www.diariocritico.com
Confirmada la prisión permanente revisable para Ana Julia Quezada por el asesinato de Gabriel Cruz
(Foto: Captura del vídeo de Ultimedia)

Confirmada la prisión permanente revisable para Ana Julia Quezada por el asesinato de Gabriel Cruz

miércoles 16 de diciembre de 2020, 14:10h

La Sala ha desestimado los recursos de casación interpuestos por la defensa de la acusada y por la acusación particular y confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que condenó a dicha pena de prisión permanente revisable a Ana Julia Quezada por un delito de asesinato hiperagravado y a dos años y medio de prisión por dos delitos contra la integridad moral de los padres del niño.

El Magistrado-Presidente, conforme al veredicto del Jurado, ha condenado a la acusada como autora de un delito de asesinato del menor de 8 años, Gabriel, a la pena de prisión permanente revisable, dos delitos de lesiones psíquicas padecidas por los padres del niño, y dos delitos contra la integridad moral, que afectan igualmente a ambos progenitores.

En esta última sentencia, el Supremo ha dejado sin efecto y absuelve Ana Julia de los delitos de lesiones psíquicas, pero mantiene el delito de asesinato y los dos delitos contra la integridad moral. También retoca los hechos probados en el aspecto relacionado con los delitos por los que absuelve.

Mantiene los delitos de asesinato y de atentar contra la integridad moral pero le absuelve del de lesiones psíquicas

Según ha considerado el tribunal, no puede penarse el delito solicitado de lesiones psíquicas, en tanto que no hay base en los hechos probados para tal calificación jurídica, por haberse expresamente descartado la misma.En los sucesos de esta naturaleza, subraya el tribunal, terribles por el dolor moral que infligen a los seres queridos de la persona primeramente desaparecida y después encontrada asesinada, el daño moral es muy grave, grande e intenso, y en los casos extremos, ordinariamente concursarán con uno o varios delitos contra la integridad moral, teniendo por sujetos pasivos aquellos parientes a los que se golpea duramente tanto por el hecho en sí mismo como por las pesquisas llevadas a cabo para encontrar el cadáver, y a menudo, la farsa pública que sobrepasan las maniobras de autoencubrimiento que ponen en marcha sus autores para no ser descubiertos.

Fuera de ello, el concurso con otros delitos, como el de lesiones psíquicas no es imposible, recalca la sentencia, pero inciden en que se debe acreditar un menoscabo en su salud psíquica que curse en una enfermedad mental configurada por una patología plenamente acreditada mediante los oportunos dictámenes periciales

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
0 comentarios