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Avala la Ley de Violencia de Género

El Constitucional da un varapalo a decenas de jueces 'recurrentes'

El Constitucional da un varapalo a decenas de jueces 'recurrentes'

· La ley establece penas más altas para el varón que para la mujer

miércoles 14 de mayo de 2008, 15:52h
El Pleno del Tribunal Constitucional avaló este miércoles La Ley Integral de Medidas contra Violencia de Género al rechazar, con siete votos frente a cinco, la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la jueza de lo Penal número 4 de Murcia, informaron fuentes jurídicas.
La mencionada juez, María Poza, entendía que esta norma vulneraba la Carta Magna, ya que, al establecer penas más altas para el varón que para la mujer, "discrimina al hombre".

   Los magistrados que han votado en contra de la propuesta pertenecen todos al denominado 'bloque conservador' y son Roberto García-Calvo, Vicente Conde, Javier Delgado, Jorge Rodríguez-Zapata y Ramón Rodríguez-Arribas, que han anunciado la redacción de un voto particular.

Por contra, avalaron la norma la presidenta y el vicepresidente del alto tribunal, María Emilia Casas y Guillermo Jiménez, respectivamente; además de los magistrados Manuel Aragón, Elisa Pérez Vela, Eugeni Gay, Pablo Pérez-Tremps y Pascual Sala, que es el ponente de la resolución.

  

El resultado de la votación revela "cierta ruptura" en el bloque conservador' del TC, dado Jiménez se ha desmarcado en este asunto de la postura defendida por el resto de los magistrados de su misma tendencia -al contrario de lo que venía ocurriendo en casos recientes, como el de las recusaciones de cara a la discusión sobre el Estatut de Catalunya-, y ha avalado la norma junto con los seis magistrados considerados 'progresistas'. El texto del acuerdo, junto con los votos particulares, serán hechos públicos en los próximos días.

Sólo se ha resuelto una cuestión

Fuentes del alto tribunal explicaron que la resolución acordada este miércoles por el Pleno afecta a la primera de las 127 cuestiones planteadas sobre este artículo, el 153.1 del Código Penal, por lo que las 126 restantes se irán resolviendo una a una con la misma doctrina.

   La jueza Poza fundamentó su demanda en que el artículo 153.1 del Código Penal puede vulnerar el principio de igualdad de los españoles. Este punto sanciona con entre seis meses y un año de cárcel a los hombres que "golpeen o maltraten" a su pareja o ex pareja, a los que le causen algún tipo de "menoscabo psíquico" o alguna "lesión no definida como delito".

   Bajo esta misma idea, un total de 12 jueces de toda España han presentado 127 cuestiones a dicho artículo, al considerar que podría ir en contra del artículo 14 de la Constitución, que fija que "los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

Otras 60 cuestiones pendientes

Por otro lado, 13 jueces han interpuesto otras 60 cuestiones de inconstitucionalidad sobre tres artículos de esta misma Ley. De este modo, once jueces plantearon 56 cuestiones al artículo 171.4 del Código Penal, que fija que "el que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa", o quien esté o haya estado ligado a una mujer "por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días".

   Además, este precepto legal regula que los condenados serán privados del derecho a tener armas por un tiempo de entre uno y tres años y podrán, cuando el juez lo estime, ser inhabilitados por un máximo de cinco años para el ejercicio de la patria potestad sobre sus hijos.

   A su vez, tres jueces han manifestado sus dudas sobre la constitucionalidad del artículo 172.2 del Código Penal, que añade al anterior punto que la pena que impondrá el juez al maltratador será "en su mitad superior cuando el delito se perpetre en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realice quebrantando una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza".

   Por último, se ha presentado una cuestión más a la parte del artículo 148.4 que distingue, a la hora de imponer la pena, "si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aún sin convivencia".

El PP dice que respeta la sentencia
La portavoz en la Comisión de Igualdad del Grupo Parlamentario Popular, Sandra Moneo, afirmó que la formación "respeta escrupulosamente" la sentencia del Constitucional que avala la Ley contra la Violencia de Género, pero señaló que, dado que "siguen muriendo mujeres" ha llegado "el momento de tomar iniciativas y poner soluciones sobre la mesa".

   "Las leyes están para ser eficaces y están para resolver y solucionar la vida de los ciudadanos. En este caso, las mujeres siguen muriendo y el Gobierno tendrá que asumir su responsabilidad para que estos actos de violencia de género no se sigan produciendo
", declaró Moneo en el Congreso.
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