www.diariocritico.com

Cierre de Madrid: ¿qué se puede hacer y qué no con las nuevas restricciones?

sábado 03 de octubre de 2020, 11:00h

Entran en vigor las restricciones que cierran un total de 10 municipios en la Comunidad de Madrid, incluida la capital.

Se prevé que más de 700 policías y guardias civiles se desplieguen por toda la región para controlar las nuevas restricciones a la movilidad. Eso sí, no se impondrán multas hasta que las medidas no sean ratificadas por el Tribuanl Superior de Justicia de Madriud (TJM).

Pero, ¿qué se puede hacer y qué no a partir de ahora? Se lo contamos...

Las nuevas medidas que van a afectar a los 10 términos municipales -Madrid, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz- además de aplicarse en términos de movilidad lo harán en el sector de la hostelería y comercio.

Movilidad

- Las reuniones serán de máximo 6 personas, aunque excluyendo a convivientes

- Los ciudadanos podrán desplazarse por la vía pública dentro de los perímetros municipales. No podrán salir de su municipio si éste está afectado por los 3 criterios de cierre perimetral (alta incidencia de coronavirus, alta ocupación en UCI y alta tasa de positivos en PCR). Son los 10 municipios antes detallados.

- Se restringe la entrada y salida en el perímetro del municipio salvo en situaciones permitidas, como: motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor

- Se desaconsejan los desplazamientos y actividades no imprescindibles

Comercio y otras actividades

- Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al 50%, tanto en espacios interiores como exteriores, y no estará permitido el consumo en barra

- La ocupación de mesas será de un máximo de 6 personas, no podrán admitir nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y deberán cerrar a las 23:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio

- Sí abrirán y se podrá acudir a parques y jardines, pero con reuniones de máximo 6 personas

- Los aforos en el comercio serán del 50% y su cierre será a las 22:00 horas, a excepción de farmacias, centros médicos, veterinarios, gasolineras y otros comercios esenciales

- También habrá un aforo del 50% en todos los establecimientos y locales de juegos y apuestas

- Las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no regladas se limita al 50%

- Podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones, tanto al aire libre como de interior, con aforo del 50% máximo

Lugares de culto, velatorios y entierros

- El aforo se establece en un tercio

- En los velatorios podrá haber un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en lugares cerrados

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
0 comentarios