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El Tribunal Supremo remite al Parlamento Europeo el suplicatorio para actuar contra Ponsatí
(Foto: Twitter Clara Ponsatí)

El Tribunal Supremo remite al Parlamento Europeo el suplicatorio para actuar contra Ponsatí

lunes 10 de febrero de 2020, 14:09h

El presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, ha remitido este lunes al del Parlamento Europeo, David Maria Sassoli, la solicitud de suplicatorio de suspensión de inmunidad relativa a la eurodiputada y ex consejera de Educación de la Generalitat catalana Clara Ponsatí.

La solicitud se realiza a instancias del magistrado Pablo Llarena, instructor de la causa del ‘procés’ en el alto tribunal, que el pasado día 4 la formalizó.

Asimismo, el Tribunal Supremo ha enviado a la Eurocámara testimonio de distintas resoluciones acordadas en ese procedimiento y de la sentencia de la Sala Segunda dictada en la causa especial.

Si bien Llarena asumió la prerrogativa parlamentaria de Ponsatí al solicitar que se suspendiera su inmunidad, no esperó a que el Parlamento Europeo resolviera la petición para solicitar al Reino Unido continuar el trámite de la euroorden de detención al entender que tras el Brexit no debe aplicarse la inmunidad de los parlamentarios europeos en el territorio de dicho país.

El auto añadía que esa petición sobre la euroorden no comporta, sin más, que deba transformarse de inmediato el proceso de euroorden en uno de extradición regulado por el Tratado bilateral al repecto entre España y el Reino Unido, ya que el acuerdo del Brexit precisa que las eurórdenes de detención ya iniciadas, como es la de Ponsatí, deben seguir tramitándose, dentro de la cooperación judicial en materia penal, con independencia de que la autoridad judicial de ejecución (en este caso Reino Unido) decida que la persona buscada deba seguir detenida o quedar en libertad provisional.

En relación a España, el juez Llarena mantiene la orden nacional de detención y recuerda que, al haber sido procesada Ponsatí el 21 de marzo de 2018, casi dos años antes de su proclamación como eurodiputada electa, no se debe solicitar suplicatorio para actuar contra ella en territorio español.

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