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Zasca a Albert Rivera por el desmentido a un bulo del estado de alarma que le vuelve a modo de 'boomerang'
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(Foto: Cs)

Zasca a Albert Rivera por el desmentido a un bulo del estado de alarma que le vuelve a modo de 'boomerang'

domingo 03 de mayo de 2020, 10:36h

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, explicó que si bien el ejecutivo plantea que la transición hacia la nueva normalidad que saldrá tras la crisis sanitaria del coronavirus dure entre 6-8 semanas y prevé necesitar para ello sucesivas prórrogas del estado de alarma, no se plantea solicitar una prórroga al Congreso de dicha duración por una decisión política que trata de "forjar consensos", insistiendo a la oposición en que "no hay plan B".

"Vamos cada quince días por una decisión política de pedir ese apoyo a todas las fuerzas políticas de articular ese diálogo parlamentario con todas las fuerzas políticas y de que en definitiva el Congreso de los Diputados respalde al poder ejecutivo en estas circunstancias tan inéditas", aseguró obviando los problemas derivados de la minoría parlamentaria del gobierno de coalición que no le garantiza a día de hoy poder sacar adelante la cuarta prórroga cuando finalice la tercera el 10 de mayo.

Unas palabras que no convencieron al ex líder de Ciudadanos y abogado, Albert Rivera, quien utilizó las redes sociales para desmontar lo que él consideraba un bulo del Gobierno.

"Es falso. El Gobierno acude cada 15 días al Congreso porque le obliga el artículo 116.2 de la Constitución, para poder prorrogar el estado de alarma, no por voluntad política. No se puede intentar engañar así a los ciudadanos", sostuvo Rivera.

Sin embargo, la Constitución -como le recordaron multitud de usuarios de Twitter- no establece la obligación de los quince días más que para la primera solicitud y expresamente remite a una ley orgánica de desarrollo del precepto.

Artículo 116.2 Constitución:

"1. Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.
2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración".

Concretamente la Ley Orgánica 4/1981 que establece sobre el estado de alarma:

"En el decreto se determinará el ámbito territorial, la duración y los efectos del estado de alarma, que no podrá exceder de quince días. Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga".

Es más, esta prerrogativa para ampliar más allá de los quince días iniciales la declaración del estado de alarma en las sucesivas prórrogas ya tiene un precedente en la historia de España con la crisis de los controladores de 2010, tal y como le recordó el entonces ministro de Fomento, José Blanco.

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