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Referencia del Consejo de Ministros

viernes 24 de agosto de 2012, 16:37h

SUMARIO
Presidencia

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.
ACUERDO por el que se aprueba el Plan de impulso de la televisión digital terrestre y de la innovación tecnológica.
ACUERDO por el que se aprueba la Declaración del Gobierno con motivo del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas.

Hacienda y Administraciones Públicas

ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia formulado por el Consejo de Gobierno de la Generalitat de Cataluña, en relación con la Orden SSI/1209/2012, de 4 de Junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al Régimen General de Subvenciones de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
ACUERDO por el que se autoriza un suplemento de crédito en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para atender la insuficiencia prevista en la dotación que financia la prórroga del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, regulada en el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre.
ACUERDO por el que se cede a la Cruz Roja Española el uso de dos porciones de terreno sitos en Villafranca del Bierzo (León) con destino a zona de seguridad y ajardinamiento del centro de día de la localidad, propiedad de la citada asociación.
ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para posibilitar el reajuste de anualidades del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, para el desarrollo de actuaciones declaradas de interés general de la nación en el ámbito de las cuencas hidrográficas intracomunitarias de Andalucía.

ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a adquirir compromiso de gasto con cargo a ejercicios futuros, para posibilitar el reajuste de anualidades del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Gobierno de Canarias, para el desarrollo de actuaciones en materia de agua en las Islas Canarias.
ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Fomento a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para posibilitar la contratación de la prestación del servicio público de transporte aéreo regular en la ruta entre Madrid y Menoría.

Fomento

ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la Adenda número 4 al Convenio II de gestión directa entre la Administración General del Estado y la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.A. (SEITT, S.A.), para la promoción de determinadas obras de carreteras de titularidad estatal.

Empleo y Seguridad Social

REAL DECRETO LEY por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

REAL DECRETO por el que sea adoptan medidas administrativas excepcionales de gestión de los recursos hidráulicos para superar los efectos de la interrupción parcial del suministro mediante la infraestructura del trasvase Tajo-Segura en la cuenca hidrográfica del Segura.
ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia destinadas a la aportación de recursos hídricos del río Tajo a la zona regable del canal bajo del Alberche, campaña 2012, en los términos municipales de Talavera de la Reina y Pepino, Toledo, por un importe de hasta 991.200 euros.
ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia en el dominio público hidráulico para paliar los efectos de las avenidas de 2012 en las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias y Cantabria, por un importe de hasta 4.000.000 euros.


Economía y Competitividad

ACUERDO por el que se autoriza la operación de concentración económica Antena 3/La Sexta y se imponen condiciones a la misma.
ACUERDO por el que se aprueban el balance y cuentas del ejercicio 2011 del Banco de España y se dispone la aplicación de los beneficios pendientes de distribución.
ACUERDO por el que se toma conocimiento de la Memoria anual sobre la política de endeudamiento del Tesoro Público correspondiente al año 2011 y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
INFORME sobre el Real Decreto Ley de reestructuración y resolución ordenada de entidades de crédito.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la conclusión del Acuerdo Marco para la selección de suministradores de vacuna conjugada frente a meningococo C para varias comunidades autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla.
ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la conclusión del Acuerdo Marco para la selección de suministradores de vacuna frente a virus del papiloma humano para varias comunidades autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla.
ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la conclusión del Acuerdo Marco para la selección de suministradores de vacunas de calendario y otras para varias comunidades autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla.


ACUERDOS DE PERSONAL
Defensa

REAL DECRETO por el que se promueve al empleo de General de División del Cuerpo General del Ejército del Aire a D. ÁNGEL MAZO DA PENA y se le nombra Representante Militar ante el Comité Militar de la Organización del Tratado del Atlántico Norte y Representante Militar ante el Comité Militar de la Unión Europea.
REAL DECRETO por el que se nombra Segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra al Teniente General del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. JESÚS CARLOS FERNÁNDEZ ASENSIO .
REAL DECRETO por el se nombra Jefe del Mano de Personal del Ejército de Tierra al Teniente General del Cuerpo General del Ejército de Tierra a D. JUAN ENRIQUE APARICIO HERNÁNDEZ-LASTRAS .
REAL DECRETO por el que se nombra Segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire al General de División del Cuerpo General del Ejército del Aire a D. IGNACIO AZQUETA ORTIZ .

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

REAL DECRETO por el que se nombra Presidente del Patronato del Parque Nacional de Cabañeros a D. JOSÉ ÁNGEL PÉREZ YÉPEZ.
REAL DECRETO por el que nombra Presidente del Patronato del Parque Nacional de las Tablas de Daimiel a D. SEBASTIÁN GARCÍA MARTÍNEZ.


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS
ASUNTOS GENERALES
Empleo y Seguridad Social



APROBADA LA PRÓRROGA DEL PROGRAMA PREPARA

La evaluación del Programa revela que dos terceras partes de los beneficiarios que lo concluyeron no consiguió ninguna colocación en el mercado laboral
La ayuda se elevará de 400 euros a 450 euros para parados con cargas familiares

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto Ley, la prórroga del Programa PREPARA hasta el 15 de febrero de 2013, una vez realizada la evaluación establecida como obligatoria en el Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero.

Tal y como avanzó la pasada semana el presidente del Gobierno dicha prórroga del Programa, con efectos desde el día 16 de agosto, presenta una serie de mejoras con el objetivo de reforzar la protección de aquellas personas que más lo necesitan y mejorar el objetivo de recualificación de los desempleados.

Es la segunda vez que el actual Gobierno prorroga este programa, configurado como una ayuda de 400 euros (399 euros) durante un máximo de seis meses, vinculado a un itinerario específico para incrementar la empleabilidad e insertar a desempleados que agotan otras prestaciones y subsidios sin contar con otras fuentes suficientes de ingresos.

El PREPARA tiene un doble objetivo: por un lado, paliar una situación real de necesidad y, por otro, recuperar el empleo del colectivo incluido en el mismo. El Gobierno ha decidido mantener el programa porque comparte estas finalidades y persiste la situación coyuntural que lo originó.

Informe de evaluación

El Gobierno ha realizado por primera vez, desde la puesta en marcha del Programa, un informe de evaluación de sus efectos, pese a que era una condición obligatoria que a la que, hasta ahora, no se había dado cumplimiento.

Esta evaluación, centrada en aquellos beneficiarios que han concluido el Programa, ha puesto de relieve los siguientes aspectos:

Dos terceras partes de los beneficiarios que han concluido el Programa (307.029) no consiguieron ninguna colocación en el mercado laboral. Sólo el 18 por 100 obtuvo una colocación mayor a dos meses. En total, la media de ocupación durante los 180 días de duración de la prestación fue de 25,12 días por beneficiario. Menos del 1 por 100 de los beneficiarios obtuvo un contrato indefinido.
Se realizaron una media de 3,22 acciones por beneficiario. Sólo el 7,23 por 100 de los beneficiarios atendió a actividades formativas, a pesar del escaso nivel educativo del colectivo. Sólo un 1,93 por 100 de los beneficiarios disfrutó de acciones de impulso del emprendimiento.

El limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los beneficiarios y la falta de vinculación en algunos supuestos de los beneficiarios del programa con las situaciones de mayor necesidad exigen la introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se proteja a aquellos ciudadanos que se enfrentan a mayores necesidades.

Además, debe reforzarse, en coordinación con las Comunidades Autónomas, la supervisión del Programa como medio para incrementar su eficiencia y para extender una cultura de evaluación continua de las políticas de empleo, en la línea del acuerdo alcanzado esta semana entre el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y los agentes sociales.

Modificaciones

Las principales modificaciones respecto al sistema vigente, que solo afectarán a los beneficiarios de la nueva prórroga y no a quien esté cobrando actualmente la ayuda, son las siguientes:

Se incrementa la ayuda, del 75 por 100 al 85 por 100 del IPREM, para aquellos beneficiarios que acrediten tres o más personas a su cargo.
Se centra el colectivo de beneficiarios en los parados de larga duración (más de doce de los últimos dieciocho meses en desempleo) o parados con cargas familiares, manteniéndose el resto de requisitos de acceso contemplados en programas anteriores.
Para la determinación de la condición de beneficiario, se mantiene la vinculación del requisito de reducidas rentas del solicitante a las de la unidad familiar, incluyendo ahora las rentas de los padres en caso de convivencia.
En cumplimiento de las recomendaciones del Tribunal de Cuentas, se corrigen los solapamientos que se daban entre el Programa y algunas rentas asistenciales.
Se exige que el solicitante acredite haber buscado activamente trabajo o haber realizado actuaciones para incrementar su empleabilidad durante el mes que transcurre desde la pérdida de otras prestaciones hasta la solicitud, con el objetivo de reforzar el seguimiento del compromiso de actividad. Esta obligación se mantiene durante todo el programa y determinará la permanencia del beneficiario en el mismo.
En el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales se propondrá que el grado de eficacia y eficiencia en la ejecución del programa se introduzca como una de las variables de reparto de los fondos destinados a políticas activas para las Comunidades Autónomas.

Plan Prepara
Fomento



APROBADA UNA NORMA PARA DINAMIZAR EL MERCADO DEL ALQUILER EN ESPAÑA

Se podrá aplicar al pago de la renta las mejoras o reformas acordadas y realizadas por el inquilino
El inquilino podrá desistir del contrato de arrendamiento siempre que lo comunique al arrendador con una antelación mínima de un mes
Se incentiva la creación de sociedades dedicadas a la inversión para el alquiler

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley para dinamizar el mercado de alquiler de viviendas en España mediante su flexibilización, con una reducción de los plazos de duración del contrato, la mejora de la seguridad jurídica y una serie de medidas de carácter fiscal.

El texto ha incluido una serie de modificaciones con respecto al presentado al Consejo de Ministros el pasado 11 de mayo tras pasar por los órganos consultivos y el periodo de información pública.

Entre las novedades figura la posibilidad de que se aplique al pago de la renta las mejoras o reformas acordadas y realizadas por el inquilino.

Situación actual

El análisis de la situación actual revela que el mercado del alquiler en España no constituye hoy una alternativa eficaz al mercado de la propiedad.

Según datos de Eurostat, el 17 por 100 de la población reside en una casa en alquiler frente al 83 por 100 que lo hace en una vivienda en propiedad, lo que nos sitúa como el país con el menor parque de viviendas en alquiler de toda la Unión Europea, mientras que existe un parque de más de tres millones de viviendas vacías que podrían dedicarse al alquiler.

Por este motivo, resulta necesario reformar aquellos elementos del marco jurídico y fiscal actual que impiden un funcionamiento dinámico del mercado de vivienda de alquiler.

Flexibilización del mercado del alquiler

Para conseguir este objetivo, la reforma incide sobre los siguientes aspectos:

Se refuerza la libertad de pactos y se da prioridad a la voluntad de las partes. Así, se podrá renunciar al derecho de adquisición preferente, se podrá pactar la actualización de la renta o que las mejoras que realice el inquilino se apliquen al pago de la renta.
La duración del arrendamiento será la expresamente pactada por las partes sin perjuicio de que, con objeto de dinamizar el mercado del alquiler y dotarlo de mayor flexibilidad, se reduce de cinco años a tres la prórroga obligatoria y de tres a un año la duración de la prórroga tácita, de forma que propietarios e inquilinos puedan adaptarse con mayor facilidad a eventuales cambios en sus circunstancias personales.
La posibilidad de que el arrendador pueda recuperar su inmueble en cualquier momento: siempre que hubiera transcurrido al menos el primer año de duración del contrato, pero sólo cuando se den las condiciones legalmente requeridas para ello, sin necesidad de que esta opción haya tenido que estar expresamente prevista a la firma del contrato.
El inquilino podrá desistir del contrato de arrendamiento siempre que lo comunique al arrendador con una antelación mínima de un mes.

Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al propietario con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir.

Mejora de la seguridad jurídica

Por otro lado, con objeto de dotar a los arrendamientos de la seguridad jurídica que proporciona el Registro de la Propiedad, se prevé que el arrendamiento de viviendas pueda ser inscrito en el Registro y ello garantice la posición del inquilino, cuyo contrato deberá ser respetado en todo caso si se produce la venta de la vivienda. La inscripción en el registro será voluntaria.

Mejora de la regulación del proceso de desahucio

El actual procedimiento de desahucio por impago de la renta es lento y complejo. Además, constituye una de las causas por las que los propietarios no destinan al alquiler buena parte de las viviendas vacías.

Para agilizar este procedimiento se reforma la Ley de Enjuiciamiento Civil de manera que, cuando se presente una demanda de desahucio por falta de pago, se requerirá al demandado para que en diez días proceda al pago o alegue las razones que justifiquen el impago. Si el demandado no comparece, no paga o no justifica el impago, el juez dictará auto terminando el juicio y procederá al desahucio para lo que será suficiente con la presencia de un funcionario del juzgado.

En todo caso, el inquilino podrá justificar las causas que han provocado el impago y el juez las tomará en consideración para adoptar la decisión más adecuada a los intereses de ambas partes.

Medidas de carácter fiscal

Se adoptan una serie de medidas en el ámbito fiscal que incentivan el mercado del alquiler:

En el Impuesto de Sociedades se flexibilizan los criterios que permiten aplicar una deducción del 85 por 100 sobre las rentas de los alquileres: las sociedades deberán tener un mínimo de ocho viviendas (antes diez) y deberán permanecer arrendadas durante tres años (antes siete).
Se mejora el régimen jurídico y fiscal de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI):

-Los inmuebles en arrendamiento deberán mantenerse durante tres años (antes siete)

-No será necesario un número mínimo de viviendas (antes tres

-El capital social mínimo será de cinco millones de euros (antes quince)

-Los beneficios distribuibles serán el 80 por 100 de los obtenidos (antes el 90 por 100)

-Se suprimen los requisitos del número mínimo de accionistas (antes cien), capital mínimo en circulación (antes 25 por 100) y financiación ajena (antes inferior al 70 por 100 del activo)

-Se podrá cotizar en mercados regulados o sistemas multilaterales de cotización

-Las SOCIMI no tendrán fiscalidad, sino que el pago de impuestos lo efectuarán los accionistas por la percepción de los dividendos (19 por 100)

Por último, se modifica la configuración del Gravamen Especial sobre Bienes Inmuebles de Entidades no Residentes, dejando sujetas a dicho gravamen exclusivamente las entidades residentes en un país o territorio que tenga la consideración de paraíso fiscal.

Alquiler de Viviendas

Industria, Energía y Turismo



APROBADO EL PLAN DE IMPULSO DE LA TDT Y DE LA INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

El Consejo de Ministros ha aprobado el plan de impulso de la Televisión Digital Terrestre y de la innovación tecnológica, una apuesta decidida por la televisión de alta definición y por la telefonía 4G (4ª Generación).

En la confección del Plan se han tenido en cuenta como premisas minimizar el impacto y las molestias a los ciudadanos; limitar el coste global para los ciudadanos y operadores de televisión; adelantar la implantación de la telefonía móvil de 4G en un año, favoreciendo la inversión y la innovación, así como la generación de empleo asociada a esta tecnología; fomentar la televisión de alta definición, y promocionar la innovación y el desarrollo de la industria de fabricación de equipos y tecnologías asociadas a la TDT.

Medidas que se adoptan

Las medidas concretas que contiene el plan aprobado por el Consejo de Ministros son:

Se fija como objetivo para la fecha referencial de liberación del dividendo digital el mes de enero de 2014, facilitando el despliegue de nuevas redes de telefonía móvil de 4G a partir de dicha fecha.
Se reducen las frecuencias asignadas para prestar el servicio de TV, garantizando un uso más eficiente del espectro, aunque, gracias a los avances tecnológicos, se garantiza la emisión del mismo número de canales nacionales de TV que los actuales.
Se impulsa la oferta de emisiones de televisión de alta definición de elevada calidad y otras innovaciones tecnológicas en el ámbito de la televisión digital.
Se fija un calendario para llevar a cabo las actuaciones necesarias derivadas del Plan.

Ventajas

Entre las ventajas que traerá el nuevo plan se pueden destacar la reducción del coste respecto al plan anterior; aminorar la población afectada que tendrá que reorientar sus antenas (1.200.000 edificios frente a 1.500.000 del plan anterior); y la oferta básica de TDT se concentrará en frecuencias actualmente antenizadas, minimizando los cambios de orientación de antenas que habrán de realizar los ciudadanos afectados.

El Plan tendrá un impacto muy favorable del dividendo sobre la economía española: más de doce mil millones de euros en los próximos años, lo que equivale a alrededor del 1 por 100 del PIB. En el ámbito europeo, el impacto se ha estimado en 150.000 millones de euros. Además, se adelanta en un año el despliegue de redes de telefonía móvil de 4G a enero de 2014 frente a enero de 2015 del plan anterior.

Por último, se reduce en parte la complejidad técnica que implicaba el Plan anterior, con lo que se disminuyen los riesgos derivados de las actuaciones.

Televisiones

Desde el punto de vista de la televisión pública estatal y de las televisiones autonómicas, el Plan representa el marco general para que afronten el proceso de liberación del conocido como dividendo digital.

En el caso de las televisiones autonómicas, el marco es lo suficientemente flexible como para permitir acomodar las diferentes realidades de desarrollo de este servicio existente en las diferentes Comunidades Autónomas, y facilitar la evolución hacia las emisiones de alta definición, en el contexto general de un aprovechamiento más eficiente del espectro.

El Plan de impulso de la TDT cuenta con el respaldo de las televisiones privadas asociadas en UTECA, que han culminado un acuerdo para el impulso de la televisión digital terrestre en el que se incluye una apuesta decidida por la televisión de alta definición de elevada calidad y por la introducción de servicios innovadores en la TDT. Igualmente, se han establecido las bases para que la televisión privada afronte en las mejores condiciones el proceso de liberación del dividendo digital.

Economía y Competitividad



AUTORIZADA CON CONDICIONES LA CONCENTRACIÓN ANTENA 3-LA SEXTA

El Consejo de Ministros ha decidido autorizar con condiciones la operación de concentración económica por la que Antena 3 de Televisión S.A. toma el control del 100 por 100 del capital social de Gestora de Inversiones Audiovisuales La Sexta S.A.

La Comisión Nacional de la Competencia notificó el pasado 3 de julio al Ministerio de Economía la resolución sobre el mencionado expediente, en la que establecía una serie de condiciones para su aprobación.

El acuerdo del Consejo de Ministros de hoy modifica algunas de estas condiciones para permitir alcanzar objetivos de regulación sectorial en los ámbitos de las comunicaciones electrónicas (aseguramiento de la realización del proceso de liberación del llamado "dividendo digital") y del sector audiovisual (garantía del pluralismo de los medios de comunicación), en un contexto de consolidación del sector de operadores audiovisuales, restricción presupuestaria y de contracción del mercado de la publicidad televisiva.

Modificación de las condiciones

De esta forma, se modifica la condición primera establecida por la Comisión Nacional de la Competencia (relativa al mercado de la publicidad televisiva), eliminando la obligación a la entidad resultante de comercialización de espacios publicitarios a través de sociedades diferentes. También se aumenta al 22 por 100 la limitación de la audiencia semestral media conjunta a las ofertas de publicidad televisiva de la entidad resultante, empaquetando varios canales de televisión. Adicionalmente, se modifican las limitaciones al empaquetamiento y la prohibición de vinculación en la comercialización de espacios publicitarios, y las obligaciones de información a incluir en la oferta publicada de productos publicitarios. Por último, se eliminan las condiciones sobre el proceso de negociación con anunciantes y agencias de medios, sobre el mantenimiento de determinadas bases de datos, y sobre la negociación de las extraprimas.

Además, se modifica el plazo de vigencia de las condiciones a las que se supedita la autorización de la operación, contenido en la condición quinta. Dicho plazo pasa de cinco años a tres prorrogables otros dos.

La Comisión Nacional de la Competencia será la encargada de vigilar el cumplimiento del acuerdo del Consejo de Ministros, de acuerdo con la normativa vigente.

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad



ACUERDO CON COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA LA COMPRA CENTRALIZADA DE VACUNAS DEL CALENDARIO INFANTIL Y DE ADULTOS

El convenio incluye la compra conjunta de las vacunas para niños, las de adultos en grupos de riesgo y las del viajero
El ahorro estimado será de más de 31 millones de euros

El Consejo de Ministros ha dado luz verde a los Acuerdos Marco entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales y la mayoría de las Comunidades Autónomas para fijar las condiciones de la adquisición de vacunas del calendario infantil y otras, para adultos en grupos de riesgo o que vayan a viajar a determinados países. En total, se ha acordado la compra de alrededor de diez millones de dosis de las distintas vacunas, con un ahorro estimado de 31,1 millones de euros.

Estos Acuerdos tienen como objetivo reducir el coste del programa de vacunaciones en España para todas las Comunidades Autónomas. Por tanto, persigue la consecución de una mayor equidad y permite que el Sistema nacional de Salud mantenga la calidad y la cohesión. Se trata, además, de una medida en línea con los trabajos de unificación del calendario de vacunaciones, que se inició el pasado mes de febrero y que se espera que esté concluido en los próximos meses. Ofrece, por tanto, el beneficio de la eficiencia económica, pero también administrativa, por lo que da estabilidad a los fabricantes y, de este modo, permite alcanzar mejores precios. Esto es especialmente importante para las Comunidades Autónomas más pequeñas, a las que los acuerdos facilitan, en gran medida, la adquisición de vacunas.

Estos Convenios llegan después del éxito de la compra conjunta de la vacunación antigripal, que sólo este año ha supuesto un ahorro de más de seis millones de euros.

En concreto, el Gobierno ha aprobado hoy tres Acuerdos Marco: El primero corresponde a la mayoría de las vacunas, tanto infantiles como de adultos; los otros dos corresponden a la vacuna conjugada frente al meningococo C y a la vacuna frente al virus del papiloma humano (VPH). Aunque estas dos inmunizaciones están dentro del calendario infantil, por sus especiales características se ha considerado necesario elaborar acuerdos diferenciados.

VACUNAS DE CALENDARIO Y OTRAS

A este Acuerdo se han adherido todas las Comunidades Autónomas, a excepción de Andalucía y País Vasco, y las Ciudades de Ceuta y Melilla, y se establece por dos años, prorrogables por uno. El número de dosis estimadas es de 7.583.024 y el ahorro es de más de 17,7 millones de euros.


Engloba la mayoría de las vacunas del calendario infantil. En concreto, las siguientes:

Hexavalente frente a la hepatitis B, difteria, tétanos, tos ferina acelular, poliomielitis inactivada y "Haemophilus influenzae" tipo b conjugada.
Pentavalente frente a difteria, tétanos, tos ferina acelular, poliomielitis inactivada y "haemophilus influenzae" tipo b conjugada.
Frente a difteria, tétanos y tos ferina acelular.
Frente a difteria, tétanos, tos ferina acelular de contenido antigénico reducido.
Frente a difteria y tétanos, de contenido antigénico reducido.
Frente a "Haemophilus influenzae" tipo b conjugada.
Frente a la hepatitis B para edad pediátrica.
Frente a la hepatitis A para edad pediátrica.
Frente al sarampión, rubéola y parotiditis.
Frente a la varicela
Antituberculosa.

Compra de vacunas recomendadas en adultos o en grupos de riesgo

Frente a la hepatitis B para edad adulta.
Frente a la hepatitis B para pacientes en prediálisis y diálisis.
Frente a la hepatitis A para adultos.
Polisacárida frente al neumococo 23-valente.
Antirrábica.

"Vacunas del viajero"

Frente a la fiebre amarilla.
De polisacárido capsular Vi frente a la fiebre tifoidea.
Oral frente a la fiebre tifoidea.
Conjugada frente a meningococo de serogrupos A, C, Y y W135.

ACUERDO MARCO PARA VACUNA CONJUGADA FRENTE AL MENINGOCOCO C

A él se han adherido catorce Comunidades Autónomas, a excepción de Andalucía, País Vasco y Navarra, así como las Ciudades de Ceuta y Melilla, y se establece por dos años, prorrogables por uno. El número de dosis estimadas es de 2.105.500 y el ahorro asciende a más de 4,7 millones de euros.

Aunque la vacuna conjugada frente al meningococo C está dentro del calendario infantil, en la actualidad las pautas de vacunación están siendo revisadas en la Comisión de Salud Pública. La información epidemiológica y los nuevos desarrollos en vacunas pueden hacer variar el número de dosis y la edad de administración. Por estos motivos la compra de esta vacuna se recoge en un acuerdo separado.

ACUERDO MARCO PARA VACUNA FRENTE AL VIRUS DEL PAPILOMA HUMANO

A él se han adherido doce Comunidades Autónomas, a excepción de Andalucía, País Vasco, Navarra, Baleares y Cataluña, y se establece por un año, prorrogable a otro. El número de dosis estimadas es de 325.179, y el ahorro representa más de 8,6 millones de euros.

Aunque la vacuna frente al VPH está dentro del calendario infantil para las niñas, en la actualidad la edad de vacunación está en estudio en la Comisión de Salud Pública. Hasta ahora, las Comunidades Autónomas han optado por dar esta vacuna a niñas de entre once y catorce años en una sola cohorte, y la intención es llegar a un acuerdo sobre la edad válido para todas las Comunidades Autónomas. Por este motivo, la compra de esta vacuna se establece en un acuerdo diferenciado.

Una medida de sostenibilidad

Las compras agregadas para el conjunto del Sistema Nacional de Salud son una de las medidas incluidas en la Reforma Sanitaria. Se trata de un procedimiento al que las Comunidades Autónomas se pueden sumar de manera voluntaria. En cuanto a las que han optado por no sumarse a alguno de los acuerdos, la mayoría ha tomado la decisión por cuestiones de índole logística (fundamentalmente, por la presencia de concursos activos en la compra de vacunas), de acuerdo con la información de los propios Gobiernos autonómicos.

En cualquier caso, la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha agradecido a todas las Comunidades Autónomas su colaboración para la consecución de estos Acuerdos.

Economía y Competitividad



INFORME SOBRE LAS MEDIDAS EN RELACIÓN CON LA REESTRUCTURACIÓN DEL SECTOR FINANCIERO

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Economía y Competitividad sobre las medidas para dar cumplimiento a la mayor parte de los compromisos de España con los socios europeos para la asistencia financiera destinada a la recapitalización del sector.

Se trata de establecer las condiciones para los procesos de reestructuración y resolución de entidades financieras que requieran ayudas y de reforzar al respecto el papel del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) como gestor de estos procesos.

Igualmente, el texto aborda la problemática actual y futura de los denominados instrumentos híbridos de capital y deuda subordinada.

Estas reformas se incluirán en un Real Decreto Ley que se aprobará el próximo viernes, de acuerdo con el calendario acordado.

Economía y Competitividad



APROBADOS EL BALANCE Y CUENTAS DEL BANCO DE ESPAÑA DURANTE 2011

El Consejo de Ministros ha aprobado el balance y cuentas del ejercicio 2011 del Banco de España, al mismo tiempo que dispone la aplicación de los beneficios pendientes de distribución.

Los beneficios del ejercicio 2011 e imputables al Tesoro Público correspondientes al mencionado ejercicio ascienden a 2.400.134.891,48 euros.

De acuerdo con el Real Decreto de 12 de diciembre de 2008 sobre el régimen de ingreso en el Tesoro Público de los beneficios del Banco de España, éste ha efectuado ya dos ingresos a cuenta de los citados beneficios de la siguiente cuantía:

Ingreso de 1.220.031.484,79 euros, el día 1 diciembre de 2011, correspondiente al 70 por 100 de los beneficios generados hasta el 30 de septiembre de 2011, una vez se dedujeron 696.352.991,48 euros en aplicación de lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 1.1.a) del Real Decreto de 12 de diciembre de 2008.
Ingreso de 940.089.917,54 euros, el día 1 de marzo de 2012, correspondiente al 90 por 100 de los beneficios provisionales generados a 31 de diciembre de 2011, descontado el ingreso mencionado anteriormente.

El resto de beneficio imputable al Tesoro Público, que asciende a 240.013.489,15 euros, deberá ser ingresado por el Banco de España en el Tesoro Público con aplicación al Presupuesto de Ingresos del Estado.

Hacienda y Administraciones Públicas



RESPUESTA AL REQUERIMIENTO DE CATALUÑA SOBRE DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL DE SUBVENCIONES SOCIALES CON CARGO AL IRPF

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por que se le da contestación al requerimiento de incompetencia planteado por la Generalitat de Cataluña en relación con una Orden Ministerial 1199/2012 de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Dicha Orden establece las bases reguladoras y la convocatoria de la concesión de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

La Comunidad Autónoma de Cataluña cuestiona la citada Orden solicitando que se adopte el acuerdo de derogar la norma o, subsidiariamente, modificar la redacción de algunos artículos y se proceda a la distribución territorial entre las Comunidades Autónomas de las correspondientes consignaciones presupuestarias, transfiriéndoles las cuantías resultantes a fin de que sean gestionadas por ellas mismas.

En definitiva, el requerimiento cuestiona, por tanto, la centralización de las subvenciones en el Estado porque al ser el ámbito material subvencionado, la asistencia y servicios sociales, de competencia exclusiva autonómica, las ayudas previstas deben ser territorializadas a través de las comunidades autónomas.

Argumentos

El Estado da contestación al requerimiento no aceptando las alegaciones de la Generalitat con los siguientes argumentos:

La Orden requerida tiene adecuada base competencial en el artículo 149.1.1ª de la Constitución Española pues se entiende que la gestión centralizada resulta imprescindible para asegurar la plena efectividad de las medidas. Además, la Sentencia de este Tribunal 13/1992 establece que, a pesar de tener las Comunidades Autónomas competencia exclusiva sobre la materia en que recaen las subvenciones (en este caso, asuntos sociales), éstas pueden ser gestionadas, excepcionalmente, por un órgano de la Administración del Estado cuando resulte imprescindible para asegurar la plena efectividad de las medidas dentro de la ordenación básica del sector y para garantizar las mismas posibilidades de obtención y disfrute por parte de sus potenciales destinatarios en todo el territorio nacional.
Por su parte, la doctrina alegada por la Generalitat de Cataluña se entiende que no es de aplicación al caso actual.

No obstante, aunque esta exigencia no se desprenda del requerimiento, en las próximas convocatorias de estas ayudas se utilizará el rango de Real Decreto y no el de Orden Ministerial.

Hacienda y Administraciones Públicas



SUPLEMENTO DE CRÉDITO PARA EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO

El Consejo de Ministros ha autorizado un suplemento de crédito en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para atender la insuficiencia prevista en la dotación que financia la prórroga del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo entre los días 15 de febrero y 15 de agosto de 2012, ambos inclusive, por importe de 153.748.909,72 euros.

El Real Decreto Ley de 11 de febrero de 2011, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas del 11 de febrero de 2011, aprobó un programa específico de carácter nacional que incluyó medidas de política activa de empleo y ayudas económicas de acompañamiento, con una duración de seis meses.

La Disposición Adicional Decimotercera del Real Decreto Ley del 30 de diciembre de 2011, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, prorrogó durante seis meses más este programa. El suplemento de crédito se financiará con remanente de tesorería.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



MEDIDAS EXCEPCIONALES DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS HIDRÁULICOS EN LA CUENCA DEL SEGURA

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se adoptan medidas administrativas excepcionales de gestión de los recursos hidráulicos para superar los efectos de la interrupción parcial del suministro en la cuenca hidrográfica del río Segura mediante la infraestructura del trasvase Tajo-Segura.

La infraestructura de este trasvase se separa en dos canales principales de distribución, uno de los cuales atraviesa un túnel, bajo la sierra de Ulea, que sufrió un derrumbe. Se interrumpió así el suministro de caudales al canal principal de la margen izquierda, lo que afectó a usuarios de las provincias de Murcia y Alicante, desabastecidos.

Por todo ello, y dada la situación de emergencia y las cuantiosas pérdidas económicas que la situación puede acarrear, se ha aprobado este Real Decreto que dota a la Confederación Hidrográfica del Segura del Ministerio de los instrumentos legales que faculta la Ley de Aguas y le permite ordenar los recursos de la forma más conveniente para el interés general y acometer las actuaciones de emergencia necesarias.

Este Real Decreto será de aplicación a aquellos aprovechamientos de aguas públicas de las provincias de Murcia y Alicante que reciben suministro a través de la infraestructura que ha quedado sin servicio y que no pueden ser atendidos con los recursos almacenados en el embalse de La Pedrera (Alicante). También será de aplicación a aquellos otros aprovechamientos de aguas públicas que, en función de su ubicación y particulares, pueden ser empleados para abastecer a los anteriores.

Medidas

Las medidas previstas en este Real Decreto se aplicarán mientras no se produzca la reanudación plena del suministro y contemplan actuaciones como la puesta en marcha de sondeos o captaciones que permitan la aportación provisional de nuevos recursos con los que satisfacer las demandas más urgentes, o la adaptación del régimen de explotación de los aprovechamientos hidroeléctricos a las necesidades de suministro.

El túnel del trasvase Tajo-Segura averiado se ubica en el término municipal de Ulea, aguas abajo del azud de Ojós. Tiene una longitud de 3,4 kilómetros y cinco metros de diámetro, y es el inicio del canal principal de la margen izquierda del postrasvase Tajo-Segura.

Desde la rotura de este tramo del trasvase el Ministerio se volcó en la puesta en marcha de medidas para superar los efectos de la interrupción parcial del suministro de agua, como la construcción de un baipás y de un desvío alternativo para bombear el agua desde el cauce del Segura hasta el acueducto.

Asuntos Exteriores y de Cooperación



DECLARACIÓN DEL GOBIERNO CON MOTIVO DEL DÍA DE LAS VÍCTIMAS DE DESAPARICIONES FORZOSAS

El Consejo de Ministros ha aprobado una Declaración del Gobierno con motivo del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas.

La desaparición forzada es utilizada en ocasiones como una estrategia para sembrar el temor en la sociedad. La sensación de inseguridad generada por esta práctica no se limita a los familiares cercanos de las personas desaparecidas, sino que afecta también a sus comunidades y a la sociedad en su conjunto. La desaparición forzada se ha convertido en un problema global y no se limita a una región específica del mundo.

Una Resolución de 21 de diciembre de 2010 de la Asamblea General de las Naciones Unidas expresó su preocupación por el aumento de las desapariciones forzadas o involuntarias en diversas regiones del mundo e, igualmente, decidió declarar el 30 de agosto como Día Internacional de las Víctimas de las Desapariciones Forzadas, Día que se celebró por primera vez en 2011. La decisión se produjo con el objetivo de poner de relieve estos crímenes y de no olvidar a todas las personas que son víctimas de desapariciones forzadas.

Ya próxima la fecha del 30 de agosto, el Consejo de Ministros ha aprobado una Declaración con motivo del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas.

En la misma el Gobierno de España quiere rendir homenaje a las víctimas, los defensores de los derechos humanos, las organizaciones no gubernamentales y otras personas y grupos que trabajan para denunciar los casos de desaparición forzada y erradicar esta práctica.

Asimismo, se declara que el Gobierno de España sigue trabajando en todos los ámbitos en la prevención y la lucha contra las desapariciones forzadas, de manera que todas las personas puedan ejercer plenamente sus derechos y disfrutar así de una ciudadanía democrática verdadera y plena.

Ellos e enmarca, además, en la promoción y el respeto de los derechos humanos y lucha por erradicar de la sociedad toda violación a los derechos humanos y, muy específicamente, las desapariciones forzadas, que constituyen una absoluta prioridad del Gobierno de España.

Hacienda y Administraciones Públicas



CESIÓN DE USO DE TERRENOS A LA CRUZ ROJA ESPAÑOLA EN VILLAFRANCA DEL BIERZO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se cede a la Cruz Roja Española, a petición de dicha asociación, el uso de dos porciones de terreno de 416,75 y 416,25 m2, respectivamente, situados en Villafranca del Bierzo (León), con destino a zona de seguridad y ajardinamiento del Centro de Día de la localidad.

La Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas establece la facultad de la Administración General del Estado de ceder sus bienes y derechos, cuya afectación a un servicio público o su explotación no sea previsible, a favor de asociaciones que hayan sido declaradas de utilidad pública y atribuye al Consejo de Ministros la competencia para acordar dichas cesiones.

La Delegación de Economía y Hacienda en León y la Abogacía del Estado han informado favorablemente la cesión solicitada. Igualmente, la Intervención General de la Administración del Estado ha emitido el preceptivo informe fiscal, según lo dispuesto en la mencionada Ley.

Al considerar que el inmueble solicitado no resulta de utilidad para los fines de la Administración General del Estado, el Consejo de Ministros ha estimado adecuado proceder a su cesión, para lo que se ha tramitado el oportuno procedimiento y se han recabado los preceptivos informes a los órganos consultivos correspondientes que la han valorado positivamente.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



APORTACIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS DEL TAJO A LA ZONA REGABLE DEL CANAL BAJO DEL ALBERCHE

El Consejo de Ministros ha aprobado las obras de emergencia destinadas a aportar recursos hídricos del río Tajo a la zona regable del canal bajo del Alberche, en los términos municipales de Talavera de la Reina y Pepino, en Toledo, por importe de 991.200 euros.

Las obras, correspondientes a la campaña 2012, tratan de resolver, a partir de su puesta en marcha, el suministro de agua a esta zona regable con caudales procedentes del Tajo.

Este abastecimiento es prioritario para el regadío y, si no se aportaran caudales desde otra fuente de suministro, no se dispondría de recursos para la campaña de la zona regable del canal bajo del Alberche.

La actividad económica ligada a esta zona regable es importante, por lo que el impacto social y económico de la supresión del regadío sería muy relevante, produciendo daños irreparables en la economía de la misma.

Por tanto, se ha hecho imprescindible adelantar en lo posible la elevación de agua desde el Tajo al canal bajo del Alberche, con el objeto de mantener las mayores reservas posibles en dicho afluente al final de la campaña de riegos, permitiendo atender los abastecimientos directos a Talavera de la Reina y Cazalegas, el abastecimiento a Madrid y a Toledo, así como afrontar con mejores garantía las demandas del próximo año.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



OBRAS DE EMERGENCIA PARA PALIAR LOS EFECTOS DE LAS AVENIDAS DE 2012 EN ASTURIAS Y CANTABRIA

El Consejo de Ministros ha aprobado las obras de emergencia para reparar los importantes desperfectos producidos por el fuerte temporal de lluvias del pasado mes de febrero en el dominio público hidráulico y en las infraestructuras hidráulicas de titularidad estatal de Asturias y Cantabria, por un importe total de cuatro millones de euros.

En numerosos puntos de las Comunidades Autónomas de Asturias y Cantabria los daños del temporal se fueron agravando en tramos en los que las avenidas habían dejado en situación inestable las márgenes de los cauces y en los que la acción erosiva de las aguas estaba poniendo en riesgo infraestructuras y núcleos de población.

También se detectó ese riesgo en zonas en las que el depósito de los acarreos movilizados por la crecida había taponado el cauce principal del río, obligando a que circularan las aguas por cauces secundarios y restringiendo muy significativamente su sección de desagüe.

En ambos casos, episodios de lluvia de media o, incluso, baja intensidad podrían producir desbordamientos del cauce, que incluso podrían llegar a suponer un riesgo de inundación en zonas de población, afectando también las infraestructuras.

BIOGRAFÍAS
Defensa



Representante Militar ante el Comité Militar de la Organización del Tratado del Atlántico Norte y Representante Militar ante el Comité Militar de la Unión Europea.-

General de División D. ÁNGEL MAZO DA PENA.

Nacido el 16 de febrero de 1952, casado, con tres hijos, es piloto de transporte y profesor de pilotaje de transporte.

Ha estado destinado en el Ala 31, en el Estado Mayor Conjunto y en el Estado Mayor del Ejército del Aire. Fue jefe del 45 Grupo de Fuerzas Aéreas, segundo jefe de la División de Estrategia y Planes del Estado Mayor Conjunto, y jefe de Servicios Técnicos y de Sistemas de Información y Telecomunicaciones del Ejército del Aire, cargo que desempeñaba en la actualidad.



Segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra.-

Teniente General D. JESÚS CARLOS FERNÁNDEZ ASENSIO.

Nacido el 24 de diciembre de 1950 en Tetuán, ingresó en el Ejército en 1969 y desde 2010 ocupa el empleo de Teniente General.

Ha estado destinado en los Regimientos Mixto de Artillería número 2 y de Campaña números 29 y 20. Formó parte de los Grupos de Observadores de las Naciones Unidas en Centroamérica (ONUCA) y El Salvador (ONUSAL), estuvo al mando del Regimiento de Artillería Antiaérea número 72 (Zaragoza) y fue jefe de Estado Mayor de la Inspección General del Ejército de Tierra. En 2007 fue nombrado jefe de la Primera Subinspección General del Ejército de Tierra y desde 2010 era jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra.



Jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra.-

Teniente General D. JUAN ENRIQUE APARICIO HERNÁNDEZ-LASTRAS.

Nacido el 23 de noviembre de 1952 en Salamanca, ingresó en el Ejército en 1969.

Ha estado destinado en los Regimientos de Infantería Mecanizada "Asturias" número 31 y de Cazadores de Montaña "Arapiles" número 62, así como en los Estados Mayores del Cuartel General de la Región Militar Centro, de la 2ª Jefatura de la Región Militar Noroeste y del Ejército, y en los Cuarteles Generales de la Brigada de Infantería Acorazada "Guadarrama XII" y de la División Acorazada "Brunete número 1". Después de su destino en la Representación Militar Permanente en Bruselas, fue sucesivamente jefe de la División de Logística del Estado Mayor del Ejército de Tierra, jefe del Mando de las Fuerzas Pesadas y jefe de la Fuerza Logística Operativa. Actualmente era asesor del Jefe del Estado Mayor del Ejército.



Segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire.-

General de División D. IGNACIO AZQUETA ORTIZ.

Nacido el 9 de diciembre de 1952, casado, con dos hijos, es piloto de caza y ataque.

Ha estado destinado en las Salas 15 y 31, en el Gabinete del jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, en la Representación Militar Española ante el Comandante Supremo de la OTAN para Europa, y en el Cuartel General del Mando Aéreo de Combate. Después de permanecer tres años en la Representación Militar Española en Bruselas, estuvo destinado en el Mando del Apoyo Logístico y fue jefe de la División de Logística del Estado Mayor del Ejército del Aire. Actualmente es subdirector general de Coordinación y Planes del Instituto de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas".
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