El aislamiento social tras el decretado estado de alarma y confinamiento en nuestros domicilios ha desembocado en varias semanas de encierro que nos privan de acciones como poder salir a pasear o hacer ejercicio, una situación que afecta negativamente sobre todo a los más pequeños.
Es por ello por lo que recientemente se han anunciado desde el Gobierno nuevas medidas que permitan a los niños poder salir durante una hora al día, con el objetivo de mitigar así los efectos perjudiciales del confinamiento y sedentarismo de pasar tantos días en sus casas.
Se debe recordar que, por encima de todo, la prioridad sigue siendo frenar los contagios y mantener estrictas medidas de seguridad, motivo por el cual es de obligado cumplimiento no sobrepasar estas concesiones y seguir estrictamente las medidas, por el bien de todos.
Queda claro que, en temas sanitarios, es importante cumplir con las recomendaciones y el aislamiento social para frenar la COVID-19, pero ¿qué consecuencias legales puede tener infringir las restricciones a la circulación cuando se salga a pasear con niños?
Desde Legálitas explican las principales claves de estas medidas y las posibles sanciones a las que se enfrentan los que no cumplan con lo establecido.
Sanciones por incumplir las restricciones a la circulación al salir con niños
"Entendemos desde Legalitas que las sanciones por incumplir las restricciones a la circulación durante el estado de alarma, una vez entre en vigor la Orden Ministerial que permite salir a los niños bajo unas condiciones concretas, irán en la misma línea que el resto de las sanciones por no acatar las restricciones de movilidad que hasta el momento se están tramitando", aseguran.
Es decir, las posibles conductas sancionables lo serán en aplicación de la conocida Ley de Seguridad Ciudadana, concretamente por “Desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones” del artículo 36.6 de dicha Ley, sancionable con multas de 601 a los 30.000 euros.
En cuanto a la aplicación de este precepto Estado (artículo 36.6) para sancionar las conductas por incumplimiento de las restricciones impuestas por el estado de alarma, la Abogacía General del Estado precisa que tiene que existir necesariamente un requerimiento expreso e individualizado por parte del agente de la autoridad que no resulte atendido, es decir, que no puede ser calificado automáticamente como infracción de desobediencia si antes no ha habido un requerimiento del agente ante el incumplimiento del estado de alarma y que se haya desobedecido ese requerimiento.
Tal como constatan los abogados de Legálitas, las multas que hasta el momento han llegado a los ciudadanos por desobedecer el estado de alarma, suelen encontrarse en lo más bajo de esa franja, es decir, en los 601 euros.
No obstante, es importante tener en cuenta que las sanciones dependen de la gravedad de los hechos, y un agravante es salir en compañía de otras personas. La diferencia entre cometer una infracción en solitario y hacerlo acompañado puede ser una importante cantidad de dinero: sin ir más lejos, salir a dar un paseo sin causa justificada puede suponer una multa de 601 en solitario y, sin embargo, ascenderá a 1.500 euros si se hace en compañía.
Por otro lado, otro ejemplo sería la presencia de menores, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, en especial en el vehículo, sin causa justificada, cuya multa asciende asimismo a los 1.500 euros.
¿Cuáles son las principales condiciones para salir con niños a la calle?
Con la entrada en vigor el domingo 26 de abril, de las medidas anunciadas y que se harán efectivas con la publicación, previsiblemente el sábado a través de Orden Ministerial del Ministerio de Sanidad, se permitirá a los niños, y por ende a sus padres o hermano mayor, salir a pasear en las siguientes condiciones:
La esencia de esta norma no es buscar motivos más motivos para sancionar, sino de conseguir que a los niños les dé el aire y la luz, siendo los padres los encargados de velar, para que se haga con las mayores medidas de seguridad.
Ejemplos de sanciones por no respetar las condiciones de los paseos con niños
- El BOE publica los detalles sobre los paseos autorizados de los menores de 14 años