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Todo lo que necesita saber sobre el cierre del centro de Madrid en Navidad al tráfico
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(Foto: Ayuntamiento de Madrid)

Todo lo que necesita saber sobre el cierre del centro de Madrid en Navidad al tráfico

viernes 02 de diciembre de 2016, 08:20h
El Ayuntamiento de Madrid cerrará al tráfico Gran Vía, las calles Atocha y Mayor estas Navidades para dar más espacio al peatón, además de establecer el límite de velocidad en 30km/h. Madridiario resuelve todas las dudas que pueden surgir en el primer año que se restringe el tráfico en un perímetro tan amplio del centro de la ciudad.

¿Qué días se cortará el tráfico?

El cierre se aplicará del 2 al 11 de diciembre, el fin de semana del 16 al 18 de diciembre, y del 23 de diciembre al 8 de enero de 2017. Fechas que se corresponden
con las de mayor afluencia de personas al centro para hacer compras o por motivos de ocio.

¿Cuáles son las zonas limitadas?

Se limitará durante las 24 horas del día el acceso a los vehículos de motor, con excepción de los autorizados al perímetro interior del Centro, vertebrado por la propia Gran Vía y delimitado por las siguientes calles los días en los que se van a poner en marcha las medidas:

- Gran Vía desde la Plaza de España hasta su confluencia con la calle Alcalá.
- Calle Atocha desde la Glorieta de Carlos V hasta la Plaza de las Provincias.
- Calle Mayor en ambos sentidos desde Bailén hasta la Puerta del Sol.

En el tramo la calle Segovia comprendido entre Ronda de Segovia y Puerta Cerrada se podrán efectuar restricciones durante las 24 horas del día a los vehículos de motor o simplemente cortes puntuales en función de la congestión del tráfico.



¿A qué vehículos no afecta la restricción del tráfico?
  • Los de residentes en las calles de acceso restringido o titulares de plazas de aparcamiento en las mismas.
  • Los que salgan de un garaje situado en la zona o se dirijan a él y los que salgan de una zona de estacionamiento autorizado.
  • Los que recojan o lleven a un inmueble de la zona a personas enfermas o que tengan reconocida la condición de movilidad reducida.
  • Los de servicios de extinción de incendios, salvamento, policía, agentes de movilidad, ambulancias y sanitarios y en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos.
  • Los autobuses de la Empresa Municipal de Transportes, los del servicio Madrid City Tour, el autobús de la Navidad organizado por el Ayuntamiento de Madrid, y en general los de transporte público regular de viajeros.
  • Los taxis.
  • Las motos, ciclomotores, bicicletas y ciclos.
  • Los vehículos que dispongan del distintivo o etiquetado “cero emisiones” establecido por la DGT y lo exhiban en lugar visible.
  • Las unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.
  • Hoteles: los vehículos que accedan a hoteles y porten maletas o bultos pesados.
  • Los vehículos destinados al transporte de detenidos, transporte funerario y grúas de remolque de vehículos.

En caso de querer acceder a un párking público que esté dentro de la zona restringida, ¿puede acceder?

Sí, las personas que salgan de un garaje situado en la zona o se dirijan a él y los que salgan de una zona de estacionamiento autorizado podrán acceder hasta completar aforo. En todo caso, el Ayuntamiento ruega que el acceso a los aparcamientos públicos de rotación se haga, en la medida de lo posible, a través de calles o rutas no incluidas en la restricción.

¿Cómo se informará a los ciudadanos de que un párking está completo?

A través de los carteles luminosos en los que se avisa de si están llenos o no los parkings. Además, la Policía Municipal y Agentes de Movilidad indicarán cuando sea necesario que no se puede acceder a un parking porque está lleno.

¿Dónde van a estar los controles de acceso?

Se contará con un Dispositivo Especial de Policía Municipal y Agentes de Movilidad que establecerán controles de acceso y paso o circulación determinándose inicialmente en los siguientes puntos previos a las zonas restringidas que podrán ser ampliados, modificados o reducidos en función de las necesidades de regulación que puedan apreciarse:

  1. Plaza de España.
  2. Plaza de Cibeles.
  3. Plaza de la Independencia.
  4. Plaza de Cánovas del Castillo.
  5. Glorieta del Emperador Carlos V.
  6. Glorieta Puerta de Toledo.
  7. Plaza de San Francisco el Grande.
  8. Calle Mayor/Calle Bailén.

De igual modo, en su condición de agentes de la autoridad, podrán permitir el paso a aquellos vehículos que a su criterio puedan o deban acceder por razones de interés general o necesidad urgente inaplazable.

¿Se tendrá que llevar una documentación especial para acceder a la zona restringida?

No, los Policías Municipales y Agentes de Movilidad que realicen el control podrán solicitar, en todo caso, información sobre tales circunstancias (residencia, acceso a garaje, etc…) o la documentación que ya obre en su poder como la tarjeta de persona con movilidad reducida, el documento nacional de identidad con indicación de su domicilio, etc…”.

Se van a agrandar las aceras ¿cómo se va a señalizar?

La ampliación de aceras se señalizará con balizas.

Más información en Madridiario.es

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