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La Audiencia Nacional ratifica la prisión incondicional para Ignacio González por riesgo de fuga y reiteración delictiva

- Aprecia indicios de delito: cohecho, financiación irregular del PP…

viernes 02 de junio de 2017, 16:30h
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la prisión incondicional para el ex presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, encarcelado en el marco del caso Lezo desde que el juez instructor Eloy Velasco le enviara a prisión el pasado 21 de abril.
La Audiencia Nacional ratifica la prisión incondicional para Ignacio González por riesgo de fuga y reiteración delictiva
(Foto: EP)
Los magistrados de la Audiencia Nacional Ángela Murillo, Juan Franciso Martel y Ana María Rubio han firmado un auto en el que se desestima el recurso planteado por la defensa de Ignacio González contra la prisión incondicional acordada en diligencias previas por los "riesgos relevantes" de riesgo de fuga, destrucción de pruebas y reiteración delictiva.

La Sala de lo Penal niega además que fueran genéricas las explicaciones en las que basó Eloy Velasco su decisión de decretar la prisión preventiva a Ignacio González, tal y como alegana la defensa en su recurso.

En concreto, la Sala recuerda que en el auto en el que se acordó la prisión incondicional "se describe la compleja organización aparentemente creada con fines delictivos", a través de la cual González podría estar implicado en el pago de una comisión de 1,4 millones de euros por la adjudicación del tren de Navalcarnero; en la expansión del grupo societario Canal de Isabel II por Sudamérica a través de actividades ilícitas propias de una "organización criminal"; en la adjudicación presuntamente fraudulenta y posterior explotación de Gold Canal; en la financiación irregular del Partido Popular de la Comunidad de Madrid a través de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (ICM), y por el presunto blanqueo de las cantidades obtenidas por dichas actividades. En relación a todos estos hechos, la Justicia aprecia indicios de cohecho, malversación, prevaricación, fraude y tráfico de influencias, entre otros delitos.

De esta manera, la Audiencia Nacional considera que existen "suficientes indicios de la posible participación del recurrente en los delitos enumerados" e insiste en que la gravedad de los hechos imputados y las altas penas de prisión a las que podría ser condenado son suficientes para considerar que "el riesgo de sustracción a la acción de la justicia no sea desdeñable".

La sala añade también que hay que evitar la ocultación de pruebas pues en estos momentos se está analizando múltiple documentación intervenida que podría dar lugar a nuevas líneas de investigación.
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