www.diariocritico.com

20 años de prisión para los 3 acusados por violar grupalmente a una joven a la salida de la discoteca

20 años de prisión para los 3 acusados por violar grupalmente a una joven a la salida de la discoteca
Ampliar
(Foto: Pixabay)
martes 14 de diciembre de 2021, 12:20h

La sección 6ª de la Audiencia de Barcelona ha condenado a 20 años de prisión a 3 acusados por una agresión sexual ocurrida en mayo de 2018 a la salida de una discoteca en Molins de Rei.

La sentencia condena a cada uno de los 3 autores a una pena de 8 años de prisión por el delito de agresión sexual y a 2 penas de 6 años cada una por el delito de cooperador necesario de un delito de agresión sexual.

La jurisprudencia en estos casos de agresión sexual cometidas por varias personas consolidada, determina que, si todos cometen el delito, cada uno responde por sus acciones y como cooperadores necesarios de las acciones de los otros.

El tribunal ha dado fiabilidad a la víctima. A pesar que ésta no haya sido precisa o sincera en alguna manifestación, su relato en conjunto es creíble y fiable porque su versión es veraz en aquello esencial y ha quedado corroborada con el resultado de las pruebas biológicas y los informes que objetivaron el uso de violencia.

7 años pese a la oposición de Fiscalía y oposición

Y otra caso de condena: el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una sentencia de 7 años de prisión impuesta el pasado mayo por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial a un acusado de haber violado a una amiga en abril de 2018 en Estella.

Además de la pena de prisión, al procesado, natural de Ecuador, de 29 años, la Audiencia le impuso una medida de libertad vigilada por tiempo de 5 años, así como una prohibición de acercamiento a menos de 300 metros y comunicación durante 10 años.

En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN ha rechazado el recurso presentado por la defensa, que reclamaba la absolución, una postura a la que se adhirió la fiscalía, que ya en el juicio había solicitado la absolución del encausado.

Sin embargo, los magistrados del TSJN, al igual que los de la Sección Segunda, avalan el testimonio de la víctima, que fue corroborado con otras evidencias.

En su sentencia, el Tribunal Superior rechaza todos los argumentos expuestos por la defensa, a los que se adhirió el Ministerio Fiscal. Afirma que “el relato de los hechos es suficientemente preciso por parte de la víctima, con una capacidad y aptitud física y psíquica totalmente normales”, como se pudo apreciar en el acto del juicio.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
0 comentarios