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La CNMV 'lee la cartilla' a las cotizadas en materia de corrupción

Sebastián Albella, presidente de la CNMV
Sebastián Albella, presidente de la CNMV (Foto: CNMV)
lunes 25 de noviembre de 2019, 19:17h

Reprimenda de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a las grandes empresas ante la aparición en los últimos meses de casos de prácticas irregulares, que pueden "comprometer la imagen y reputación de nuestro mercado de valores".

"La creciente importancia que dan los inversores, incluidos los grandes inversores internacionales, a los aspectos relacionados con la ética en sus decisiones de inversión hace especialmente relevante la cuestión", recuerda el supervisor bursátil.

La CNMV recuerda a las empresas cotizadas y demás emisores de valores españoles que deben "tratar de impedir o reducir al máximo la probabilidad de que se produzcan prácticas de carácter irregular y asegurar, en cuanto se detecten, el cese en ellas y la exigencia de responsabilidades". Por ello reclaman rigor en los controles a través de los órganos de gobierno y recomiendan la involucración de la Comisión de Auditoría así como de los consejeros independientes y externos, por su función de contrapeso con respecto a los consejeros ejecutivos.

La normativa vigente establece una serie de obligaciones de transparencia cuyo cumplimiento debe supervisar de modo especial la Comisión de Auditoría sin perjuicio de la responsabilidad del Consejo de Administración, entre las que destacan las siguientes:

- La obligación de describir en el estado de información no financiera (EINF) las políticas establecidas a estos efectos, sus resultados en cada ejercicio y los principales riesgos relacionados

- El deber de las compañías que coticen en mercados regulados de hacer referencia en el informe anual de gobierno corporativo (IAGC) a los principales riesgos, incluidos los derivados de la corrupción, así como a aquellos que, en su caso, se hubieran materializado en el ejercicio. La información que se incluya en el EINF y en el IAGC debe ser suficiente para que el mercado y los inversores puedan entender el alcance e importancia de los hechos y riesgos correspondientes.

En el caso de que, por cualquier razón, no se haya incluido la información en el primer EINF o en el primer IAGC, se deberá incluir en la primera declaración intermedia trimestral o en el informe de gestión de la primera información semestral que se publique por la compañía, sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones a que el retraso pueda dar lugar. Este tipo de información debe asimismo incluirse en los folletos informativos que los emisores deben publicar con ocasión de la realización de ciertas operaciones.

La CNMV insta a los órganos de gobierno de las sociedades cotizadas a revisar sus políticas y procedimientos en este ámbito, así como su aplicación en la práctica, para asegurarse de que son suficientemente exigentes y se aplican realmente.

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