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La Comunidad recuerda que los menores no pueden participar en los encierros

viernes 15 de agosto de 2008, 12:27h
La Comunidad recordó a los ayuntamientos que no podrán participar en encierros y festejos taurinos los menores de 16 años ni las personas embriagadas.
El Gobierno regional recordó que los participantes en este tipo de festejos en ningún caso deben ser menores de dieciséis años, así como emplear un calzado adecuado que permita la mejor adherencia al firme por el que transcurra el encierro o al suelo donde se celebre la suelta para evitar caídas.

Asimismo, anuncia que está expresamente prohibido correr con objetos que dificulten el desarrollo de la carrera así como con botellas, vasos o cualquier instrumento que pueda dañar a los animales.

Así, la Consejería de Presidencia, Interior y Justicia, que dirige Francisco Granados, a través de la Dirección General de Política Interior, velará por el cumplimiento del Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares para regular este tipo de eventos y que en la primera mitad de esta año comprendió un total de 405 festejos taurinos, entre encierros, sueltas y concursos.

Entre los requisitos legales exigidos por el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Madrid destaca la necesaria disposición de los seguros que garanticen la cobertura de contingencias que las personas y bienes puedan padecer durante el desarrollo de los festejos, las certificaciones expedidas por técnicos cualificados acreditativas del estado de solidez de las instalaciones y la adecuación del recorrido de los encierros a la dotación de la cobertura sanitaria del evento, a través de medios de asistencia.

Prohibido el maltrato

En cuanto a los animales, se prohíben todos aquellos espectáculos que impliquen su maltrato, en especial aquéllos que consistan en atarles o prender fuego a sus astas. Respecto a los recorridos por los que transcurren los encierros, también los ayuntamientos deben cumplir unas estrictas normas de seguridad, con recorridos máximos será de mil metros.

Además, la anchura de paso debe estar entre 10 y 6 metros, aunque si el recorrido por un lugar de menos de seis metros podrá autorizarse su celebración siempre que sea tradición local o se realice por el casco viejo del municipio en cuestión.

En los tramos de pronunciada curvatura o en los curvos a los que se acceda con una velocidad de carrera elevada se aplicarán productos antideslizantes, salvo en caso de que la seguridad de las reses y los corredores quede garantizada.

Todo el recorrido deberá estar vallado vertical u horizontalmente, y deberán habilitarse salidas para garantizar la evacuación de posibles heridos y puertas que permitan sacar a las reses en el caso de que resultasen heridas por accidente. En los tramos curvos donde exista excesiva luz o grave peligro de choque de las reses, el vallado deberá cegarse por su parte exterior.

Asimismo, deberá estar disponible, como mínimo, una ambulancia cada 500 metros y, adicionalmente, otra por cada 5.000 intervinientes y espectadores. Todas ellas serán de asistencia urgente, siendo al menos una de ellas de asistencia intensiva.

En plazas de toros no permanentes y portátiles o recintos cerrados, la enfermería no deberá estar a más de 50 metros de la plaza o recinto. En cualquiera de estos recintos donde la enfermería no asegure un equipamiento adecuado deberá contarse durante todo el festejo con una ambulancia de asistencia intensiva, tipo UVI Móvil.
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