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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos da la razón a España con las condenas de cárcel a los etarras
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(Foto: Captura vídeo TVE)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos da la razón a España con las condenas de cárcel a los etarras

> Pero considera que se impidió su derecho de acceso al Tribunal Constituicional y pide indemnizarles

martes 23 de octubre de 2018, 10:21h

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo se pronunciaba hoy sobre si se debe descontar de las condenas en España de varios presos de ETA el tiempo que pasaron en cárceles francesas. Este organismo ha fallado que la Justicia española no se equivoca con su criterio de no aplicar esos años en otras prisiones extranjeras en sus casos.

Se trata de un respaldo para nuestro país cuando más hacía falta, en plena crisis de credibilidad por las instituciones judiciales tanto dentro -caso impuesto hipotecas- como fuera -caso de los independentistas catalanes refugiados en Bélgica-.

Los demandantes alegaban que el Tribunal Constitucional no había respetado sus derechos fundamentales y por eso acudían a este organismo europeo, y de hecho Estrasburgo sí les da la razón en el hecho de que el Constituicional debería haber atendido sus recursos de amparo. Al no hacerlo, el Tribunal de Derechos Humanos considera que se impidió su derecho de acceso a un tribunal y pide indemnizarles con 4.000 euros.

En concreto, los etarras que habían acudido a Estrasburgo eran los sanguinarios Santiago Arróspide Sarasola (alias Santi Potros), Alberto Plazaola y Francisco Mujika Garmendia (alias Pakito). La Corte, pese a admitir que no fueron bien atendidos por la Justicia española, considera que las decisiones del Tribunal Supremo español no les cambió su máximo tiempo de estancia en prisión que siempre fue de 30 años. De hecho, considera que apenas se perdieron 10 meses entre gestiones administrativas entre las justicias española y francesa, ya que estos etarras estuvieron primero presos en el país vecino.

Santi Potros, Plazaola y 'Pakito' fueron arrestados y fueron presos en Francia por formar parte de banda terrorista y fueron condenados a 10 años de prisión por delitos cometidos en Francia en 1987. En el año 2000 fueron entregados a España por una petición de extradición y fueron condenados nuevamente, esta vez a más de 300 años de cárcel por sus asesinatos y otros cargos por los que fueron sentenciados.

La Audiencia Nacional aplicó el máximo tiempo de prisión posible, 30 años, impuestos por nuestro país. Los etarras quisieron conmutar los años en los que fueron presos en Francia, pero la Justicia española explicó que la prisión en cada país se debió a distintos delitos imputados.

El fallo del Tribunal de Estrasburgo contó con 7 jueces, entre los que hay un andorrano Pere Pastor Vilanova, y una española y precisamente vasca, María Elósegui.

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