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La ex consellera catalana Meritxell Serret se entrega voluntariamente en el Tribunal Supremo
(Foto: Generalitat Cataluña)

La ex consellera catalana Meritxell Serret se entrega voluntariamente en el Tribunal Supremo

> Ha quedado en libertad provisional sin medidas cautelares

jueves 11 de marzo de 2021, 11:47h

La ex consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Generalitat de Cataluña, Meritxell Serret, hasta su destitución el 28 de octubre de 2017 en aplicación del art. 155, ha comparecido este jueves voluntariamente ante el Tribunal Supremo, acompañada de su abogado, Iñigo Iruín Sanz.

Procesada en el procedimiento penal que se sigue ante el Supremo por su posible implicación en la declaración unilateral de independencia de Cataluña, la investigada se encontraba huida en Bélgica desde octubre de ese año 2017.

La procesada ha comparecido con la finalidad de ponerse a disposición del Tribunal y regularizar su situación procesal de rebeldía.

El juez del Supremo, que instruye la causa, Pablo Llarena, ha acordado posteriormente la libertad provisional de Serret, quedando sin efecto la orden de busca y captura sobre ella y la situación de rebeldía de la misma.

Llarena cita ahora a Serret para el 8 de abril a las 11:00 horas para la práctica de la declaración indagatoria, con citación del Ministerio Fiscal y demás partes personadas. En el auto de libertad se acuerdan las obligaciones para Serret de designar domicilio y teléfono donde pueda ser localizada, y de comparecencia ante este órgano judicial cuantas veces fuere llamada, con apercibimiento de que cualquier incumplimiento de las obligaciones conllevaría la modificación de su situación personal.

El caso de Serret

Meritxell Serret fue procesada por los delitos de malversación de caudales públicos y desobediencia, no obstante, dado que hasta ahora no se ha atribuido que su departamento realizara pagos concretos por la organización del referéndum del 1-O, y puesto que los procesados que fueron juzgados en esa misma situación fueron condenados por un delito de desobediencia y absueltos del delito de malversación, no se había cursado contra ella ninguna Orden Europea de Detención después de la sentencia del 14 de octubre de 2019.

Existía, sin embargo, una orden nacional de detención para recibírsele declaración y continuar el procedimiento contra ella.

La pena prevista para el delito de desobediencia es de multa e inhabilitación para empleo o cargo público de hasta dos años.

Consecuentemente, tras su entrega, la decisión del Magistrado Instructor ha sido la de citarla para ser interrogada en fechas cercanas y con la participación del resto de las partes personadas. Hecha la citación, quedará en libertad.

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