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¿Puede la Policía entrar por la fuerza en un domicilio donde se está produciendo una fiesta ilegal?
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(Foto: Policía Nacional)

¿Puede la Policía entrar por la fuerza en un domicilio donde se está produciendo una fiesta ilegal?

Por Eva Cifuentes (Diariocrítico.com)
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ecifuentesdiariocriticocom/10/10/24
lunes 29 de marzo de 2021, 13:33h

El coronavirus ha propiciado la aparición de muchas fiestas clandestinas en domicilios ya que el ocio nocturno está cerrado y se ha limitado el número de personas en una reunión/fiesta privada para intentar frenar la escalada de contagios del coronavirus.

Ante estas medidas restrictivas, muchas personas, especialmente los jóvenes, se reúnen en domicilios privados para saltarse la normativa y acaban juntándose más de los permitidos. ¿Puede la Policía entrar sin una orden judicial en un domicilio donde se está celebrando una fiesta ilegal?

Las celebraciones clandestinas han aumentado y las denuncias de los vecinos también, pues como es lógico, son los primeros en darse cuenta de que se está celebrando una fiesta ilegal ante el exceso de ruido, música, entrada de multitud de personas... Pero cuando llaman a los agentes y se presentan en el edificio algunas patrullas se topan con que los que están celebrando la fiesta ilegal se niegan a abrirles la puerta, pues ya saben que la multa se la van a llevar. ¿Y si entran por la fuerza?

Polémica actuación policial

Se ha viralizado en redes sociales una irrupción de la Policía en un domicilio donde se estaba celebrando una reunión clandestina con 14 personas, más del número permitido, pero derribaron la puerta sin ninguna orden judicial.

La acción policial ha generado mucha polémica y controversia, ¿es legal? Según han señalado varios expertos, dicha acción podría ser ilegal ya que la inviolabilidad del domicilio solo puede suspenderse ante un "delito flagrante", algo que a juicio de múltiples juristas no responde a una fiesta ilegal.

Bárbara Arroyo, abogada penalista, ha argumentado en 'Espejo Público' que puede considerarse un "allanamiento de morada con daños", pues este tipo de fiestas ilegales son una "infracción administrativa", nada que ver con un delito flagrante. Ha subrayado también que en este caso, el delito ya se ha cometido (la fiesta ilegal y la negativa a identificarse por parte de una de las asistentes a la fiesta) y no puede evitarse, por lo que no existe ninguna urgencia para derribar la puerta.

¿Qué es exactamente un delito flagrante? Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal "se considerará delito flagrante el que se estuviese cometiendo o se acabare de cometer cuando el delincuente sea sorprendido en el acto. Se entenderá sorprendido en el acto no sólo al delincuente que fuere detenido en el momento de estar cometiendo el delito, sino también al detenido o perseguido inmediatamente después de cometerlo, si la persecución durare o no se suspendiere mientras el delincuente no se ponga fuera del inmediato alcance de los que le persiguen. También se considerará delincuente in fraganti aquel a quien se sorprendiere inmediatamente después de cometido un delito con efectos, instrumentos o vestigios que permitan presumir su participación en él".

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