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Sale a concurso la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha

jueves 22 de octubre de 2015, 17:57h
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este jueves anunciar la convocatoria de la presidencia de los Tribunales Superiores de Justicia de Cataluña, la Comunidad Valenciana, Andalucía, de Castilla y León y Castilla-La Mancha. El mandato del presidente del alto tribunal castellano-manchego, Vicente Roúco, finaliza en el mes de diciembre.
Esta convocatoria obedece en todos los casos a la próxima expiración de mandato de los actuales presidentes: el de Miguel Ángel Gimeno Jubero en el TSJ de Cataluña y el de Lorenzo del Río Fernández en el TSJ de Andalucía vence el próximo 3 de diciembre; mientras que el de Pilar de la Oliva Marrades en el TSJ de la Comunidad Valenciana, el de Vicente Rouco Rodríguez en el TSJ de Castilla-La Mancha y el de José Luis Concepción Rodríguez en el TSJ de Castilla y León lo hace siete días después.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento que regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales, podrán tomar parte en la convocatoria los/las magistrados/as en situación administrativa de servicio activo o de servicios especiales que, en la fecha en la que se produzca la vacante, hayan prestado diez años de servicio en la categoría de magistrado y al menos quince años en la Carrera Judicial.
Los candidatos que cumplan los requisitos de la convocatoria serán posteriormente convocados por la Comisión Permanente a una comparecencia en la sede del CGPJ, que se celebrará en audiencia pública y que tendrá por objeto la explicación y defensa del currículo y del programa de actuación presentados.
Finalmente, la Comisión Permanente seleccionará de entre los aspirantes a cada plaza una terna de candidatos que será sometida a votación en el Pleno del órgano de gobierno de los jueces.
Los vocales valorarán como méritos el tiempo de servicio activo en la Carrera Judicial, el ejercicio en destinos correspondientes a los órdenes jurisdiccionales civil y penal y en órganos colegiados, las resoluciones jurisdiccionales de especial relevancia jurídica y calidad técnica, la experiencia en órganos de gobierno del Poder Judicial y el programa de actuación propuesto.
En el caso de los TSJ de Cataluña y de la Comunidad Valenciana, también se tendrán en cuenta la especialización en Derecho Civil Especial propio de estas Comunidades Autónomas y el conocimiento de las lenguas cooficiales en ellas.
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