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Indemnizaciones

Los retrasos en los vuelos dan derecho a ellas

Los retrasos en los vuelos dan derecho a ellas

miércoles 16 de mayo de 2007, 15:47h
La Federación de Consumidores en Acción (Facua) ha recomendado a los aficionados de Espanol y Sevilla que han sufrido las cancelaciones de vuelos con destino a Glasgow previstos para esta madrugada, que exijan las indemnizaciones económicas que establece la normativa europea.

Los viajes de dichos aficionados estaban previstos con motivo de la disputa de la final de la Copa de la UEFA entre ambos equipos en la ciudad escocesa de Glasgow.

En un comunicado remitido a diariocrítico, Facua anuncia que ha puesto en marcha un servicio de asesoramiento a los afectados, a través de su Teléfono del Consumidor, 902 110 902, y la dirección de correo electrónico [email protected], después de las numerosas llamadas recibidas por este motivo durante toda la mañana por aficionados afectados por el problema.

Con independencia de que los afectados sean reubicados en otros vuelos, el Reglamento CE 261/2004, de 11 de febrero, establece que los usuarios que hayan sufrido una cancelación en tales circunstancias, tienen derecho a comida y refrescos suficientes durante la espera e indemnizaciones económicas, que varían en función de la distancia del vuelo y las horas de retraso, con respecto a la hora inicialmente prevista para la llegada.

Dado que las distancias entre Sevilla o Barcelona y Glasgow superan los 1.500 kilómetros, y que los retrasos para los pasajeros reubicados en otros vuelos han sido de más de cinco horas, cada afectado puede reclamar una indemnización de 400 euros, según Facua.

La normativa plantea, paralelamente, que las indemnizaciones económicas pueden ser eludidas por las empresas responsables en determinados supuestos de circunstancias extraordinarias, que no hubieran podido evitarse incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.

No obstante agrega que esto es algo que “de pretender evitar las citadas indemnizaciones” tendría que ser demostrado de forma fehaciente a los usuarios que reclamen, añade la organización, que indica que la cuantía de 400 euros es la establecida en la normativa comunitaria para las cancelaciones de todos los vuelos intracomunitarios y no comunitarios de más de 1.500 kilómetros.

Concretamente en el caso de Sevilla se canceló un vuelo que a las 03,45 horas debería haber llevado hasta Glasgow a unos quinientos seguidores sevillistas, vuelo que no salió hasta después de las 15,00 horas, por lo que es posible que también les asista el derecho a reclamar la devolución del importe del billete pese a haber efectuado el viaje, dado el periodo de tiempo transcurrido entre el horario teórico del mismo y su realización.

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