El Tribunal de Cuentas acaba de tumbar el 'crowdfunding' de Pedro Sánchez por considerarlo contrario a la ley de financiación de partidos políticos. Sin embargo, esta fórmula no es nueva, de hecho en nuestro país la popularizó otro partido: Podemos. Pero, ¿es o no legal esta fórmula de recabar fondos? ¿qué las diferencia?
El socialista
Pedro Sánchez lleva recaudados cerca de 95.000 euros en menos de un mes con una
campaña de 'crowdfunding' que acaba de ser vetada por el Tribunal de Cuentas. Pero, ¿está en cuestión esta fórmula de recaudación?
Este sistema de financiación ya fue utilizado anteriormente por la formación liderada por
Pablo Iglesias de cara a distintas citas electorales y, más recientemente, también fue utilizado por varios participantes del congreso de Vistalegre II (tanto ‘Podemos en Movimiento’, el nombre con el que se presentaron los anticapitalistas, como el ex Secretario de Política de Podemos,
Íñigo Errejón usaron el micromecenazgo).
Todos los procesos de 'crowdfunding' en Podemos se realizan igual, incluidos los de las primarias, señala un miembro del equipo de Errejón consultado por este periódico.
Por su parte,
Segundo González, ex responsable de finanzas de Podemos y miembro ‘errejonista’ de la formación morada también explicó a Diariocrítico que tanto las cuentas del partido como las del micromecenazgo para la candidatura interna de Íñigo Errejón en el congreso de Vistalegre II respetaron dos puntos clave: la articulación del 'crowdfunding' a través de asociaciones vinculadas al partido y la identificación de los donantes para ser puesta a disposición del Tribunal de Cuentas.
Estos habrían sido precisamente los dos aspectos que ha echado en falta el órgano fiscalizador con respecto al 'crowdfunding' del candidato a las primarias del PSOE, Pedro Sánchez. El Tribunal de Cuentas también ha insistido este martes en que el 'crowdfunding' de Sánchez debía regirse por la ley de financiación de partidos políticos incluso antes de la convocatoria oficial de las primarias.
Tras la resolución del Tribunal de Cuentas, la gestora del PSOE y el ex secretario general han llegado a un acuerdo para firmar la ‘paz’ sobre este asunto.
Sánchez se habría comprometido a cerrar su 'crowdfunding', tal y como está planteado, para empezar a recaudar fondos a través de la cuenta facilitada por Ferraz a los tres candidatos a las primarias. Por otro lado, Sánchez se habría comprometido a facilitar el listado de donantes al Tribunal de Cuentas en julio como anexo a la contabilidad del PSOE. Es decir, dos meses después de las primarias a la secretaría general y sin que antes pase por las manos de la gestora.
Lo que dice la ley de financiación de los partidos políticos
Artículo 5 de la ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio establece los límites a las donaciones privadas prohibiendo recibir directa o indirectamente:
“a) Donaciones anónimas, finalistas o revocables.
b) Donaciones procedentes de una misma persona superiores a 50.000 euros anuales.
c) Donaciones procedentes de personas jurídicas y de entes sin personalidad jurídica.
Se exceptúan del límite previsto en la letra b) las donaciones en especie de bienes inmuebles, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4.2, letra e).Dos.
Todas las donaciones superiores a 25.000 euros y en todo caso, las donaciones de bienes inmuebles, deberán ser objeto de notificación al Tribunal de Cuentas por el partido político en el plazo de tres meses desde su aceptación”.
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