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Es un delito que puede acarrear prisión

Más de un millar de personas, cazadas en mayo sin el permiso de conducción

Más de un millar de personas, cazadas en mayo sin el permiso de conducción

jueves 05 de junio de 2008, 11:02h
Desde el pasado 1 de mayo, fecha en que entró en vigor la reforma del Código Penal en que se tipificaba como delito conducir sin haber obtenido el necesario permiso o licencia de conducción, 1.014 conductores han sido detenidos, por los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, y puestos a disposición judicial por incurrir en este delito.

La reforma afecta al artículo 384 del Código Penal en que se especifica que  conducir un vehículo a motor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de  conducción pasa a tener la consideración de delito, que se castiga con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, aplicándose las mismas penas al conductor que haya sido privado del permiso por pérdida total de los puntos asignados legalmente o por decisión judicial y siga conduciendo.

De los 1.014 conductores detectados, 11 conducían sin carné al haber perdido su vigencia por agotar su crédito de puntos, 53 por tenerlo retirado cautelarmente, 11 por habérseles retirado definitivamente por decisión judicial y 939 por conducir sin haberlo obtenido nunca.

 

DELITOS CONTRA  SEGURIDAD TRÁFICO (Código Penal art.379 y siguientes)

 
DELITO   PENAS
VELOCIDAD

- EXCESOS 60 KM/H EN ZONA URBANA

- EXCESOS 80 KM/H EN CARRETERA

 
 

Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

 
ALCOHOL -0.60 MLGR/L AIRE -1,2 GR/L SANGRE  

NEGATIVA A SOMETERSE

Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años

SIN CARNÉ

POR PERDIDA DEL TOTAL DE PUNTOS O POR NO HABERLO OBTENIDO NUNCA

Pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días.

 
         
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