde los beneficiarios cobrarán una renta vitalicia, es decir para toda la vida. Si no por las ventajas fiscales de los seguros de rentas vitalicias.

Por ejemplo, dichas rentas mensuales que cobran los asegurados tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como rendimiento de capital mobiliario y, por tanto, disfrutan de importantes reducciones, que siempre dependerán de la edad del contratante. Los mayores de 70 años sólo tendrán obligación de tributar por el 8% del total de Rentas percibidas anualmente.

También, como se ha comentado anteriormente, la contratación se puede realizar entre uno o dos titulares. Y, además, les ofrece liquidez en cualquier momento, "además puedes disfrutar de diferentes alternativas de inversión según las necesidades de cada persona y con un interés garantizado tanto de forma temporal como vitalicio", explican desde www.Vittalias.com

La seguridad es otra de las ventajas de los seguros de rentas vitalicias. Y es que dicha operación se formaliza ante Notario en una Escritura Pública que queda inscrita en el Registro de la Propiedad. En dicha Escritura, se establece una Condición Resolutoria para el hipotético caso de impago, por la cual el Transmitente / Persona Mayor recupera la plena titularidad de la vivienda sin perjuicio de las mensualidades ya percibidas.

En todo momento se garantiza a los asegurados, la posibilidad de renunciar en cuando crean oportuno al derecho de uso y disfrute de la vivienda, percibiendo desde esa fecha un pago superior al que estuviera cobrando.

También son fáciles de contratar, el seguro de las rentas vitalicias es uno de los servicios con los productos más competitivos del mercado y dependiendo de la edad de contratación del seguro, la tributación efectiva sobre los rendimientos puede ser de poco más del 1,50%.

Fuente Comunicae

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