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La respuesta del Supremo a Batet: Alberto Rodríguez debe ser inhabilitado
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(Foto: PSOE)

La respuesta del Supremo a Batet: Alberto Rodríguez debe ser inhabilitado

viernes 22 de octubre de 2021, 15:41h

El Tribunal Supremo ha reiterado a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, que debe retirar el acta al diputado de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez, por su condena a 1 mes y medio de prisión por delito de atentado contra la autoridad. Batet debe tomar ya una decisión al respecto de la inhabilitación, y todo apunta a que dará cumplimiento a la sentencia del Supremo.

La presidenta del Congreso, Meritxell Batet, ya ha recibido la respuesta del Tribunal Supremo a su consulta sobre el modo de dar cumplimiento a la sentencia contra el diputado Alberto Rodríguez, en concreto, sobre si este debía perder su escaño.

El juez Manuel Marchena ha recordado a Batet que no se incluye entre sus funciones "asesorar a otros órganos constitucionales acerca de la ejecución de una sentencia firme".

Pero dado que la defensa del diputado también solicitó una aclaración, el juez del Supremo ha desmontado el argumento de que Rodríguez puede conservar su escaño ya que la pena de prisión fue conmutada por una multa, lo que no conlleva la aplicación de penas accesorias, como la inhabilitación.

"La pena de inhabilitación especial es de obligado cumplimiento", según el Supremo

La abogada de Rodríguez solicitó una aclaración al "entender que en la sentencia se apreciaban errores materiales manifiestos", relacionados con el supuesto carácter forzoso de de la sustitución de la pena, lo que conllevaría, su juicio, la eliminación de las referencias a la pena accesoria, pues la sustitución de la pena de prisión es de carácter forzoso y no conlleva la aplicación de penas accesorias. El juez considera que no hay "error alguno que deba ser rectificado" y que la pena de inhabilitación es de "obligado" cumplimiento.

"Descartamos cualquier error por el hecho de que mantener la vigencia de la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, pues esta pena accesoria es obligada a la vista de lo dipuesto en el Código Penal, cuando se imponga una pena privativa de libertad, como ha sucedido en el presente caso", ha manifestado el magistrado.

Marchena concluye que "la pena de prisión es el desenlace punitivo asociado a la conducta que se declara probada, sin perjuicio de que a efectos de su ejecución, se haya acordado su sustitución por una pena de multa".

Batet convocó este jueves a la Mesa del Congreso para abordar el requerimiento del Supremo en el que instaba a informar de la fecha de inicio de la inhabilitación del diputado. En esta reunión, la presidenta de la Cámara se mostró partidaria de dar cumplimiento a la solicitud del alto tribunal, aunque tras un receso, optó por paralizar su decisión y pedir una aclaración.

Con la respuesta del Supremo, reiterando que su sentencia es clara, Batet ha de pronunciarse de forma inminente. Todo apunta a que retirará el acta al diputado 'morado', lo que podría desatar un nuevo choque entre el PSOE y Unidas Podemos.

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