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La Comunidad de Madrid anuncia el toque de queda nocturno entre medianoche y las 6:00
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(Foto: Comunidad de Madrid)

La Comunidad de Madrid anuncia el toque de queda nocturno entre medianoche y las 6:00

viernes 23 de octubre de 2020, 11:37h

El consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, ha salido en rueda de prensa este viernes en la Real Casa de Correos, acompañado por el viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19, Antonio Zapatero y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas, para dar a conocer cuáles serán las nuevas restricciones que entrarán en vigor este sábado tras la caída del estado de alarma en la Comunidad de Madrid.

"La Comunidad sifue adelante con su plan contra la Covid siempre con criterios técnicos", ha señalado el consejero, destacando que a pesar de que la incidencia de casos haya pasado de 813 a 409 en las últimas semanas, "las próximas semanas serán complicadas".

Ha incidido en que el estado de alarma ha perjudicado los datos, y por ello se decretarán restricciones de movilidad nocturnas. Los madrileños no podrán salir de sus domicilios desde las 00:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana.

En el resto de horas del día, la limitación de reuniones sigue siendo de seis personas no convivientes máximo. En hostelería, se suspende el servicio en barra, en el interior las mesas tendrán un 50 por ciento de aforo y terraza al 75 por ciento. Los comercios deben cerrar a las 22:00, excepto servicios imprescindibles y con aforo al 75 por ciento. Los cines y establecimientos culturales tendrán que limitar su afoto al 50 por ciento.

Asimismo, las zonas básicas de salud más afectadas contarán con resticciones a su entrada y salida. Estas medidas entrarán en vigor el próximo lunes, 26 de octubre.

Zonas básicas

Además de la modificación de la Orden 668/2020, la Consejería de Sanidad va a publicar otra Orden en el BOCM para restringir las entradas y las salidas en 32 zonas básicas de salud a partir del próximo lunes 26. En estas 32 zonas básicas residen 671.259 madrileños, un 10% de la población de la región. En ellas se concentra el 15,5% del total de los casos de los últimos 14 días, un total de 4.223 casos.

La Dirección General de Salud Pública ha establecido la tasa de incidencia en 500 casos por 100.000 habitantes para determinar esas zonas, rebajándola desde los 750 que había anteriormente. Las áreas sanitarias con restricciones afectan a doce municipios de toda la región: Madrid capital, Collado Villalba, Guadarrama, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Parla, Colmenar Viejo, Morata de Tajuña, Torrejón de Ardoz, El Boalo, Villarejo de Salvanés y Colmenar de Oreja.

En Madrid capital las zonas son Núñez Morgado (distrito de Charmartín), Guzmán el Bueno (Chamberí), San Andrés, San Cristóbal y El Espinillo (Villaverde); Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaíra, Rafael Alberti y Numancia (Puente de Vallecas); Daroca (Ciudad Lineal); Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz); Puerta del Ángel (Latina); Virgen de Begoña (Fuencarral-El Pardo); e Infanta Mercedes y Villaamil (Tetuán).

En el resto de municipios de la región son Collado Villalba Pueblo (Collado Villalba), Guadarrama (Guadarrama); Majadahonda (Majadahonda), San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón); San Blas y Pintores (Parla); Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo); zona básica de Morata de Tajuña (Morata de Tajuña); Las Fronteras y Brújulas (Torrejón de Ardoz).

En la zona básica de Manzanares el Real, que afecta a distintos municipios, se establecen las restricciones solo en El Boalo; en la de Villarejo de Salvanés, que también incluye distintas localidades, las medidas son solo para el municipio de Villarejo de Salvanés; e igualmente en la zona básica de salud de Colmenar de Oreja, con varios municipios, las limitaciones se aplican a Colmenar de Oreja.

En estas 32 zonas básicas de salud se desaconsejan los desplazamientos y actividades no imprescindibles. A la vez, se establece la restricción de entrada y salida en el perímetro del municipio o zona afectada salvo en situaciones concretas: por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.

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Por otro lado, los ciudadanos podrán desplazarse por la vía pública dentro de los perímetros de las zonas afectadas, para lo que se pondrá en marcha un dispositivo de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Respecto a los lugares de culto, el aforo se establece en un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados.

En estas zonas, los aforos y horarios de actividad se mantienen como en el resto de la región y se suspende temporal de la actividad de los parques infantiles de uso público.

En las áreas sanitarias seleccionadas, se extremará la vigilancia y control de la indicación de aislamiento para casos positivos de infección activa y la cuarentena en contactos estrechos señaladas desde los dispositivos asistenciales o de salud pública, cuando no se requiera hospitalización, de acuerdo a lo establecido en la Orden 668, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad.

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