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Por qué la derogación de la Ley mordaza sí es una demanda social

Por qué la derogación de la Ley mordaza sí es una demanda social

miércoles 14 de diciembre de 2016, 16:17h
Este miércoles Mariano Rajoy hablaba de "sobreactuación" para referirse a los grupos que pedían la derogación de la Ley de Seguridad Ciudadana. Para el presidente, la eliminación de la norma no solo no es una demanda social, sino que ha tenido “efectos positivos”.

Se trata de una Ley aprobada en solitario por el Partido Popular, que contó desde el momento de su propuesta con la oposición del resto de los grupos parlamentarios. Es evidente que la norma vulnera numerosos derechos fundamentales, como el derecho de reunión y manifestación y el derecho a la libertad de información, y afecta también a otros derechos constitucionales, como el derecho a la intimidad y a la tutela judicial efectiva. Pero no podemos olvidar su influencia en otras materias de interés, como la situación de las prostitutas que ejercen en la vía pública, o las denominadas “devoluciones en caliente”.

La Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana se promulgó tras un periodo de intensas movilizaciones frente a las sedes del Congreso, lo cual tiene su reflejo en el texto legislativo. Pero no se limita a prohibir este tipo de conductas: lo cierto es que ninguna protesta espontánea está permitida, tampoco se puede tratar de parar un desahucio, ni participar en “desordenes graves” durante el ejercicio del derecho de huelga.

Además, con esta ley se penalizan también otras conductas como el consumo de alcohol y drogas en la vía pública. Con sanciones completamente desproporcionadas; por ejemplo, la reincidencia en el consumo de marihuana en la vía pública se puede multar con hasta treinta mil euros.

A continuación repasamos algunas de las consecuencias, no precisamente “positivas”, de la conocida popularmente como Ley Mordaza.

Situación de impunidad de las FCSE

Aunque en los procesos penales la testifical de los agentes de autoridad es una prueba más que está al mismo nivel que la declaración de cualquier ciudadano, para determinar la comisión de una infracción de las contenidas en la LO 4/2015, la palabra del agente prácticamente es Ley.

El artículo 52 de la Ley de Seguridad Ciudadana especifica que “en los procedimientos sancionadores que se instruyan en las materias objeto de esta Ley, las denuncias, atestados o actas formulados por los agentes de la autoridad en ejercicio de sus funciones que hubiesen presenciado los hechos, previa ratificación en el caso de haber sido negados por los denunciados, constituirán base suficiente para adoptar la resolución que proceda, salvo prueba en contrario y sin perjuicio de que aquéllos deban aportar al expediente todos los elementos probatorios disponibles”. Se trata de una medida a todas luces desproporcionada, que pone trabas para la defensa de los intereses del ciudadano.

Más aun teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 36.23, que obstaculiza todavía más el derecho de defensa y a utilizar los medios de prueba pertinentes, estableciendo multas por difundir imágenes o datos personales o profesionales de los agentes de Policía si pueden "poner en peligro la seguridad personal o familiar del agente".

Sanciones arbitrarias

La LO 4/2015 está plagada de términos difusos y mal definidos, lo que contribuye a la creación de un clima de inseguridad jurídica flagrante. De este modo, cualquier acto ciudadano que las fuerzas de seguridad del Estado consideren perturbador o peligroso, podrá ser sancionado.

El artículo 37.4 considera infracciones leves “las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad, cuando estas conductas no sean constitutivas de infracción penal”.

La aplicación de esta norma ha dado lugar a situaciones insólitas, como el caso de la mujer multada por llevar un bolso con la cara de un gato y el acrónimo A.C.A.B. "All Cats Are Beautiful" (Todos los gatos son bonitos), ya que la Policía entendió que esas siglas significaban "All Cops Are Bastards" (Todos los policías son unos bastardos).

El problema principal radica en que se deja discrecionalidad absoluta a la autoridad para considerar lo que se considera “falta de respeto”.

Devoluciones en caliente

Mediante la aprobación de la Ley de Seguridad Ciudadana se produjo la creación de un nuevo tipo sancionador de extranjería; los eufemísticamente denominados “rechazos en frontera”.

Ya desde su entrada en vigor, colectivos en defensa de los derechos humanos, juristas, instituciones internacionales, o el propio Consejo de la Abogacía española, consideraron que dicha práctica incumplía el Derecho Internacional Humanitario.

La disposición adicional décima expone que “los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España.”

Se trata de una medida sancionadora, irreversible, pero también difusa y abstracta; que puede tener como consecuencia la discrecionalidad y arbitrariedad en su puesta en práctica. No se regula de ningún modo dentro de la norma la obligación de identificar, instruir un expediente administrativo, ni la presencia o asistencia de abogado, presencia de intérprete, ni tampoco de la obligada intervención judicial.

Y es que hay personas que son potenciales receptoras de derecho de asilo, que intentan traspasar la frontera y son devueltas sistemáticamente, en el marco de este tipo de procedimientos; que se realizan, como hemos dicho, sin las garantías adecuadas, y en ocasiones con un uso desproporcionado de la fuerza.

Doble victimización para las prostitutas

El literal de la ley, considera una infracción grave “la solicitud o aceptación por el demandante de servicios sexuales retribuidos en zonas de tránsito público en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores, como centros educativos, parques infantiles o espacios de ocio accesibles a menores de edad, o cuando estas conductas, por el lugar en que se realicen, puedan generar un riesgo para la seguridad vial” (artículo 36.11)

Así mismo, sanciona como infracción leve “la realización o incitación a la realización de actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, o ejecutar actos de exhibición obscena, cuando no constituya infracción penal” (artículo 37.5)

Aunque pueda parecer que el objetivo de la norma es proteger del libre desarrollo del menor, lo cierto es que el precepto vuelve a introducir términos poco exactos, que dan como resultado su aplicación arbitraria.

Cuando entró en vigor la Ley, Delegación de Gobierno anunció que no multaría a las mujeres, sino que la medida iba destinada principalmente a los clientes. Más de un año después, podemos afirmar que no es así. La realidad es que el número de multas a prostitutas y clientes crece día a día, y ello contribuye a precarizar todavía más sus condiciones laborales.

Aquellas que ejercen libremente su profesión se ven asfixiadas económicamente por las sanciones, pero la peor parte se la llevan las víctimas de trata de mujeres. Con las multas, aumenta la deuda que deben a sus proxenetas, y habitualmente les suponen un castigo. Se trata, por tanto, de una doble victimización. Mujeres víctimas, que deberían ser protegidas por las autoridades, son tratadas como delincuentes.

Por ello, la Ley Mordaza supone una criminalización del colectivo; favoreciendo, para ellas, el negocio del proxenetismo y relegando a las trabajadoras a espacios cada vez más marginales. Una Ley de “Seguridad Ciudadana” debería fomentar la habilitación de lugares seguros para las mujeres, y no contribuir a nuevas formas de criminalización.

Diversas asociaciones, como la Agrupación Feminista de Trabajadoras del sexo (AFEMTRAS) y el Colectivo Hetaira, denuncian los abusos a los que son sometidas sistemáticamente las prostitutas por parte de los agentes de autoridad: comentarios machistas, homófobos, tránsfobos, arrojar los DNI al suelo tras consultarlos, romper resguardos de renovación del DNI a extranjeras, entre otras prácticas.

También se denuncia todo tipo de actividades coercitivas, como trasladar a las trabajadoras sexuales a lugares en los que supuestamente no se les multaría, lo cual sucede días más tarde. No es extraño que se sientan las grandes ninguneadas del derecho, víctimas de una violencia institucional sistemática.
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