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Se revisa la absolución varios procesados

Marbella: esta semana podría salir de prisión Julián Muñoz

Marbella: esta semana podría salir de prisión Julián Muñoz

domingo 11 de febrero de 2007, 11:25h
La Audiencia Provincial de Málaga tiene previsto revisar la próxima semana la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de la capital sobre el ex alcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz y otros siete ex ediles marbellíes por un delito contra la ordenación del territorio, al conceder licencias de obra a la empresa Moansa.
   Así, la Sección Segunda de la Audiencia malagueña tiene fijado para el martes día 13 una vista para ver los recursos interpuestos por una acusación particular y la Fiscalía contra la sentencia en la que se absolvió a Muñoz y a los ex concejales Rafael González, Mario Jiménez Notario, Manuel Calle, Juan Antonio Yagüe, Marisa Alcalá, Pedro Román y José Marino Pomares.

   A éstos se les acusaba de conceder, en una comisión de gobierno de 20 de diciembre de 1996 y en otra de noviembre de 1997, las licencias al proyecto básico y al de ejecución a la empresa Moansa para la construcción de seis viviendas unifamiliares pareadas en Huerta Belón, "pese a que el suelo donde se autorizaban tales obras tenían una catalogación urbanística incompatible con tal uso", ya que era zona verde pública, "extremo este conocido por los acusados".

   Entre otros argumentos, el juez apuntó en su sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, que no hubo arbitrariedad en la concesión de la licencia, al haber un acuerdo de pleno del Ayuntamiento sobre la aprobación inicial de la modificación del PGOU y concretaba algunas resoluciones que recogen "la confusión normativa" en ese momento.

   Además, señalaba, en sus fundamentos jurídicos, que las posibles irregularidades observadas "permanecen en el marco estricto del derecho administrativo y no tienen encaje en el tipo penal" y que la actuación de los acusados "no excede del ámbito de la mera ilegalidad y queda lejos de las exigencias objetivas y subjetivas requeridas por el delito de prevaricación administrativa". Este fallo fue recurrido en apelación.

   Así, el fiscal solicita en su recurso que se revoque la sentencia y basa su escrito de impugnación, en los hechos declarados probados, al expresar que las dos licencias se otorgan "antes de que se produjera esa aprobación definitiva de la revisión del plan de Marbella", y por tanto sobre la base de una normativa "no eficaz", por lo que se produce una "infracción palmaria y evidente de la legislación urbanística".

   En este punto, recuerda que la parcela en cuestión "no había sido recalificada, en sentido jurídico, y no era susceptible de tal uso". Respecto a la no existencia del dolo necesario, estima que "no son suficientes para descartar la responsabilidad de los acusados" las razones esgrimidas por el juez, tales como la falta de conocimientos en urbanismo de los acusados, el elevado número de asuntos a tratar en las comisiones o el que las licencias venían en unos cuadernillos que orientaban el sentido del voto.

   Por último, el fiscal entiende que los entonces concejales "conocían al tiempo de votar el otorgamiento de los dos permisos que la revisión del plan estaba en trámite" y señala que el voto favorable "venía determinado de antemano al haber acordado que las licencias se otorgarían en función únicamente de su ajuste al documento de revisión del planeamiento que estaban llevando a cabo".
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