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El Defensor del Pueblo no atiende las quejas y defiende la constitucionalidad del cupo vasco

El Defensor del Pueblo no atiende las quejas y defiende la constitucionalidad del cupo vasco
(Foto: Defensor del Pueblo)
martes 03 de abril de 2018, 07:57h

El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, no recurrirá ante el Tribunal Constitucional (TC) la ley de metodología del cupo vasco para el periodo 2017-2021.

En una resolución Fernández Marugan entiende que "por muy legítimas y generalizadas" que sean las dudas que genera la norma, estas no sostienen su inconstitucionalidad. Asimismo, no aprecia motivo de recurso en la "falta de transparencia" con la que se llevaron las negociaciones ni en el hecho de que durante el trámite parlamentario "únicamente se contrastaran cifras dadas de antemano".

El cupo vasco o concierto económico con el País Vasco es un instrumento jurídico que regula las relaciones tributarias y financieras entre la Administración General del Estado y la comunidad autónoma vasca, y que forma parte del régimen foral. Históricamente, las 3 provincias vascas gestionaron sus propios sistemas tributarios derivados de sus fueros, pero tras la Tercera Guerra Carlista (1876) se implanta un sistema de colaboración entre los territorios históricos y el Estado.

Estos conciertos han evolucionado con el tiempo: en una primera etapa entre 1878 y 1937 las tres provincias vascas dispusieron de ellos, mientras que durante el franquismo y hasta 1980 solo la provincia de Álava los mantuvo por su apoyo al régimen dictatorial de Franco. A partir de 1981, y tras ser reconocidos los derechos históricos de los territorios forales en la Constitución de 1978 y el Estatuto de Gernika (1979), se aplica el concierto actualmente vigente.

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