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Entra en vigor la nueva ley que regula el teletrabajo

Entra en vigor la nueva ley que regula el teletrabajo
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(Foto: Pixabay)
martes 13 de octubre de 2020, 11:29h

La crisis del coronavirus dio un vuelco a la sociedad y muchas empresas tuvieron que implantar de forma rápida el teletrabajo para poder seguir adelante. Los confinamientos prolongados y la incertidumbre provocaron que esta modalidad de trabajo, demandada por muchos desde hace tiempo, se impusiese por las circunstancias. Dado que las medidas contra el coronavirus se prolongarán, Gobierno y agentes sociales llegaron a un acuerdo para regular esta nueva modalidad de trabajo.

Tras semanas de negociación, el pasado 22 3e septiembre el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto Ley en materia de teletrabajo que regula los aspectos clave para que trabajadores y trabajadoras vean protegidos sus derechos a la par que no se minimice la productividad empresarial.

El decreto aprobado otorgaba 20 días para su entrada en vigor, un plazo que se cumple hoy 13 de octubre. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, calificó a la nueva normativa como un inicio para "cambiar el modelo de trabajo en España".

Aunque la nueva ley no engloba al teletrabajo forzado por la pandemia, es decir, a aquellas situaciones que el teletrabajo sea por impedimento de su actividad normal y que en un futuro volverán a ser presenciales. En estos casos, se ha ratificado que sea la empresa quien asuma los gastos correspondientes.

Recordamos los principales aspectos de la nueva ley de teletrabajo

- Se entiende por trabajo a distancia aquel que realiza una persona desde su domicilio o donde elija, de forma voluntaria durante toda la jornada o una parte mínima del 30% de la jornada en 3 meses

- Se garantiza el derecho al abono y compensación de gastos por parte de la empresa. La persona trabajadora no asumirá ningún gasto relacionado con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral.

El trabajo a distancia será voluntario para el trabajador/a y empleador. Se firmará un acuerdo antes de iniciar esta modalidad laboral.

- Las personas que desarrollen trabajo a distancia tendrán los mismos derechos que quienes lo hacen presencialmente.

- La empresa deberá garantizar la formación necesaria e informar a los trabajadores a distancia de las posibilidades de ascenso.

- La decisión de trabajar a distancia será reversible y, en ningún caso, la negativa a trabajar así será causa justificativa de despido.

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