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Los viajeros procedentes del extranjero deberán permanecer en cuarentena 14 días y llevar siempre mascarilla durante la desescalada

Los viajeros procedentes del extranjero deberán permanecer en cuarentena 14 días y llevar siempre mascarilla durante la desescalada
(Foto: EP)
martes 12 de mayo de 2020, 09:03h

El Ministerio de Sanidad ha publicado una orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE) relativa a la llegada de viajeros procedentes desde el extranjero -ya sean turistas o españoles retornados- durante el proceso de desescalada en base a la cual deberán realizar una cuarentena de 14 días tras su llegada y llevar siempre mascarilla en los casos puntuales en los que se les permitirá abandonar el domicilio o alojamiento en dicho periodo.

En concreto, desde el 15 de mayo y durante toda la vigencia del estado de alarma o sus posibles prórrogas, los visitantes que lleguen desde el otro lado de la frontera tendrán un control reforzado para evitar posibles rebrotes de la pandemia de coronavirus con origen extranjero.

España se suma así a varios países del entorno que ya habían establecido periodos de cuarentena de 14 días para los viajeros que entrasen en sus respectivos territorios -el último en hacerlo este lunes, Reino Unido-, ya que hasta ahora en nuestro país sólo se había aplicado de manera excepcional en el caso de repatriaciones de residentes en zonas de riesgo.

"La favorable evolución de la situación epidemiológica en nuestro país y el inicio de la desescalada hacen preciso reforzar las medidas de control, de tal forma que teniendo presente la distribución mundial del virus y en base al principio de precaución, se considera necesario aplicar a las personas que procedan del extranjero, la necesidad de realizar una cuarentena durante 14 días", argumenta el Gobierno.

El ministerio de Sanidad enumera tres excepciones en las que los recién llegados desde el extranjero sí tendrían permitido abandonar su domicilio o alojamiento en España durante dicho periodo: acudir a farmacias o centros sanitarios, así como a supermercados o tiendas de artículos de primera necesidad o desplazamientos por "causas de fuerza mayor o situación de necesidad".

Uso de la mascarilla

Ahora bien, tendrán que observar medidas preventivas de higiene y también tener en cuenta que todos los desplazamientos permitidos "se realizarán obligatoriamente con mascarilla".

Una obligatoriedad que a día de hoy no está impuesta para el resto de la población española que sólo tiene prohibido entrar sin ella en los transportes públicos junto a una recomendación de uso en otros espacios cerrados donde no pueda garantizarse el distanciamiento social.

La orden ministerial también indica que las agencias de viaje, los tour operadores y compañías de trasporte deberán informar a los viajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de los billetes con destino en el territorio español.

Asimismo, en el caso de aeronaves las compañías deberán facilitar el formulario de salud pública para localizar a los pasajeros (Passanger Location card), contemplado en el Anexo 9 sobre facilitación de la Convención Internacional de Aviación Civil, que deberá ser entrado por el viajero a la llegada a España.

Casos importados

El Gobierno justifica esta nueva decisión -que se suma a diversas órdenes ministeriales que yaba limitan la entrada en España de personas procedentes del extranjero a viajes imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen- en la necesidad de limitar los riesgos derivados del tráfico internacional de personas para intensificar las medidas de vigilancia y control sanitario para evitar los casos importados.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ya incluyó entre los principios a tener en cuenta a la hora de plantear el desconfinamiento la necesidad de gestionar el riesgo de importar y exportar casos más allá de nuestras fronteras, para lo que recomendó la implementación de medidas de control y aislamiento para personas contagiadas o que provengan de zonas de riesgo.

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