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Sánchez propone una reforma exprés de la Constitución para acabar con los aforados
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(Foto: Moncloa)

Sánchez propone una reforma exprés de la Constitución para acabar con los aforados

> Requeriría el apoyo del PP, con Casado como directo afectado

lunes 17 de septiembre de 2018, 12:15h
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado que el ejecutivo propondrá a las Cortes una reforma de la Constitución, que podría salir adelante en alrededor de dos meses, para acabar con los aforamientos. Una reforma que requeriría contar con el apoyo del PP para salir adelante y que presiona claramente a su líder, Pablo Casado, que podría ser imputado en breve por el Tribunal Supremo en relación al caso máster.

El Gobierno llevará al Congreso una propuesta para abrir el melón constitucional -la tercera vez que ocurriría en democracia- para un asunto muy concreto: acabar con los aforamientos.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, aprovechó una intervención preparada para hacer repaso a sus primeros 100 días en La Moncloa para anunciar que el ejecutivo propondrá al Congreso que se ponga en marcha el procedimiento de reforma de la Constitución. Podría estar lista "60 días desde que se inicie su tramitación", aseguró.

Se trataría de una reforma muy puntual y ligada a los aforamientos, creados para evitar las presiones a las que puede verse sometido un tribunal ordinario cuando juzga a un cargo público de responsabilidad o similar al entender que los tribunales superiores son menos permeables a dichas presiones.

No obstante, la ministra de Justicia, Dolores Delgado, ya se mostró la semana pasada en el Pleno del Congreso partidaria de esta medida para cumplir con el principio constitucional de igualdad de todos los españoles y que independientemente de la profesión todos los españoles pudieran ser enjuiciados en los tribunales ordinarios.

250.000 aforados en 2017

Sánchez defendió la supresión de los aforamientos sin especificar si mantendría o no algunos de ellos. Hay que recordar que no sólo los parlamentarios gozan del aforamiento para que sólo el Tribunal Supremo pueda encausarlos, sino que el grueso del total de aforados -unos 250.000, según los datos que el entonces presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, ofreció en el Congreso en el año 2017- son en realidad miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad estatales o autonómicos -232.000- y miembros de la judicatura para evitar que un juez pueda ser enjuiciado por un profesional de rango inferior.

Tienen reconocido este derecho el presidente del Gobierno y los ministros, que serán juzgados por el Tribunal Supremo; los presidentes autonómicos y los consejeros de los ejecutivos de la Comunidades Autónomas, que tienen que ser juzgados por el Tribunal Supremo o los Tribunales Superiores de Justicia, en función de lo que determinen sus Estatutos de Autonomía.

También en el ámbito político son aforados los presidentes del Congreso y del Senado, los diputados y senadores, los presidentes de los parlamentos autonómicos y sus parlamentarios. Asimismo, tienen condición de aforados el presidente y consejeros del Tribunal de Cuentas, el presidente y consejeros del Consejo de Estado y el Defensor del Pueblo.

Por su parte, en el ámbito judicial son aforados altos cargos como el presidente del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y los vocales del Consejo General del Poder Judicial, que responderán , en caso de delito, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, así como todos los jueces, magistrados y fiscales, cuyos procesos penales corresponden a los Tribunales Superiores de Justicia.

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen una condición especial de aforamiento, que implica que deben ser juzgados por las Audiencias Provinciales en el caso de delitos cometidos en el ejercicio de su cargo.

El aforamiento en el ordenamiento jurídico

En el artículo 71 de la Constitución está recogida tanto la inviolabilidad de la que gozan diputados y senadores "por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones", como la inmunidad -sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito durante el periodo de su mandato- y el aforamiento, especificando que "en las causas contra diputados y senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo". Asimismo, el artículo 102 recoge el aforamiento del Presidente y los demás miembros del Gobierno.

Por otro lado, el aforamiento de miembros de la Casa Real, la judicatura y otras instituciones viene recogido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y otros cargos autonómicos vienen determinados en los respectivos Estatutos de Autonomía.

Trámites de la reforma constitucional

En el caso de los aforamientos recogidos en la Constitución, podrían eliminarse con una reforma ordinaria de la carta magna vía artículo 167.

Eso significa que el Gobierno tendría que recabar el apoyo de las Cortes a su iniciativa con una mayoría de 3/5 en cada cámara, o en su defecto, de la mayoría absoluta del Senado -actualmente controlado por el PP con 147 de los 265 senadores- y 2/3 del Congreso, tras la redacción de un texto consensuado en una comisión mixta. Además, una décima parte de cualquiera de las cámaras podría solicitar que se sometiera la reforma a referéndum, lo cual prolongaría su resolución final.

Este juego de mayorías pondría en un brete al presidente del Partido Popular, Pablo Casado, por su posible imputación en relación al caso máster que se llevaría a través del Tribunal Supremo al ser aforado. Podemos y Ciudadanos, hasta ahora, se han mostrado favorables a la supresión de los aforamientos.

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