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Uso y abuso del decreto ley por el Gobierno español socialcomunista de Pedro Sánchez

martes 23 de febrero de 2021, 12:05h

El Concepto de Decreto-ley según Iberley, que ha sido utilizado nada menos que 43 veces en esta legislatura, deviniendo obligatoria al publicarse en el Boletín Oficial del Estado, se puede definir como la norma con rango de Ley que procede de un órgano, Gobierno o Consejo de Ministros, que carece de poder legislativo, y que surge por causas de extrema y urgente necesidad. Se trata de una facultad de legislar que se le otorga a quien, con carácter general, ostenta el poder ejecutivo.

Concretamente, el artículo 86, apartado 1, de la C.E. establece: ''En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general''

Conforme a lo establecido en el artículo 86, apartados 2 y 3, de la C.E., los Decretos-leyes deben ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso se pronunciará expresamente dentro del plazo de 30 días, sobre la convalidación o derogación del Decreto-ley, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario. Durante esos 30 días, las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia.

Presupuesto habilitante del Decreto-ley: “extraordinaria y urgente necesidad”-La concepción de una situación extraordinaria y de urgente necesidad viene dada ante la imposibilidad de, desde el poder legislativo, conseguir dar una solución siguiendo el trámite ordinario establecido para la aprobación de leyes. De ahí que se apruebe por Decreto-ley, al ser su aprobación y eficacia relativamente inmediata en el tiempo, respecto a normas.

De los 43 proyectos de ley. La mayoría sin seguir el procedimiento ordinario, 27 leyes proceden de proyectos que llegaron al Congreso sin pasar por los órganos consultivos. 11 proposiciones han sido presentadas en el congreso, por lo que también eluden las consultas.

Según el diario ABC en su editorial afirma que” la manera que ha adoptado el Gobierno de legislar aprovechando en la mayoría de los casos la excepcionalidad del estado de alarma, empleando como argumentación básica que se trata de normas urgentes, está conduciendo a una anomalía parlamentaria inédita en España. Un total de 27 de los 43 proyectos de ley impulsados por el Gobierno no ha sido sometido al dictamen preceptivo de los órganos consultivos -el Consejo de Estado o Consejo General del Poder Judicial, entre ellos- sencillamente porque el Gobierno ha preferido eludirlos, y eso termina pervirtiendo el procedimiento legislativo ordinario. Es cierto que nada hay ilegal en ello, pero sí abusivo. Solo busca dos cosas: comodidad parlamentaria para agilizar los tiempos de aprobación de cualquier ley, independientemente de su sectarismo o de sus vicios de inconstitucionalidad, como puede el caso de la ‘ley Celaá’; y evitarse el desgaste que siempre conlleva para cualquier Gobierno, legislar a salto de mata porque de facto se hurta a la oposición la posibilidad de abrir debates públicos y, por tanto, de corregir muchos de los factores ideologizantes que desde el punto de vista de la legalidad constitucional son tan arbitrarios como injustos”. Es decir que el poder legislativo resulta menoscabado con ese uso y abuso sistemáticos.

Gobernar por decreto de modo sistemático no debería ser una opción, y a menudo, aunque muchos de los decretos del Ejecutivo sean convalidados por el Congreso con los votos suficientes, su posterior tramitación como ley ya es irrelevante. Como están uya en vigor, basta con aplicar el rodillo de la mayoría gubernamental e independentista, y cualquier decreto se termina convirtiendo en un ‘lo tomas o lo dejas’ sin posibles cambios ulteriores. Y si se producen cambios, lo son siempre a la medida que imponen los potenciales socios del gobierno “Frankenstein” vascos o catalanes.

Sánchez ha presumido de que sus decretos han conseguido apoyos en la Cámara, muchas veces de Ciudadanos y PP. El Congreso solo ha rechazado uno de ellos, el de los alquileres. En democracia solo cuatro decretos han sido derogados. Los socialistas han recurrido al Constitucional el bloqueo de la Mesa del Congreso, que gracias a la mayoría de PP y Ciudadanos ha alargado el plazo de enmiendas de muchos proyectos de ley, desde la memoria histórica a la eutanasia. La legislatura ha sido la más estéril de la democracia. Solo se han aprobado 90 leyes desde 2016, de las que el 64% han sido decretos leyes y hay casi 300 iniciativas legislativas en marcha en el Congreso que decayeron.

Bernardo Rabassa

Presidente de clubs y fundaciones liberales. Miembro asociado de Alianza Liberal Europea (ALDE). Premio 1812 (2008). Premio Ciudadano Europeo 2013. Medalla al Mérito Cultural 2015. Psicólogo social. Embajador de Tabarnia. Presidente del partido político constitucionalista Despierta.

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