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¿Cuándo recurrir a los abogados desahucio?

¿Cuándo recurrir a los abogados desahucio?
lunes 24 de abril de 2017, 12:30h

En primer lugar debemos conocer qué son los Abogados desahucio, estos intervienen en los procesos en los que se procede al desahucio de una vivienda. Un desahucio es una acción legal por la que se expulsa a una persona o personas de una vivienda o terreno que tienen ocupado o alquilado.

En estas ocasiones de Desahucio express es importante contar con la ayuda de profesionales que tengan amplia experiencia en el asunto para que nos ayuden llevar la situación de la mejor forma posible.

Existen despachos especialistas en desahucios exprés que tramitan procedimientos en todo el territorio español. Eso sí, es importante diferenciar entre qué es una ejecución hipotecaria y qué es un desahucio que deriva del impago de alquiler.

La ejecución hipotecaria es el procedimiento que inician las entidades de crédito, como los bancos, cuando se procede a la ejecución de una vivienda como método para saldar una deuda que el cliente haya adquirido con esta entidad de crédito y a la cual no puede hacer frente.

El desahucio exprés o desahucio por impago es un procedimiento que se inicia a instancia del arrendador, cuando el inquilino que tiene arrendado un inmueble o terreno, desatiende la obligación de realizar los pagos mensuales que derivan del propio contrato suscrito entre arrendador y arrendatario

En el caso de desahucio por impago de una renta, la Ley de Enjuiciamiento Civil y el Código Civil habilitan un procedimiento para que el arrendador recupere el inmueble y pueda reclamar la deuda que se haya contraído.

La diferenciación entre estos dos tipos es importante debido a que generalmente los despachos de abogados que se dedican al desahucio exprés son moralmente contrarios a las ejecuciones hipotecarias.

Proceso de desahucio por impago de renta.

En el caso del desahucio por impago de renta, no es necesario abrir un procedimiento por la vía judicial como única opción, en primer lugar los abogados intentarán que se resuelva el conflicto de forma amistosa. En muchas ocasiones la vía amistosa es suficiente para llegar a un acuerdo y se cumpla el contrato de arrendamiento.

Si la vía amistosa no da frutos, entonces se abre la vía judicial como última alternativa. En el juzgado de primera instancia, que corresponda al lugar donde se encuentra el inmueble, se presenta una demanda en la que se recoge todo el dinero que se debe respecto al contrato de arrendamiento.

La sentencia dictará la recuperación de la vivienda por parte del arrendatario y del abono de la cantidad que se le debe. La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite que en unos 5 meses aproximadamente el propietario recupere la vivienda.

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