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El Gobierno y los agentes sociales cierran un acuerdo para la prórroga de los ERTE
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(Foto: Moncloa)

El Gobierno y los agentes sociales cierran un acuerdo para la prórroga de los ERTE

miércoles 26 de mayo de 2021, 17:57h

El Gobierno ha conseguido cerrar un principio de acuerdo con el visto bueno de la patronal y los sindicatos para la nueva prórroga de los ERTE, desde el 31 de mayo hasta el 30 de septiembre. Tal y como se esperaba, a pesar de los escollos en la negociación, se han salvado los principales obstáculos para garantizar la ampliación de esta herramienta de protección del empleo.

La noticia ha sido confirmada por la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, a través de Twitter. "Hemos alcanzado un preacuerdo con los agentes sociales para la prórroga de los ERTE hasta el 30 de septiembre. Un nuevo impulso, fruto de la perseverancia en el diálogo social, que garantiza protección a las personas trabajadoras y empresas que más lo necesitan".

Y horas después, ha sido confirmada por el Ejecutivo, que ha desvelado los detalles de esta quinta prórroga. Tal y como se había anunciado previamente, la prórroga conservará medidas relativas a la protección del empleo relacionadas con extinciones y despidos, la interrupción del cómputo de los contratos temporales, la salvaguarda de empleo, así como los límites relacionados con el reparto de dividendos y transparencia fiscal y el uso de horas extraordinarias y nuevas externalizaciones.

Claves de la nueva prórroga de los ERTE

Los sectores ultraprotegios tendrán exoneraciones diferentes en los casos de trabajadores en suspensión de empleo frente a los que se activen en un contexto de mayor recuperación que en meses anteriores. Con el objetivo de incentivar la activación de empleo, en esta ocasión se incluyen unas exoneraciones mayores para los casos de los trabajadores que se reincorporen a la actividad: del 95% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 85% para las que tienen 50 o más en los meses de junio, julio, agosto y septiembre.

Cuando mantengan a los trabajadores suspendidos, habrá una exoneración del 85% en junio, julio y agosto y del 70% en septiembre si la empresa tiene menos de 50 trabajadores. En el caso de contar con 50 trabajadores o más, las exoneraciones serán del 75% en junio, julio y agosto y del 60% en septiembre.

En esta lista se incluyen tres nuevos sectores (Confección de otras prendas de vestir y accesorios, Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias- y Actividades de fotografía). Y salen cinco (Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas, Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico, Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados,Transporte espacial y Alquiler de medios de navegación).

Se han incluido en este listado aquellas empresas que entre finales de abril de 2020 y finales de mayo han recuperado la actividad en porcentaje inferior al 75% y tengan un porcentaje de afiliados cubiertos por los ERTE igual o superior al 15%.

ERTE por limitación o impedimiento de actividad

Los ERTE por limitación de su actividad se verán prorrogados con un nuevo esquema de exoneraciones: si la empresa tiene menos de 50 trabajadores, será del 85% en junio y julio, y del 75% en agosto y septiembre. Si la empresa tiene 50 trabajadores o más, la exención será del 75% en junio y julio y del 65% en agosto y septiembre.

Las empresas que vean impedido el desarrollo de su actividad en los próximos cuatro meses en alguno de sus centros de trabajo como consecuencia de las restricciones administrativas para luchar contra la pandemia podrán solicitar un "ERTE de impedimento". Estas empresas tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 30 de septiembre 2021, que será del 100% de la aportación empresarial durante el periodo de cierre si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.

Actualmente hay alrededor de 558.000 trabajadores en situación de ERTE. Del total, unos 137.000 se encuentran en ERTE por limitación y cerca de 16.300, por impedimento. Del resto, poco más 233.000, se encuadran entre los sectores ultraprotegidos o vinculados a ellos.

La norma dispone, para el colectivo de fijos discontinuos y aquellas personas que realizan trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas, la obligación de que las empresas procedan a su incorporación efectiva durante los períodos teóricos de llamamiento de las personas trabajadoras. En caso de que no puedan desarrollar su actividad en el periodo de llamamiento, se dispone su afectación por los expedientes de regulación temporal de empleo vigentes a fecha de entrada en vigor de esta norma o autorizados con posterioridad.

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