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La Fiscalía pide 50 años de cárcel para los acusados de Alsasua; 6, para yihadistas confesos

Taberna Koxka en Alsasua
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Taberna Koxka en Alsasua (Foto: Google Street)
viernes 14 de julio de 2017, 17:28h
Las condenas por delitos de terrorismo están de máxima actualidad por los continuos logros de la policía en la lucha anti-yihadista, pero también por un caso que ha generado un gran debate de fondo: la agresión a dos guardias civiles en Alsasua, que hay quien lo interpreta y quien no como un atentado. Asuntos en los que contrastan las peticiones de la Fiscalía.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional reclamó 50 años de prisión para 6 de los 8 implicados en la brutal agresión en grupo que sufrieron dos guardias civiles y sus parejas frente al bar 'Taberna Koxka' en Alsasua –uno de ellos incluso requirió atención quirúrgica en un tobillo y todos sufrieron contusiones derivadas de la paliza- durante las fiestas del pueblo en 2016 de la que quisieron expulsarlos al grito de Alde Hemendik (Fuera de aquí).

Para uno de ellos, Oihan Arnanz, elevó la petición a 62 años por añadir un delito de amenaza terrorista penado con unos 12 años de prisión. Precisamente, esta fue la única pena solicitada para la octava acusada Ainara Urkijo. En total, la fiscalía atribuye a 7 de los 8 acusados cuatro delitos de lesiones con carácter terrorista.

La naturaleza terrorista de la agresión ha sido objeto de debate desde el comienzo del caso cuando la Audiencia Nacional y la Audiencia Provincial de Navarra litigaron sobre quien debía ser el tribunal competente en el caso. Finalmente, el Tribunal Supremo consideró que debía investigarse en la Audiencia Nacional porque, al margen de la resolución final del asunto, había indicios de que las conductas pudieran ir “dirigidas a crear en los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y de sus familias un estado de terror e inseguridad que los impulse a abandonar los mencionados territorios”.

6 años de cárcel por yihadismo

La misma Audiencia Nacional acaba de condenar a 6 años de cárcel por un delito integración en organización terrorista a los seis miembros de una célula yihadista de Melilla dedicada a la captación, radicalización, adoctrinamiento y envío de combatientes a zonas de conflicto y quienes durante el juicio celebrado el pasado lunes reconocieron los hechos y rechazaron el uso de la violencia.

Los magistrados sentenciaron en base al acuerdo de conformidad alcanzado entre la Fiscalía -que inicialmente solicitaba 12 y 10 años de cárcel- y los acusados, una vez que estos asumieron "la naturaleza terrorista de las acciones violentas cometidas para imponer cualquier idea y la inexistencia de justificación alguna para esos actos violentos", así como su compromiso de evitar en lo sucesivo "lecturas erróneas y desviadas de la religión". Por ello, se les aplica la atenuante de confesión.

Los hechos que reconocieron los acusados integran el delito de pertenencia a organización terrorista, en tanto que su líder, Mustafa Al Lal, utilizaba una espacio religioso como es la mezquita para la actividad de una célula proselitista de la doctrina yihad, "que promueve la violencia para imponer la ley islámica", lo que, según el Tribunal, constituye una subversión del orden constitucional como finalidad.

De acuerdo con los hechos probados los seis acusados formaban parte de una estructura localizada en la Ciudad autónoma de Melilla que desarrollaba bajo el ideario yihadista labores de captación, radicalización, adoctrinamiento, financiación y posterior envío de voluntarios para llevar a cabo acciones operativas de naturaleza terrorista a zonas de conflicto con integración en la rama de Al Qaeda del Magreb Islámico (AQMI), o bien el desarrollo de acciones terroristas en suelo occidental.
La célula actuaba en distintas fases: primero captando a personas permeables a la radicalización, muchos de ellos procedentes del Ejército o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Después se procedía al adoctrinamiento exhaustivo tanto a través del propio aparato mediático creando al efecto (SHARIA4SPAIN) como a través de los encuentros y reuniones privados lideradas por Mustafa AL LAL. Compaginando estas actividades se les proporcionaban espacios para el entrenamiento personal y físico que les cohesionaba como grupo y les otorgaba una fuerza necesaria para la misión que debían de cumplir. Es decir, explica el Tribunal, viajar a zona de conflicto para una vez incorporados a organizaciones terroristas asentadas en el lugar cometer acciones terroristas. O bien, prepararse para realizar la yihad violenta en "casa" y conseguir de este modo su fin último, imposición de la sharia.

Los deseos yihadistas de los miembros del grupo se materializaron, dice la Sala, con el envío, en septiembre de 2012, del procesado ausente Benaissa Laghmouchi a Malí para su incorporación operativa en la organización terrorista AQMI. Además, el grupo tenía su propio sistema de financiación que les otorgaba recursos para dedicarse casi en exclusiva a las actividades yihadistas, y medios para desplazarse a zonas de conflicto.

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