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Hugo Carvajal, conocido como El Pollo
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Hugo Carvajal, conocido como El Pollo (Foto: Licencia Creative Commons / Wikipedia / Hugo Carvajal)

El Supremo desestima el recurso de 'El Pollo' Hugo Carvajal para no ser entregado a Estados Unidos

martes 26 de octubre de 2021, 14:29h

La Sección Quinta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado este martes el recurso de Hugo Armando Carvajal, conocido como 'El Pollo', contra el acuerdo del Consejo de Ministros, del 3 de marzo de 2020, por el que se aprobó su entrega a Estados Unidos.

La sentencia íntegra se conocerá en los próximos días.

La pasada semana, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechazaba suspender o posponer la extradición del militar venezolano a Estados Unidos.

La Sección Tercera le informaba de que “no ha lugar ni a suspender, ni a posponer la materialización de la entrega extradicional a las autoridades de Estados Unidos de América del Norte del reclamado Hugo Armando Carvajal Barrios ni a participar a dicho juzgado particular alguno en relación a la fase de ejecución de la entrega, que es exclusiva del esta Sección como única autoridad judicial competente”.

Citado como testigo

La sala recordaba que Carvajal está citado como testigo en el juzgado del magistrado García Castellón en un procedimiento que se inició en 2016 sobre hechos anteriores al momento en que el reclamado fue detenido en 2019 en Madrid, a petición de Estados Unidos y explica que en su momento, cuando estaba a disposición del juzgado, no solicitó tal declaración, como tampoco lo hizo durante el largo tiempo de casi 2 años que ha durado el proceso de extradición.

El tribunal aprecia una “estrategia dilatoria” por parte de Carvajal de pretender colaborar ahora con la justicia española, que se añade a la dilación que supuso su fuga. Añade que su posición de testigo no es causa de suspensión de la entrega ya que la declaración testificar puede realizarse a través de los mecanismos de cooperación jurídica en materia penal suscritos por España y Estados Unidos.

Por último, la Sala acuerda comunicar este oficio a la Subdirección de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de Justicia, así como al comisario jefe de la Oficina de Cooperación Policial Internacional haciendo saber a este último que “única y exclusivamente atenderá a las órdenes que le remita esta Sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, como única autoridad competente para resolver sobre la presente causa extradicional”.

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