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El Supremo ratifica que el PP se lucró con la 'trama Gürtel'

> El Alto tribunal ratifica la condena de 51 años a Correa y rebaja a 29 años la de Bárcenas

miércoles 14 de octubre de 2020, 14:06h
El Supremo ratifica que el PP se lucró con la 'trama Gürtel'

El Tribunal Supremo ha ratificado, en líneas generales, la sentencia de la Audiencia Nacional sobre la primera época del 'caso Gürtel', que condenaba a prisión a 29 acusados y confirmaba la responsabilidad a título lucrativo del PP, así como de la ex ministra de Sanidad, Ana Mato. El Supremo ha señalado que no corresponde a esta causa la investigación de la caja B del partido, por lo que considera "excesivas" las menciones de la Audiencia "porque no puede haber responsabilidad penal sin acusación o defensa".

Nuevo varapalo judicial al PP. El Supremo ha ratificado la sentencia de la Audiencia Nacional sobre la 'trama Gürtel', y ha destacado que el grupo liderado por el 'cabecilla' de la trama, Francisco Correa "creó un auténtico sistema de corrupción que manipuló la contratación pública a través de la relación con influyentes miembros del PP".

Once de los acusados han sido condenados a más de 12 años de prisión, y entre ellos figuran Correa, a quien el Supremo pide 51 años de cárcel, Guillermo Ortega, para quien pide 40, Pablo Crespo, condenado a 36 años de prisión, el ex tesorero Luis Bárcenas, que ve ligeramente rebajada su pena, a 29 años, y su mujer, Rosalía Iglesias, que entrará en prisión tras su condena a 12 años y 11 meses.

La Sala II del Tribunal Supremo ha dictado sentencia en la denominada primera época del ‘caso Gürtel’, que abarca el periodo 1999-2005, en la que confirma en líneas generales la dictada por la Audiencia Nacional el 17 de mayo de 2018, con ligeros ajustes en las penas y multas derivadas de la estimación parcial de los recursos de la Fiscalía, de 19 acusados y del Partido Popular.

Algunas de las penas se elevan al castigarse ahora de forma separada el fraude y la malversación que fueron cometidos en concurso de delitos, tal como pidió la Fiscalía en su recurso, a quien también se estima la elevación de la cuantía de determinadas multas. Y las reducciones vienen dadas por apreciación de atenuantes (como la de colaboración en el caso de Francisco Correa por su declaración en el juicio), absolución de algunos de los delitos cometidos o nuevas individualizaciones de penas que se consideran más correctas.

En la sentencia, dictada por unanimidad, el Supremo confirma la comisión en esta causa de delitos de cohecho (activo y pasivo), falsedad en documento mercantil, malversación de caudales públicos, prevaricación, asociación ilícita, fraude a la administración pública, blanqueo de capitales, delitos contra la hacienda pública, tráfico de influencias, apropiación indebida, o exacciones ilegales.

El PP, responsable a título lucrativo de la trama

Por otra parte, la sentencia también confirma como responsables a título lucrativo al Partido Popular, Ana Mato (ex dirigente del PP y ex esposa del condenado ex alcalde de Pozuelo de Alarcón, Jesús Sepúlveda) y Gema Matamoros (esposa del ex alcalde de Majadahonda Guillermo Ortega).

El PP, como partícipe a título lucrativo por actos electorales que sufragaron las empresas del grupo Correa en las localidades madrileñas de Majadahonda y Pozuelo cuando Guillermo Ortega y Jesús Sepúlveda eran candidatos a esas alcaldías, deberá abonar 133.628,48 euros por los actos llevados a cabo en Majadahonda y 111.864,32 euros por los de Pozuelo, al haberse constatado que se produjo un enriquecimiento ilícito en perjuicio de los intereses del Estado, generándose una obligación civil de devolución. Lo abonarán de modo directo y solidario con los condenados Guillermo Ortega, José Luis Peñas, Juan José Moreno, Carmen Rodríguez Quijano, Francisco Correa, Pablo Crespo (por los gastos de Majadahonda) y Jesús Sepúlveda (por los de Pozuelo).

En cuanto a Ana Mato, se ratifica su responsabilidad como partícipe a título lucrativo en la cuantía de 27.857,53 euros por los viajes y otros servicios que el Grupo Correa ofreció a su familia, mientras que Gema Matamoros, esposa del ex alcalde de Majadahonda Guillermo Ortega, deberá devolver 45.066,66 euros como partícipe a título lucrativo de los viajes y regalos con los que la trama Correa obsequió al matrimonio.

Un auténtico y eficaz sistema de corrupción

La sentencia resume el relato de hechos de la Audiencia Nacional y expone que desde el llamado 'Grupo Correa' y personas del Partido Popular se tejió una estructura de colaboración estable, consistente en la prestación de múltiples y continuos servicios relativos a viajes, organización de eventos, congresos, etc., dentro de la normal actividad de dicho partido político, ya se trataran de actos electorales o de otro tipo.

Se creó en paralelo un auténtico y eficaz sistema de corrupción, a través de mecanismos de manipulación de la contratación pública, autonómica y local, a través de su estrecha y continua relación con influyentes militantes de dicho partido, que tenían posibilidades de influir en los procedimientos de toma de decisión en la contratación pública de determinados entes y organismos públicos que dirigían o controlaban directamente o a través de terceras personas (Comunidades Autónomas y Municipios gobernados por el PP), lo que permitió que, bien las empresas de Correa u otras empresas terceras elegidas por él, con el acuerdo y colaboración de aquellos cargos públicos, gozaran de un arbitrario trato de favor y tuvieran un dominio de hecho sobre la contratación pública llevada a cabo por las entidades públicas parasitadas, todo lo que complementariamente se encubría con fórmulas de derecho de aparente legalidad, pero que eludían en lo esencial la normatividad vigente sobre contratación pública.

En la dinámica que se fue tejiendo para tal apropiación, mediaron sobornos a funcionarios y autoridades, se emitieron facturas falsas y se montó un entramado entre diferentes sociedades para acceder a la contratación pública, así como para ocultar la procedencia ilícita de los fondos y su ulterior destino, hasta hacerlos aflorar al circuito legal, con la consiguiente ocultación a la Hacienda Pública.

Los magistrados indican que en el presente caso, al igual que en la sentencia del llamado caso “Gürtel-Fitur” de Valencia, íntimamente relacionada con éste, se constata la constitución de un entramado para posibilitar el delito, eludir su persecución y facilitar la obtención de los beneficios obtenidos.

"Es procedente la condena por asociación ilícita para varios de los acusados porque concurren todos los elementos del tipo penal: un grupo estructurado, jerarquizado, dirigido a lucrarse con bienes y servicios, y a efectuar hechos delictivos, vulnerando la legislación administrativa y los principios de transparencia que deben guiar la acción administrativa", reza el auto del Supremo.

Lista de condenados por la 'trama Gürtel'

Las penas para los 29 condenados, tras ser revisadas por el Tribunal Supremo quedan como siguen:

--- Francisco Correa: 51 años.

--- Guillermo Ortega: 40 años y 3 meses.

--- Pablo Crespo: 36 años y 8 meses.

--- Luis Bárcenas: 29 años y 1 mes.

--- Alberto López Viejo: 27 años y 10 meses.

--- Carmen Rodríguez Quijano: 17 años y 8 meses

--- Juan José Moreno: 17 años y 2 meses.

--- Jesús Sepúlveda: 14 años y 4 meses.

--- Felisa Isabel Jordán: 14 años y 11 meses.

--- José Luis Izquierdo: 13 años y 10 meses.

--- Rosalía Iglesias: 12 años y 11 meses.

--- Luis de Miguel: 9 años y 1 mes.

--- Carlos Clemente 7 años y 9 meses.

--- Ricardo Galeote: 6 años y 6 meses.

--- José Luis Peñas: 4 años y 9 meses.

--- Antonio Villaverde: 3 años y 11 meses.

--- Jesús Merino: 3 años y 7 meses.

--- Pedro Rodríguez Pendás: 3 años.

--- Alicia Mínguez: 2 años, 1 mes y 15 días.

--- José Javier Nombela: 2 años, 1 mes y 15 días.

--- Iván Yáñez Velasco: 1 año y 10 meses.

--- Teresa Gabarra: 1 año y 6 meses.

--- Ángel Sanchís Perales: 1 año.

--- Ángel Sanchís Herrero: 9 meses.

--- Ignacio Gallo Alcántara: 9 meses.

--- Jesús Calvo Soria: 6 meses.

--- Jacobo Gordón: 5 meses.

--- Alfonso García Pozuelo: 2 años (sustituible por multa).

--- Roberto Fernández: 11 meses (2 meses sustituibles multa)

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