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El Constitucional, por ahora, se limita a repetir a Torrent que debe paralizar la moción de autodeterminación
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(Foto: ERC)

El Constitucional, por ahora, se limita a repetir a Torrent que debe paralizar la moción de autodeterminación

> Roger Torrent insiste en que no censurará los debates en el Parlament

martes 05 de noviembre de 2019, 13:27h

El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad ha admitido a trámite el incidente de ejecución de sentencia promovido por el Gobierno de la Nación contra sendos acuerdos de la Mesa del Parlamento de Cataluña y suspende su vigencia, tras invocar el Gobierno de España el art. 161.2 de la Constitución. Eso sí, por ahora, no ha instado a la Fiscalía a tomar medidas por un delito de desobediencia ante la mera admisión a trámite del texto parlamentario que pretendía llevarse a votación pasadas las elecciones generales.

El Gobierno sostiene que contravienen la STC 259/2015 el apartado 11 del acuerdo del 22 de octubre, en el que literalmente se señala “Por ello, reitera y reiterará tantas veces como lo deseen los diputados y diputadas… la defensa del derecho de autodeterminación y la reivindicación de la soberanía del pueblo de Cataluña para decidir su futuro político, y el acuerdo del 29 de octubre por el que se rechazan las solicitudes de reconsideración formuladas por los Grupos Parlamentarios de Ciudadanos, Socialistes y Units per Avançar y el Subgrupo Parlamentario Popular.

El Pleno, a petición del Gobierno de España, también acuerda que esta resolución “se notifique personalmente al Presidente del Parlament, Roger Torrent i Ramió; al secretario general Xavier Muro i Bas; y a los miembros de la Mesa Josep Costa i Rosselló, Joan García González, Eusebi Campdepadrós i Pucurull, David Pérez Ibáñez, Laura Vílchez Sánchez y Adriana Delgado i Herreros”. A todos “se les advierte de su obligación de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir”.

El Tribunal también ordena al Parlamento de Cataluña que, en un plazo de tres días, remita el acta de la sesión de la Mesa de 22 de octubre así como los informes y documentos relativos al citado Acuerdo. También deberá enviar el acta de la Mesa del 29 de octubre junto con los informes, si existen, y la resolución sobre la solicitud de reconsideración formulada por los Grupos Parlamentarios de Ciudadanos, Socialistes y Units per Avançar y el Subgrupo
Parlamentario Popular.

Recibidos los documentos solicitados, se dará traslado al Ministerio Fiscal y al Parlamento de Cataluña para que formulen las alegaciones que estimen procedentes.

Respuesta de Torrent

Por su parte, el president del Parlament, Roger Torrent, ha insistido una vez más en que no censurará un debate a los diputados autonómicos. "Hemos aprobado resoluciones sobre la autodeterminación en este Parlament desde 1989, no es nuevo", recordó en rueda de prensa en alusión al contenido de la moción que pretende paralizarse.

"La propuesta de resolución ha sido admitida a trámite por la mesa y está pendiente que los grupos decidan cuando se verá en un pleno", manifestó Torrent rechazando así dar un paso atrás en la tramitación de la moción, pese a las advertencias del Tribunal Constitucional que apuntan a posibles responsabilidades penales si comete un delito de desobediencia.

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