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La 'Ley Celaá' de educación supera el primer trámite del Congreso con el apoyo de ERC y PNV
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(Foto: Verónica Povedano / Pool Congreso)

La 'Ley Celaá' de educación supera el primer trámite del Congreso con el apoyo de ERC y PNV

sábado 14 de noviembre de 2020, 10:53h

La 'Ley Celaá' de educación (LOMLOE) supera el primer trámite del Congreso con el apoyo de ERC y PNV. Faltaba el apoyo de Bildu pero no sería necesario para garantizar una mayoría absoluta, requerida para su aprobación.

En total, votaron a favor PSOE, Unidas Podemos, ERC, PNV y Más País. En una sesión plenaria se traduciría en 177 votos.

La Comisión de Educación aprobaba ayer viernes el dictamen sobre el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, con la incorporación de las enmiendas aprobadas durante la sesión.

El texto será elevado al Pleno del Congreso la próxima semana. Dado el carácter orgánico de la propuesta, deberá realizar una votación de conjunto en la que se necesita la mayoría absoluta de la Cámara Baja para continuar su tramitación en el Senado.

En la sesión de la Comisión celebrada el viernes, se han debatido el informe de la ponencia y las enmiendas al articulado no incorporadas con el fin de emitir dictamen. El debate, de acuerdo a lo aprobado en la última reunión de la Mesa de la Comisión, se ha distribuido en 5 bloques interviniendo por un tiempo de 7 minutos, en primer lugar, los portavoces de los grupos parlamentarios que habían presentado enmiendas y, tras ellos, el resto de formaciones de menor a mayor.

El informe de la Ponencia se ha sometido a una votación de conjunto y ya con la incorporación de dichas enmiendas, siendo aprobado por 20 votos a favor y 16 en contra.

Las grandes novedades

Esta iniciativa, conocida como LOMLOE, fue aprobada por el Consejo de Ministros del 3 de marzo, tiene como objetivo la derogación de la LOMCE (conocida como 'Ley Wert') y la actualización de la LOE a través, aseguran, de 5 pilares:

> La toma de los derechos de la infancia como principios rectores del sistema, según lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas (1989)

> La igualdad de género y la prevención de la violencia de género

> La mejora de los centros educativos con una mayor personalización del aprendizaje

> La importancia de atender al desarrollo sostenible según lo establecido en la Agenda 2030

> La necesidad de atender al cambio digital en la actividad educativa

Más cambios

El texto elaborado por el Ejecutivo presenta una reorganización del sistema educativo. Así, la Enseñanza Primaria volvería a ordenarse en 3 ciclos, se eliminaría la jerarquía de materias en Primaria y Secundaria Obligatoria, las pruebas finales de etapa y la obligatoriedad de cursar una asignatura equivalente a religión. De igual forma, se presenta una flexibilización de los itinerarios de la Formación Profesional, para potenciar esta opción entre los estudiantes.

Entre las modificaciones acordadas en la fase de ponencia figuran medidas relacionadas con la oferta de plazas públicas en la educación infantil, la educación para la salud y en igualdad de género, las lenguas cooficiales, o la promoción de curso en la etapa de educación secundaria obligatoria, entre otras.

El informe elaborado por la ponencia destaca cómo el uso generalizado de las tecnologías de información y comunicación ha acelerado cambios profundos en la comprensión de la realidad y en la manera de comprometerse y participar en ella, lo que requiere de una comprensión integral del impacto personal y social de la tecnología, de cómo este impacto es diferente en las mujeres y los hombres y una reflexión ética acerca de la relación entre tecnologías, personas, economía y medioambiente.

Educación infantil y secundaria

En el ámbito de la educación infantil, regulada en el Capítulo I del título I, se modifica el artículo 15, relativo a la oferta de plazas y gratuidad, de tal forma que las Administraciones públicas incrementarán progresivamente la oferta de plazas públicas en el primer ciclo "con el fin de atender todas las solicitudes de escolarización de la población infantil de cero a tres años".

En lo que respecta a la educación secundaria obligatoria, se modifica el punto 5 del artículo 24, de tal forma que se hace especial referencia al fomento de manera trasversal de "la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual, la formación estética, la igualdad de género y el respeto mutuo y la cooperación entre iguales".

También se da una nueva redacción al artículo 28, relativo a la evaluación y promoción, por el que "los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando el equipo docente considere que la naturaleza de las materias no superadas le permita seguir con éxito el curso siguiente y se estime que tiene expectativas favorables de recuperación y que dicha promoción beneficiará su evolución académica. En todo caso promocionarán quienes hayan alcanzado los objetivos de las materias o ámbitos cursados o tengan evaluación negativa en una o dos materias".

Lengua castellana y lenguas cooficiales

En referencia a las lenguas, uno de los puntos más debatidos, se modifica el punto 1 de la disposición adicional trigésima octava, cuya nueva redacción establece que "las Administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y las alumnas a recibir enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con la Constitución Española, los Estatutos de Autonomía y la normativa aplicable".

Se establece, asimismo, que en el área Lengua propia y Literatura en aquellas comunidades autónomas que posean dicha lengua propia con carácter oficial, podrán establecerse exenciones de cursar o de ser evaluados de dicha área en las condiciones previstas en la normativa autonómica correspondiente. El área Lengua Propia y Literatura recibirá el tratamiento que las comunidades autónomas afectadas determinen garantizando, en todo caso, el objetivo de competencia lingüística suficiente en ambas lenguas oficiales".

Centros de titularidad pública

En lo que respecta a los centros docentes, regulados en el título IV de la ley, se modifica el artículo 109, que hace referencia a la programación de la red de centros, por el cual las "administraciones educativas promoverán un incremento progresivo de puestos escolares en la red de centros de titularidad pública".

La reforma prevé que los municipios cooperarán con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes públicos.

Las modificaciones incorporadas en la ponencia, determinan, por otro lado, que las Administraciones educativas dotarán a los centros de los recursos necesarios para hacer efectiva la gratuidad de las enseñanzas que en esta ley se declaran gratuitas y establecerán medidas para que la situación socioeconómica del alumnado no suponga una barrera para el acceso a las actividades complementarias y los servicios escolares. Además, supervisarán el cumplimiento por parte de los centros educativos del presente artículo.

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