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Las claves para solicitar el 'polémico' voto por correo desde el extranjero

Voto por correo
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Voto por correo (Foto: Europa Press)
viernes 13 de mayo de 2016, 15:49h

Ante la convocatoria de nuevas elecciones para el día 26 de junio, muchos españoles residentes en el extranjero se encuentran ante el mismo dilema de siempre: ¿Voy a poder votar ésta vez? Los numerosos retrasos que se registran en los consulados y embajadas para llevar a cabo el trámite de petición del voto por correo han generado infinitas quejas, por esta razón, analizamos cómo es todo el proceso de solicitud paso a paso para que todo aquél que se encuentre en el extranjero el día de las elecciones pueda ejercer su derecho a voto protegido constitucionalmente.

En la cita electoral que tuvo lugar el 20 de diciembre del pasado año, únicamente el 5% de las personas en el extranjero -apenas 100.000 personas- pudieron emitir su voto desde fuera de España. Los escollos con los que se encuentran los españoles fuera del país se centran en los plazos de solicitud y emisión del voto por correo y la distancia existente desde sus lugares de residencia hasta el Consulado español más cercano. Por ejemplo, una persona que viva en ciudades como Liverpool o Manchester tendría que desplazarse a Edimburgo, lugar donde se encuentra el Consulado más próximo a estas ciudades británicas. Para ello, tendría que pedir días libres -en el caso de que trabajase-, viajar hacia la capital escocesa y sufragar los gastos de desplazamiento que rondan los 100 euros en avión.

Hay que mencionar que existen diferencias significativas en cuanto a los procesos de solicitud del voto por correo en el caso de estar de paso en el extranjero, estar residiendo de forma habitual fuera de España o ser residentes en el extranjero pero estar en España de forma temporal el día de las Elecciones Generales.

El 'paso a paso' si estás temporalmente fuera de España

En el primer caso, habría que darse de alta como no residente en el registro de Matrícula Consular. El impreso de solicitud puede recogerse en las Oficinas Consulares de Carrera, en las Secciones Consulares de la Embajada o puede descargarse telemáticamente de la web del Ministerio del Interior o del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

La solicitud cumplimentada y firmada debe entregarse personalmente en la Oficina Consular, la cual remitirá la solicitud de manera inmediata a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente. Ésta última iniciará el envío de la documentación electoral el día 31 de mayo al domicilio indicado por el solicitante.

Una vez recibida la documentación y siguiendo atentamente las instrucciones de la hoja informativa, se deberá remitir el sobre correspondiente por correo certificado a la mesa electoral en España. Para ello, el plazo establecido es hasta el día 22 de junio incluido.

Importante: El plazo para solicitar el voto será a partir de la fecha de convocatoria -3 de mayo- hasta el día 28 de mayo. No obstante, se recomienda que se formule la petición lo antes posible. Una vez realizada la solicitud del voto por correo, de resultar aceptada, ya no se podrá votar personalmente. Será indispensable para la validez del voto que conste claramente en el sobre dirigido a la mesa electoral el matasellos o inscripción oficial de una oficina de correos del Estado correspondiente que acredite que se ha remitido dentro del plazo previsto.

¿Y si estás residiendo en el extranjero?

En el caso de residir fuera de España el procedimiento es diferente. Lo primero que hay que hacer es comprobar si estás dado de alta en el Consulado y en qué fecha, ya que dependiendo de cuando se hiciera, se podrá votar o no. Para ello, deberás figurar en las listas del CERA a fecha de 1 de marzo de 2016, fecha en la que por ley se ha cerrado el censo electoral para estos comicios. Puedes comprobarlo en las listas expuestas en la oficina consular del 9 al 16 de mayo. Además, en ese período se podrán interponer reclamaciones en el caso de exclusión o errores subsanables.

La Oficina del Censo Electoral sólo enviará de oficio el impreso de solicitud de documentación electoral a los electores incluidos en el CERA a fecha 1 de marzo de 2016. Si deseas votar, deberás solicitar la documentación electoral no más tarde del día 28 de mayo, mediante impreso oficial, a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral que corresponda. Para ello podrás optar por dos opciones: por Internet con certificado electrónico o por correo postal o fax a la Delegación Provincial.

La correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral te remitirá la documentación electoral junto con la hoja informativa a la dirección indicada no más tarde del día 6 de junio.

Una vez recibida la documentación habrá dos opciones de emisión de voto: por un lado, el voto por correo enviando el sobre a la Oficina Consular en la que se esté inscrito no más tarde del 21 de junio y por otro, el voto en urna, depositando personalmente el sobre en la Oficina Consular durante los días 22, 23 y 24 de junio.

Importante: junto al impreso debidamente cumplimentado deberá acompañar fotocopia del pasaporte o del DNI, expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedida gratuitamente por el Consulado de España en el país de residencia.

Residir en el extranjero, pero de visita en España el 26J

Si eres residente de un país extranjero pero estás temporalmente en España, podrás votar por correo. Para ello, deberás solicitar el voto por correo hasta el día de 16 de junio (sin que ello suponga la baja en el CERA). Posteriormente tendrás que cumplimentar y firmar la solicitud en cualquier oficina de Correos de España y, una vez recibida la documentación electoral en la dirección española, se deberá enviar a la mesa electoral por correo certificado no más tarde del día 22 de junio inclusive.

Importante: si te encuentras en esta situación, no podrás votar personalmente en la mesa electoral.

El Ministerio de Exteriores y de Cooperación ha puesto a disposición de los ciudadanos un documento con las preguntas frecuentes sobre el proceso electoral en el caso de residir en el extranjero.

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