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La UE se salta todos sus principios y permite a sus miembros expulsar a ciudadanos comunitarios por criterios económicos

La UE se salta todos sus principios y permite a sus miembros expulsar a ciudadanos comunitarios por criterios económicos
(Foto: EP)
miércoles 25 de noviembre de 2015, 12:40h
La Unión Europea está consistiendo que los estados miembros expulsen a ciudadanos comunitarios en función de sus recursos económicos, lo que vulnera el principio de no exclusión. Uno de los casos más sangrantes es el de Bélgica, que ha incrementado de forma drástica las expulsiones de comunitarios, y que entre 2013 y 2014 ha llevado a cabo más de 4.000, de los cuales 400 son españoles. Ante esta situación, la asamblea del 15M/Marea Granate Bruselas, presentó el pasado 12 de noviembre una queja oficial en el Parlamento Europeo para reclamar el fin de estas expulsiones justificadas mediante criterios económicos.

El caso de Bélgica y el drástico aumento de la cifra de expulsiones de ciudadanos comunitarios desde 2010 no es ninguna novedad, pero resulta aún más preocupante el hecho de que España, y otros países como Alemania, Reino Unido y Francia, también estén llevando a cabo esta práctica. Según la plataforma 'EU Rights Clinic', en 2013 se recogieron cerca de 60 casos de expulsiones de comunitarios, de los que la mitad se habían tramitado en Reino Unido, el 12% de los casos en Bélgica, el 11% en España y el 8% en Francia.

Diariocrítico ha contactado con la asamblea 15M/Marea Granate Bruselas para conocer esta situación y el contenido de la queja presentada en el Parlamento. Su portavoz, Sara Lafuente, ha señalado que se enteró de que España estaba llevando a cabo estas expulsiones cuando acudió al Parlamento europeo, donde un ciudadano polaco presentó una queja hace un mes porque le negaron el permiso de residencia en nuestro país.

“España cambió la ley relativa a este asunto en 2012, y el Partido Popular ‘metió la coletilla’ de los recursos suficientes como requisito para no ser expulsado”, explica Lafuente. “Aunque la directiva europea que permite el libre desplazamiento por Europa (2004/38), no obliga a los Estados a impedir la residencia, en este sentido, España era más favorable que la directiva hasta 2012”, lamenta.

¿Qué dice la directiva 2004/38 sobre el derecho de libre circulación en la Unión Europea?

La directiva 2004/38/CE establece las condiciones de ejercicio del derecho de libre circulación y residencia en el territorio de los estados miembros de los ciudadanos de la Unión y los miembros de su familia. Para estancias superiores a 3 meses en el territorio de otro estado miembro, todos los ciudadanos europeos disponen de un derecho de residencia si trabajan, buscan empleo o cuentan con recursos suficientes y una cobertura de enfermedad completa.

¿Existe una cuantía fijada de ‘recursos suficientes’?

El artículo 8, apartado 4, de la directiva europea dispone que los estados miembros no pueden establecer un importe fijo a lo que consideran recursos suficientes, sino que deben tener en cuenta la situación personal del interesado. En cualquier caso, dicho importe no puede superar el nivel de recursos por debajo del cual el estado miembro de acogida puede conceder asistencia social a sus nacionales o, cuando no pueda aplicarse tal criterio, el nivel de la pensión mínima de seguridad social pagada por el estado miembro de acogida.

Desde 15M/Marea Granate Bruselas reclaman que la directiva “elimine” el requisito que establece los recursos suficientes, porque consideran que “no se debe considerar carga o no a un ciudadano en función de sus recursos económicos, ya que estos vulnera el principio de no exclusión”. “Si todos somos europeos, deberíamos serlo independientemente de los recursos”, subraya Lafuente. Al mismo tiempo, critica la “falta de concreción y matices” de la norma europea.

La portavoz de la plataforma ha señalado que durante su intervención en la Comisión Interna del Parlamento, sólo estaba presente una eurodiputada española, Ángela Vallina, y que solo han recibido el respaldo de algunas eurodiputadas españolas como Marina Albiol (IU), Vallina, y Carmen Becerra de UPyD.

El problema de la falta de concreción de la directiva 2004/38, lleva a cada estado a interpretar a su manera el concepto de ‘recursos suficientes’, expone Lafuente. Según relata, “Bélgica ha implantado un sistema de intercambio automático de datos entre la administración responsable de la asistencia social y la encargada de los extranjeros, de forma que cuando un ciudadano comunitario acumula 3 meses disfrutando de la ayuda social, la Oficina de Extranjería puede verificar inmediatamente que se ha cumplido este plazo para ser considerado una carga, y por tanto, considera que ese ciudadano debe ser expulsado. Entendemos que ese control sistemático no es acorde a la directiva”, censura Lafuente.

La portavoz de la plataforma ha tenido acceso a multitud de órdenes de expulsión emitidas por las autoridades belgas, y según ha narrado a este digital, esas órdenes “dicen que si no abandonas el territorio en un plazo de 30 días, el ciudadano se expone a la persecución policial e incluso a ser detenido y puesto en la frontera”.

“Si te buscan en tu domicilio belga y permaneces allí fuera del plazo, puedes ser multado y quedas borrado del registro, lo que supone una ‘muerte administrativa”, denuncia Lafuente. “Estar registrado es imprescindible en Bélgica porque si no lo estás no puedes tener acceso a servicios públicos, tener una tarjeta o contrato móvil o crearte una cuenta bancaria”.

Desde que presentaron esta queja en oficial en abril de 2014, Lafuente ha indicado que la Unión Europea "se puso las pilas y la Comisión Europea entabló conversaciones con las autoridades belgas, algo que llevo a Bélgica a “enviar a los estados miembros el documento de la orden de expulsión alegando que estas no ejecutaban”. “Esto indica que si bien no te detienen y te echan del país, sí pueden negarte el registro, lo que significa que no existes para la administración”, explica.

“Bélgica interpreta además que si has trabajado menos de un año y te quedas en paro involuntario, te consideran trabajador 6 meses y a partir de ahí pasas a ser vulnerable a la expulsión, pero si has trabajado más de un año ya te consideran cubierto”, señala la portavoz.

Lafuente subraya que estas condiciones y requisitos para obtener el permiso de residencia sólo se aplican entre los 3 meses y 5 cinco años de residencia, ya que a partir de ahí, la directiva impide la expulsión de ciudadanos comunitarios.

Casos de ciudadanos comunitarios que han recibido órdenes de expulsión por parte de Bélgica

La portavoz de esta plataforma ha relatado algunos casos de ciudadanos que han recibido la orden de expulsión de Bélgica:

- Una mujer italiana, de entre 30 y 40 años, con un hijo de 7 años, trabaja en el sector cultural. En 2010 se mudó a Bélgica y en 2012 empezó a trabajar para una compañía de teatro a través de un contrato del artículo 60 de la ley belga. (Este tipo de contratos del artículo 60 corresponden a programas de reinserción al empleo para parados de larga duración. Son contratos de una administración pública que concede ayudas sociales, y el salario de los trabajadores se obtiene de un fondo público. Bélgica alegaba que estos trabajadores debían ser expulsados por ser una “carga” para el estado. “Esto lo han dejado de hacer ya, pero antes se utilizaban estos contratos para considerar a cualquiera como una persona sin recursos”, explica. )

La mujer italiana, con su contrato del artículo 60, comenzó a trabajar a tiempo completo durante 3 años en la compañía en 2012, y el 20 de noviembre de 2013 recibió una orden de expulsión que exponía que su trabajo no podía ser considerado “actividad real y efectiva”. Ella apeló a un tribunal y solicitó la suspensión de la orden, que terminó siendo suspendida, pero estuvo en esta situación durante más de un año”. “En ese tiempo, esta mujer consiguió un ‘contrato real’, y canceló su apelación antes de obtener un fallo.

- Un hombre italiano, de entre 40 y 50 años. Había cotizado a la Seguridad Social durante 23 años en Italia y ante una oferta de empleo en Bélgica con un contrato indefinido, se muda en junio de 2013. Después de 8 meses y medio trabajando en Bélgica, su empresa quebró, y él se quedó en paro habiendo trabajado menos de un año. En abril de 2014, Bélgica contabiliza los periodos de paro en Italia y comienzan a pedirle documentos para conocer su situación.

El 29 de agosto de 2014 recibe la orden de expulsión, que en su caso, alegaba que había disfrutado del estado del bienestar pero como no había “demostrado tener posibilidades reales de encontrar empleo, debía abandonar el territorio”. El revuelo mediático generado en torno a este caso, llevó a un Tribunal de Justicia de la Unión Europa a pedir a Bélgica que ampliara de 3 a 6 meses el periodo de espera que los ciudadanos puedan encontrar un trabajo, “pero esto sólo es una extensión temporal de la agonía”, insiste Lafuente.

- Un hombre italiano llevaba 3 meses en Bélgica, durante ese tiempo trabajó 3 días. Cuando fue a registrarse en la comuna (equivalente al ayuntamiento) se le denegó el registro al tiempo que se le ‘invitó’ a abandonar el territorio. El hombre presentó su diploma de formación en Italia, pruebas que acreditaban su búsqueda activa de empleo e incluso las hojas de inscripción de sus dos hijos en el colegio, aunque según dictaba su orden de expulsión, “no estaba aportando pruebas de tener una opción real de encontrar empleo”, a pesar de que su pareja reside en Bélgica.

Sara Lafuente ha manifestado que la queja presentada en el Parlamento “citaba el caso belga porque es el que conocemos, pero se puede extender a los estados miembros. Nuestra petición denuncia la directiva que afecta a todos los países”.

Ante la petición registrada en el Parlamento, Lafuente ha indicado que la Comisión Europea ha respondido asegurando que “tiene previsto proseguir sus contactos con las autoridades belgas para garantizar la plena aplicación de la directiva”.

“La Comisión Europea quiere esperar a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncie sobre una cuestión prejudicial planteada sobre si el derecho a una buena administración compromete también a las administraciones nacionales, antes de tomar medidas. Pero la sentencia puede tardar más de dos años. No obstante, la Comisión concluyó que la Comisión de Peticiones junto a la Comisión de Libertades están preparando un informe sobre la libertad de circulación en la Unión Europea, en la que se estudiarán casos concretos”.

En cuanto a las prácticas empleadas en España, Diariocrítico ha intentado conocer la situación contactando con las autoridades pertinentes, aunque sin éxito.

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