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La Generalitat pretende que los presos del 100.2, incluidos los del procés, pasen el confinamiento por COVID-19 en sus casas
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(Foto: Òmnium Cultural )

La Generalitat pretende que los presos del 100.2, incluidos los del procés, pasen el confinamiento por COVID-19 en sus casas

> El Supremo advierte de un posible delito de prevaricación

martes 31 de marzo de 2020, 13:14h

La conselleria de Justicia de la Generalitat de Cataluña ha dado instrucciones a los directores de las prisiones para que todos los internos a los que se les aplica el artículo 100.2 del reglamento penitenciario -entre los que se incluyen los 9 condenados por el procés secesionista- puedan permanecer en sus domicilios mientras dure el estado de alarma.

La consellera Ester Capella argumenta que al reducir la poblacion carcelaria se evitará la propagación del coronavirus en los centros penitenciarios. De hecho, el 69% de los presos en tercer grado ya estarían confinados en sus casas, apuntó en un vídeo difundido a través de las redes sociales.

"Necesitamos que haya menos gente en las cárceles", afirmó Capella quien descargó la responsabilidad última de otorgar o no tal concesión a las juntas de tratamiento de las prisiones encargadas de analizar las circunstancias concretas de cada caso. Capella apeló a realizar, dentro de la legalidad, "una interpretación no restrictiva del reglamento penitenciario" en un momento de excepcionalidad como el que se vive por la crisis sanitaria.

Mediante el artículo 102, todos los presos del procés disfrutan de permisos para trabajar, hacer voluntariado o cuidar familiares durante más o menos tiempo.

Artículo 100. Clasificación penitenciaria y principio de flexibilidad:

"1. Además de las separaciones señaladas en el artículo anterior, tras el ingreso los penados deberán ser clasificados en grados. Los grados serán nominados correlativamente, de manera que el primero se corresponda con un régimen en el que las medidas de control y seguridad serán más estrictas, el segundo con el régimen ordinario y el tercero con el régimen abierto.

2. No obstante, con el fin de hacer el sistema más flexible, el Equipo Técnico podrá proponer a la Junta de Tratamiento que, respecto de cada penado, se adopte un modelo de ejecución en el que puedan combinarse aspectos característicos de cada uno de los mencionados grados, siempre y cuando dicha medida se fundamente en un programa específico de tratamiento que de otra forma no pueda ser ejecutado. Esta medida excepcional necesitará de la ulterior aprobación del Juez de Vigilancia correspondiente, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad".

El Tribunal Supremo lanza una advertencia

Por su parte, fuentes del Tribunal Supremo citadas por 'La Vanguardia' habrían advertido ya de que se perseguirán aquellas conductas que puedan ser constitutivas de un delito de prevaricación.

De esta manera, la justicia examinará las decisiones de los funcionarios de las juntas de régimen general y de los respectivos directores de los centros penitenciarios exigiéndoles explicaciones sobre "el fundamento jurídico" que les pudiera llevar a justificar la eventual decisión de permitir el confinamiento de los presos del procés en sus respectivos domicilios.

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