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Sanidad flexibiliza medidas para las fases 1 y 2: adiós a las restricciones en los paseos de niños y adultos
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(Foto: Ayuntamiento Madrid)

Sanidad flexibiliza medidas para las fases 1 y 2: adiós a las restricciones en los paseos de niños y adultos

sábado 23 de mayo de 2020, 14:05h

El Ministerio de Sanidad ha elaborado una orden, que ya publica el BOE, con medidas de flexibilización relacionadas con las fases 1 y 2 de la desescalada. Entre las principales novedades, destacan la eliminación de las restricciones para los paseos de adultos y niños, así como la posibilidad de que las comunidades autónomas puedan reabrir los colegios en la fase 2.

A partir del lunes, cuando todo el país se encuentre, al menos en la fase 1, se podrá pasear o hacer deporte en grupos de hasta 10 personas, y en cuanto a los paseos de los niños, podrán salir "las unidades de convivencia", o lo que es lo mismo, el núcleo familiar que convive en el mismo domicilio. De esta forma, se levanta la restricción que fijaba un límite de un adulto para acompañar hasta a 3 menores en los paseos infantiles. En el caso de los adultos, que podían pasear con un conviviente, harán podrán hacerlo en grupos de máximo 10 personas, de la misma forma, que la práctica deportiva, manteniendo la distancia de seguridad interpersonal. Estas novedades quedan recogidas en el BOE, que publica este sábado la orden de Sanidad.

También a partir del lunes, y desde la fase 1, se permite la movilidad interterritorial entre municipios colindantes de tránsito habitual para la realización de actividades socioeconómicas. A estos desplazamientos se une la autorización para acudir a segundas residencias, siempre que sean dentro de la unidad territorial.

La orden de Sanidad también elimina las restricciones sobre la realización de obras en edificios, y a partir del lunes, vuelven a estar permitidas las obras e intervenciones en edificios habitados.

En el caso de establecimientos y locales comerciales que se encuentren dentro de parques o centros comerciales, podrán proceder a su reapertura al
público siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta al público igual o inferior a 400 metros cuadrados o acoten la misma a este umbral, y cuenten con acceso directo e independiente desde el exterior del parque o centro comercial. Las comunidades autónomas podrán modificar el porcentaje de aforo previsto siempre que no sea inferior al 30% ni superior al 50%.

Las autoescuelas o academias podrán reanudar su actividad presencial, aunque Sanidad establece una serie de condiciones. Los centros educativos y de formación deberán poner en la entrada del centro, dispensadores de geles hidroalcohólicos y en el caso de las clases prácticas de conducción será obligatorio el uso de mascarillas en el vehículo, tanto por el profesor como por el alumno y se deberá limpiar y desinfectar el vehículo de prácticas antes y después de su uso.

Para aquellos territorios que se encuentren en la fase 2, las administraciones educativas podrán decidir si reanudan las actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario. Aunque en un principio solo se planteó la reapertura de centros escolares para menores de 6 años cuyos padres tuvieran que trabajar, ahora la decisión será de cada comunidad autónoma.

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