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El Gobierno endurece los requisitos para la venta de mascarillas higiénicas
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(Foto: Comunidad de Madrid)

El Gobierno endurece los requisitos para la venta de mascarillas higiénicas

Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24

Las mascarillas se han convertido en un complemento más de la vida cotidiana y, según los expertos en salud, parece que se quedarán con nosotros durante un tiempo prolongado.

Dada su importancia en la estrategia contra el coronavirus, fuentes del Ministerio de Consumo señalan que Alberto Garzón, titular del ministerio, va a endurecer más los requisitos para la venta de las mascarillas higiénicas.

El objetivo es garantizar una mayor seguridad ampliando las exigencias para su comercialización. Según han indicado, solo podrán venderse como mascarillas higiénicas las que hayan sido testadas por laboratorios acreditados. De incumplir la normativa, podrían sancionar con el cierre del comercio durante 5 años.

La nueva orden entrará en vigor un día después de su publicación en el BOE, pero desde Consumo informan que se dará un margen de 30 días para adecuar las mascarillas higiénicas que se hayan sacado a la venta antes de la publicación de la nueva norma. Pasado el plazo, ya no se podrán vender con dicha denominación.

Principales requisitos para la comercialización de mascarillas higiénicas

  • Un etiquetado más claro e informativo: materiales de uso, composición, periodo de utilización recomendado o el número de veces que se puede lavar (en caso de ser reutilizables).
  • Definición más nítida de los conceptos: mascarilla facial, accesorios de mascarilla y filtros.
  • Indicar las especificaciones técnicas de los filtrados
  • No se pueden incluir referencias a otros productos para evitar malentendidos.
  • Si se incorporan a las mascarillas higiénicas sustancias químicas, como virucidas, deberá realizarse una evaluación de riesgos.
  • En las mascarillas que tengan zonas destinadas a permitir una correcta lectura labial, que no permitan el paso del aire inhalado o exhalado, se permitirá que la eficacia de filtración de partículas no se refiera a esas zonas, siempre que se indique en la propia etiqueta.
  • Las mascarillas dirigidas a personas con discapacidad deberán contar con elementos ajustables como velcros o correas para facilitar la autonomía de sus usuarios.
  • Las mascarillas infantiles deberán contar en su etiquetado referencias a la edad aproximada de uso y advertir de su utilización bajo la supervisión adulta.
  • Los filtros comercializados de forma separada del resto de la tela de la mascarilla deberán cubrir la mayor superficie posible de ésta y precisar qué tela se ha utilizado para obtener los datos de filtración bacteriana y respirabilidad.
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