www.diariocritico.com
Controlar la Seguridad Vial es Responsabilidad del Estado

Controlar la Seguridad Vial es Responsabilidad del Estado

sábado 23 de agosto de 2008, 08:12h
Si bien todas las acciones que se lleven a cabo pueden “sumar” en materia de
Seguridad Vial hay que tener extremado cuidado con sus conceptos y alcances ya que, “entrelineas”, pueden interpretarse en forma errónea.

Veamos algunos ejemplos:

CARGANDO NAFTA CON EL CASCO:
 El anuncio del gobernador Daniel Scioli de prohibir la venta de nafta a los motociclistas que no usan casco con el objetivo de reducir el número de accidentes graves o fatales.

La medida, que puede “sumar”, sin embargo adolece de dos defectos en su enunciado:

1. Debe quedar en claro que de manera alguna la medida excluye la obligación del Estado de controlar el uso del casco en la vía pública.

2. Se controla (por parte de alguien que no es autoridad) la conducta que debe ejercerse en la vía pública (el uso del casco), en un lugar fuera de ella (la estación de servicio). Ahora bien, si lo que se pretende controlar es la “portación” del casco, no se le ve gran utilidad a la medida respecto al uso.

ALCOHOLEMIA “A PEDIDO”:
 En el GCBA ante el pedido (con 15 días de anticipación) de los padres y/o colegios, agentes de control de tránsito del Ministerio de Seguridad y Justicia porteño realizan control de alcoholemia a los conductores del micro en la puerta de la escuela que saldrá en viaje de egresados.

La medida, que también “suma”, adolece de similares errores que la anterior.
De ninguna manera puede “excusarse” la obligación legal que tiene la autoridad de controlar la alcoholemia de TODOS los conductores (sobre todo profesionales). Y ese control debe ejercerse en la vía pública, en forma aleatoria, con el conductor al volante. ¿Qué pasa con aquellos conductores de micros de viajes de egresados cuyos colegios o padres no solicitaron en tiempo y forma la medida?

En ambos casos, es la forma de presentar la medida a la sociedad, lo que nos preocupa.

Todas las autoridades con competencia y obligaciones en materia de control del tránsito son las primeras que deben tener en cuenta el último lema de la Agencia Nacional de Seguridad Vial: CUMPLIR LA LEY, SALVA VIDAS.

Asegurar su cumplimiento es, valga la redundancia, “cumplir la ley” por parte de la autoridad.

Dr. Eduardo Bertotti
Director ISEV
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
0 comentarios