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Opine sobre la propuesta el Gobierno

Diariocrítico lanza el debate sobre la reforma de la ley del aborto: ¿hay que hacer un referéndum?

miércoles 10 de junio de 2009, 17:00h
El anteproyecto de ley del aborto, que viene a reformar de forma sustancial la legislación existente al respecto, ha provocado una enorme polémica entre los españoles. Se trata, probablemente, del texto legal surgido del Consejo de los ministros de Zapatero que ha levantado mayor revuelo y polvareda en estos cinco últimos años. Por ello, desde Diariocritico lanzamos una sugerencia: la de organizar una recogida de firmas para, en virtud de la iniciativa popular, instar al Gobierno a que convoque un referéndum sobre su reforma del aborto. ¿Recogerá alguien el guante?
La Constitución Española, en su artículo 92, dice: “1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos”, pero en su punto 2 añade: “El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados”, y finaliza con el punto 3: “Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución”.

Sin embargo, tras la entrada en vigor de la Constitución se aprobó la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum. El legislador dejó intencionadamente sin desarrollar el capítulo de la iniciativa popular. Y, así, en su Artículo 2 señala: “Uno. La autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum en cualquiera de sus modalidades, es competencia exclusiva del Estado. Dos. La autorización será acordada por el Gobierno, a propuesta de su Presidente, salvo en el caso en que este reservada por la Constitución al Congreso de los Diputados”.

Dado que la capacidad de convocar un referéndum es exclusiva del Estado y no se recoge la iniciativa popular de forma directa, Diariocrítico se acoge al Artículo 87.3 de la Constitución Española, que fija la iniciativa legislativa popular y que dice: “Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia”.

La idea que lanza Diariocrítico es la de proceder a la recogida de al menos 500.000 firmas para, en virtud de la citada iniciativa legislativa popular, se inste al Gobierno a que convoque un referéndum sobre la reforma de la ley del aborto que plantea el Ejecutivo de Rodríguez Zapatero.

Teniendo en cuenta lo anteriormente reseñado, Diariocrítico quiere pulsar la opinión de la sociedad al respecto. A tal efecto, puede usted enviarnos sus comentarios, su adhesión o sus críticas a nuestra Línea Crítica.



PRECEDENTES

En el año 2006 el PP ya intentó incentivar un referéndum a través de una iniciativa legislativa popular. Entonces Mariano Rajoy movilizó a su partido para recoger el medio millón de firmas necesarias para que el Congreso gestionase la petición de consulta, en ese caso sobre el Estatuto catalán. Sin embargo, fueron muchas las voces críticas con la iniciativa puesto que la propia Constitución regula que la fórmula de iniciativa legislativa popular en ningún caso “procederá en materias propias de ley orgánica (como es el caso de los Estatutos de Autonomía)”. El Partido Popular consiguió en una semana más de 800.000 firmas a favor de celebrar un referendo sobre el Estatuto catalán en toda España y no sólo en Cataluña.

Finalmente consiguió llevar a la cámara baja 4.028.000 firmas en las que ese partido pidió solicitaba preguntar a la ciudadanía la siguiente pregunta: "¿Considera conveniente que España siga siendo una única nación en la que todos sus ciudadanos sean iguales en derechos y obligaciones, así como en el acceso a las prestaciones públicas?"
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