Se ha publicado como una persona ha viajado a China y ha pagado 130.000 euros por un trasplante de hígado. La situación de esta persona era desesperada, le habían dicho que no cumplía el protocolo de trasplantes en España y que su esperanza de vida era de muy poco tiempo 6 o 12 meses. Esta persona decide luchar y hacer lo posible para poder vivir unos años más. Yo respeto su decisión, aunque no la comparto, y pienso que en situaciones similares otras personas también lucharían por alargar su vida.
Los trasplantes alargan la vida y mejoran la calidad de vida de los trasplantados, siendo la donación de un órgano el acto solidario que más admiro y respeto. Pero creo que es importante reflexionar sobre cómo queremos que se realicen los trasplantes. Actualmente se está debatiendo una Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de diciembre de 2008, sobre normas de calidad y seguridad de los órganos humanos destinados a trasplantes [COM(2008) 818, un proyecto, que muchos deseamos se apruebe lo antes posible, al que se le han realizado muchas enmiendas y que será un marco importante para que los derechos del donante y del receptor, en un procedimiento tan importante, sean respetados y que toda actuación en torno al trasplante se realice con unos principios éticos.
El proyecto de Directiva tiene como primer objetivo la seguridad y la calidad de todo el proceso del trasplante –donación y recepción-, y tiene tres principios que son fundamentales; se mantiene que la donación de órganos ha de ser voluntaria y NO retribuida (artículo 13), que los donantes vivos
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deberán ser correctamente informados sobre la finalidad y la naturaleza de la donación así como de las consecuencias y riesgos que implica (artículo 15), y la confidencialidad de los datos del donante y receptor (artículo 16) y anonimato del donante y receptor (artículo 17). Esta Directiva marcará un marco similar en todos los países Europeos y es un paso adelante en la defensa de los derechos de los donantes y receptores. Es muy importante que los derechos se delimiten pues en situaciones tan complejas como es cuando nos dicen que nos quedan pocos meses de vida, la persona, al intentar luchar por vivir, algo que todos comprendemos, puede que se vea en el dilema de realizar procedimientos que pongan en riesgo sus propios derechos o los de otras personas. Por tanto se ha de mantener una seguridad para el donante y también para el receptor.
a) Seguridad para el receptor. Un trasplante ha de realizarse con un riguroso control del órgano pues por medio de un órgano se pueden transmitir muchas enfermedades. Además se ha de asegurar la calidad del proceso, pues una cirugía, y los procedimientos alrededor de ella, que no se realice de manera correcta puede acarrear muchas complicaciones, secuelas y sufrimiento.
b) Seguridad para el donante. El donante vivo deberá conocer los efectos secundarios que puede tener al donar un órgano y previamente, para asegurar el mínimo de complicaciones, deberá realizarse un minucioso estudio físico y psíquico para que tanto el comité de ética como los médicos que le atienden están seguros que no dona un órgano por presiones sociales o económicas y que no tienen patología alguna que se pudiera complicar al realizar la donación de un órgano.
En todo el proceso no podemos olvidar los principios éticos, y uno de ellos es el de “no maledicencia”, “no hacer daño”, que implica que no se debe permitir que un donante ponga en riesgo su salud por donar un órgano y por esto son necesarios desde estudios físicos, que determinen su buen estado de salud, psicológicos, que demuestren que no está presionado y que lo hace libremente, y estudios genéticos para comprobar que no tiene predisposición a ciertas enfermedades que pudiesen aparecer en años posteriores. Por ejemplo, una persona que va a donar parte de su hígado es necesario que se le realice un estudio genético para comprobar que no tienen predisposición a una Hemocromatosis. Otro principio ético que no podemos olvidar es que a las personas, a nosotros mismos y a los demás, solamente debemos usarlos como sujetos que somos y nunca como objetos. Por tanto, al comprar un órgano, o al venderlo, la persona puede ser utilizada como objeto. Es necesario mantener una ética de la responsabilidad con unos mínimos de convicciones irrenunciables y una de ellas es que la persona no puede ser utilizada como un objeto; es un sujeto .
En este artículo solamente pretendo plantear algunos puntos para la reflexión, pues me preocupa mucho que el dinero pueda comprar la libertad y autonomía de las personas. Cuando decimos que un acto es voluntario, pensamos que se realiza sin presiones. Por tanto me pregunto, ¿una persona con necesidad económica que vende un órgano es libre a la hora de donar? ¿Qué autonomía tiene? ¿Qué libertad de decisión tiene una persona a la hora de donar un órgano si necesita un trabajo, por ejemplo, para él o para un hijo y si el receptor se lo ofrece a cambio?
El trasplante de órganos entre vivos ha de realizarse como dice el proyecto de Directiva sin ánimo de lucro, con todas las seguridades científicas y también éticas, de manera que se aseguren los derechos de los donantes y de los receptores. Los problemas son muchos y los debates serán muchos y distintos según los casos y los problemas. Pero la prudencia y la reflexión es muy importante antes de tomar decisiones y estas siempre se deberán tomar defendiendo los derechos de las personas, tanto del donante como del receptor.