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Arbitraria prórroga de funciones

Arbitraria prórroga de funciones

martes 24 de junio de 2008, 05:10h

 finales del mes de julio concluye el plazo previsto por el estatuto para que la Asamblea Constituyente termine de elaborar la nueva Constitución, que entrará en vigencia si es aprobada por la mitad más uno de los sufragantes en el próximo referendo.

La Asamblea empezó violando el estatuto al asumir los plenos poderes, no solo para cambiar el marco institucional del Estado y elaborar la nueva Constitución, como señala el estatuto, sino al asumirlos para reemplazar al Congreso, promulgar mandatos, remover y nombrar funcionarios públicos, dictar amnistías, entre otras atribuciones.

Al término de la Asamblea, se pretende prolongar esa arbitrariedad al prorrogar las funciones legislativas: en el período de transición entre la finalización de esta y la aprobación o rechazo del nuevo texto constitucional, la mayoría oficialista prevé el nombramiento de un "congresillo" o grupo de legislación integrado por 39 asambleístas.

A la prolongación de funciones que no contempla el estatuto, se añade la confusión jurídica que agregaría el mencionado "congresillo" si, como es una de las opciones, no resulta finalmente aprobada la Constitución en el referendo.

El estatuto señala que "la Asamblea Constituyente tendrá una duración de 180 días, contados a partir del día de la instalación, salvo que ella misma establezca una prórroga que no podrá exceder de 60 días contados a partir del vencimiento del plazo inicial". El "congresillo" será una prórroga arbitraria.

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